Ángel El Cachila Moreira, en Rivera, su departamento natal

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Caso Lola: el Cachila "ayudó a los partícipes a estorbar las investigaciones" y otros argumentos que revierten fallo

Para el tribunal de apelaciones, quiso encubrir el crimen por miedo autoincriminarse, pese a no ser el autor del homicidio
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17 de febrero de 2023 a las 12:47

El Tribunal de Apelaciones de 4° Turno afirmó, por unanimidad, que Ángel "El Cachila" Moreira "estuvo en la zona y también en el lugar de los hechos" del crimen de la adolescente argentina Lola Chomnalez, que fue asesinada en diciembre de 2014 cuando caminaba de Valizas a Aguas Dulces. No estuvo en el momento del homicidio –por eso no le cabe el delito de cómplice–, pero sí "ayudó a los partícipes a estorbar las investigaciones, a sustraerse de la persecución de la Justicia y eludir el castigo". 

Esto, a juicio del tribunal, sucedió porque no quería complicar su propia situación. Cuando la vio muerta –los jueces relatan varias etapas del encuentro entre Lola y el Cachila, pero insisten en que él llegó a verla muerta–, se fue, sin alertar a las autoridades. Y cuando fue detenido y tuvo que contar lo que había pasado, cambió un sinfín de veces la versión. 

A su vez, la psicóloga que lo perició advirtió que "utiliza la mentira para desvirtuar la verdad, con el objeto de engañar o evitar el castigo". Además, tal y como informó El Observador, uno de los elementos del juez Juan Giménez Vera para absolverlo era que Leonardo Sena –el procesado por la autoría del homicidio– decía no conocerlo. Pero días después del fallo, Sena le dijo a la psicóloga que sí lo conocía, que lo veía frecuentemente y lo había visto en Valizas alrededor de esas fechas.

"Estaba en Valizas a la fecha de los hechos, no solo lo dice él sino que también lo corrobora Sena Cabrera. Aportó detalles de la víctima y de las circunstancias de la muerte, lo que solo podría darlos quien conoció en forma directa y personal el suceso. En tal sentido se destaca la alusión que hizo al desmayo o desvanecimiento que sufrió la víctima, lo que es compatible con la dieta que había iniciado, el calor reinante y el trayecto recorrido. La hora es coincidente pues los peritos ubican la muerte de la adolescente en momento en que el enjuiciado dice haber estado con ella. Dijo que había sol fuerte y que hacía mucho calor y que cuando llegó al lugar donde tomó el ómnibus el sol ya había bajado", expusieron. 

Así, el tribunal ratifica que, tal y como dijo el Cachila, Lola se desmayó. Él, entre varias de las versiones que dio, dijo que eso pasó y que él la dejó en unos pastizales. 

"No participó en la muerte de la adolescente (...) No se probó que su presencia en el lugar, anterior y posterior, tuviera alguna conexión con el resultado acaecido", explicaron, para fundamentar por qué no lo creían el autor del homicidio. Sin embargo, tampoco explican qué pasó en el interín, qué estaba haciendo el Cachila mientras Sena mataba a Lola. 

"Su explicación relativa al abandono de la víctima en el lugar y el posterior retorno al mismo para descubrir el cuerpo enterrado alude exclusivamente a que no quiso comprometerse o complicarse con la autoridad policial", desarrollaron.

El motivo del encubrimiento, al entender de los jueces, fue "egoísta", el de "salvar su propia situación". Eso lo hace pasible de ser condenado del delito de encubrimiento a 8 años de prisión. 

Las pruebas por las que Giménez Vera lo había exculpado y la respuesta del tribunal

El juez que lo absolvió, Giménez Vera, advirtió que de acuerdo a lo informado por Antel, el celular de El Cachila no tuvo movimientos en Rocha entre el 26 de diciembre y el 31 de diciembre de ese año, mientras que sí los tuvo en Rivera. Abitab, por su parte, informó que tampoco había hecho giros desde Rocha. 

Pero el tribunal recordó que familiares del acusado –con quienes él tenía mal vínculo– declararon que él no tenía celular y que era imposible de probar si en Rivera su teléfono no lo había usado otra persona. 

Además, Giménez Vera había declarado nulo un informe de una semióloga que incriminaba a el Cachila, dado que creía que eso violaba el derecho del acusado a no autoincriminarse. En un análisis semiológico, la perito puede valerse de elementos que el indagado podría elegir no transmitir y eso viola su derecho a no aportar prueba en su contra. 

"Más allá de las consideraciones que puedan formularse respecto a la confiabilidad del medio, nulidad no existe. Estuvo presente la defensa que no realizó ninguna observación al respecto pero además fundamentalmente no se constriñó en forma alguna la voluntad del encausado. Su declaración fue enteramente libre y la interpretación realizada por la perito es un problema exclusivamente de valoración pero no está afectado por ningún vicio insubsanable", valoraron.

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