Borrachos, huelgas o picadas: cuando el seguro no paga

Conductores que son chocados pero deben hacerse cargo de la reparación del vehículo pese a que el culpable esté identificado

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01 de febrero de 2019 a las 05:00

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Hace días el senador Daniel Bianchi manejaba alcoholizado en Punta del Este y chocó a tres vehículos que estaban estacionados en la calle 20. El rally terminó con roturas varias y su auto y la caja de una camioneta prendidos fuego. El incidente, que podría ser la mejor escenificación del “Himno de los conductores imprudentes”, la célebre canción de Los Tontos, también enciende una alerta para posibles damnificados por un conductor de ese tipo, ya que ante un caso así el seguro del culpable no cubre los gastos de reparación de los terceros, por las condiciones en las que manejaba. Entonces, los chocados deben recurrir a su propio seguro para arreglar las averías.

Después podrá venir otra instancia: una demanda civil por los perjuicios ocasionados. Pero en el corto plazo, sufren las consecuencias de tener el auto justo en el lugar y momento equivocado. Resultado: el que rompe no paga. Y ante ello, la interrogante: ¿En qué otros casos el seguro del culpable no se hace cargo de los gastos de terceros?

Quedar en medio de una picada de autos, ser víctima de un daño causado intencionalmente o de la vandalización de vehículos en medio de una huelga o un lock out patronal, son algunas situaciones en las que el seguro del que provoca el accidente no cubre al damnificado y se pueden convertir en un dolor de cabeza para quien participe de un incidente de ese tipo en forma involuntaria.

Dentro de las condiciones generales de las pólizas para vehículos, el Banco de Seguros del Estado (BSE) tiene un capítulo que refiere a los casos que no son indemnizables, es decir siniestros que quedan excluidos de la cobertura. Allí se menciona  el caso de que el conductor fuera hallado con una concentración de alcohol que lo inhabilite legalmente para conducir o si se niega a someterse a las pruebas alcoholimétricas requeridas por el BSE o la autoridad competente.

Otro es cuando el vehículo asegurado es conducido por una persona que no está habilitada por licencias de la categoría correspondiente.

Camilo dos Santos

Desde la Asociación Uruguaya de Empresas Aseguradoras (Audea), el jefe de siniestros de Sancor Seguros, Germán Sosa, explicó a El Observador que no hay ninguna cobertura en el mercado local que cubra los daños al asegurado y al tercero cuando hay exclusiones. Y mencionó otro ejemplo, que se da cuando el asegurado tiene incumplimiento en el pago de la póliza contratada. En las ocasiones en las que hay exclusiones en las pólizas, el damnificado debe accionar directamente contra el que provocó el siniestro, agregó.

Sin embargo, hay una excepción prevista en la ley 18.421 de responsabilidad civil por daños corporales causados a terceros, que fue redactada en 2008. “Si un conductor tiene un siniestro con espirometría positiva y causa una lesión o un fallecimiento, la aseguradora debe actuar y pagar al damnificado o a sus familiares; después tiene el derecho de recuperar contra el asegurado”, indicó.

Por su parte, el gerente de planificación y cumplimiento de San Cristóbal Seguros, Mauricio Castellanos, detalló a El Observador otros ejemplos donde no hay cobertura del seguro. Mencionó ocasiones en que los daños son causados intencionalmente por el propio asegurado, salvo que sean ocasionados por necesidad. También conducir fuera del marco legal o reglamentario, como el caso del alcohol, y también bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes. Otro caso es cuando el accidente se produce en certámenes o entretenimientos de velocidad (picadas).

“Si aparece un siniestro que cae dentro de algunos de esos casos el seguro no aplica; si son dos autos los que intervienen no se arregla ni el auto del asegurado ni el del tercero”, explicó. Allí, el damnificado tendrá que hacer un acuerdo con el culpable por fuera del marco del contrato del seguro, añadió.

“En términos generales las compañías de seguros deben precisar el riesgo que están dispuestas a cubrir. Esto resulta fundamental para calcular el riesgo asumido y estar en condiciones de realizar una adecuada gestión”, señaló Castellanos.

“Lo habitual, es que la póliza defina en general ese riesgo cubierto y luego se establece un conjunto de condiciones o situaciones que, de verificarse, suprimen la cobertura aseguradora; de esa forma se logra una amplia definición del riesgo y una casuística limitada que suprime la cobertura”, complementó.

El gerente de San Cristobal explicó que el rol del seguro y su finalidad es la protección del patrimonio del asegurado. Entonces cuando el conductor participa de un siniestro, y como consecuencia su patrimonio se vería afectado, la compañía le brinda la cobertura que le permita mantenerse indemne. Sin embargo, dijo, si fuera aplicable alguna de las exclusiones previstas en la póliza la consecuencia es que el asegurado deberá responder con su patrimonio, sin poder atenerse al beneficio de la póliza.  

Tumultos, huelgas y lock out

En las pólizas aparece otra exclusión: hechos de tumulto popular, vandalismo, guerrilla, terrorismo, huelga o lock-out.

Leonardo Carreño

Cuando ocurren episodios de ese estilo las pólizas de vehículos no cubren daños de asegurados ni terceros. Al respecto, Sosa explicó que si se produce una manifestación “lo que tiene que hacer el asegurado es tratar de minimizar el daño; si cuando se está desarrollando el conductor transita y le rompen el auto, no está cubierto”. En la misma línea, Castellano expuso que también ocurre si huelguistas o participantes de esas movilizaciones vandalizan automóviles. 

Además, la falta de cobertura puede generarse en otro caso: que un conductor participe de una movilización, ya sea huelga o lock out, y choque a otro vehículo. Allí, el pago del daño al tercero tampoco está previsto.

Esa exclusión también abarca una guerra internacional, civil o rebelión, algo menos probable en Uruguay.  Castellanos expresó que “si te cae una granada arriba del auto el seguro no te va a cubrir, porque la situación excede el marco normal”. En ese sentido, agregó: ¿Cómo se hace para definir normalidad? Se define lo anormal. La guerra lo es, entonces el seguro no aplica”.  

 

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