Leo Carreño

El alcance del "ejercicio pacífico de huelga" y piquetes: el cruce entre Mieres y Bonomi por la ley urgente

La coalición respalda la propuesta del Poder Ejecutivo por lo que no se proyectan cambios al articulado sobre relaciones laborales y seguridad social; la oposición cuestiona particularmente el artículo 397

Tiempo de lectura: -'

19 de mayo de 2020 a las 05:04

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 3 45 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 3 45 / mes

Cuando el proyecto de ley de urgente consideración apenas era un borrador, el PIT-CNT lo definió como una "fabriquita de conflictos". Pablo Mieres no había asumido como ministro de Trabajo, pero los dirigentes sindicales sugirieron modificaciones al articulado.

En el correr del verano, el debate se concentró en el artículo que prohibía las ocupaciones de los lugares de trabajo. Según la central obrera, por la forma en que estaba redactado se vería afectado “todo el derecho de huelga”.

La discusión se reprodujo este lunes en el Parlamento, cuando Mieres asistió a la comisión especial del Senado que trata el proyecto de ley. Si bien el Poder Ejecutivo modificó la redacción en la versión que remitió al Parlamento, los legisladores del Frente Amplio afirmaron que el artículo 397 afecta el ejercicio pleno del derecho de huelga y contraviene lo dispuesto en la Constitución. 

Este apartado, que trata sobre la libertad de trabajo y el derecho de la dirección de la empresa, indica que "el Estado garantizará el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente". 

¿Cómo se determinará cuándo el ejercicio del derecho a huelga es pacífico y cuándo no lo es? Esta pregunta hizo el senador Eduardo Bonomi, del Movimiento de Participación Popular, quien en la sesión parlamentaria fue uno de los voceros de la oposición.

Para el exministro del Interior (2010-2020) y también de Trabajo (2005-2009), con esta disposición se podría coartar la libertad sindical. "Si en la huelga existen actividades que lleven a la destrucción de bienes, al sabotaje o a la violencia física, es una extralimitación del derecho de huelga y hay que juzgarlo por la Justicia ordinaria, que lo va a determinar a posteriori. Si el Poder Ejecutivo lo determina antes, limita la actuación de la Justicia", dijo a El Observador

Por otra parte, Bonomi planteó que el proyecto de ley habla de "huelga pacífica", mientras que la Constitución consagra el derecho de huelga en general, sin adjetivos. "Si le preguntan al empleador, va a decir: 'Me está afectando'. Pero la huelga por definición establece un conflicto entre el empleador y el empleado, que tiene como finalidad el enlentecimiento del proceso productivo", argumentó. 

La falta de precisión del término "pacífico" es cuestionada por la oposición, que entiende que el proyecto de ley no garantiza el "ejercicio y efectividad" del derecho de huelga, como establece el artículo 57 de la Constitución.

Si bien el proyecto de ley no lo explica, Mieres dijo que el Poder Ejecutivo va a actuar de acuerdo con las "normas vigentes", por lo que "siempre va a intervenir primero el Ministerio de Trabajo" y posteriormente el Ministerio del Interior si fuera necesario.

El ministro de Trabajo considera que el derecho de huelga no se verá afectado por el artículo 397 del proyecto de ley urgente. "Acá solo se está tratando de evitar las ocupaciones, que impiden que los trabajadores no huelguistas puedan trabajar o los directores de las empresas puedan acceder a sus lugares de trabajo en el sector privado", aseguró a El Observador

¿Por qué se habla de "ejercicio pacífico de huelga" en vez de aludir directamente a las ocupaciones? Según Mieres, esta fue "una forma de no entrar en la discusión de si la ocupación es una extensión del derecho de huelga, porque el Frente Amplio opina que sí y el gobierno, que no". "Obviamos esa discusión y fuimos por la positiva", zanjó. 

"Yo creo que el debate real es si el Frente Amplio cree que solo hay que aceptar las ocupaciones en el sector privado, porque en el público ya las prohibieron. En la enseñanza pública no se puede ocupar pero en el sector privado sí", argumentó, en referencia al decreto 354 de 2010 que restringe las ocupaciones en el sector público

Cuando asistieron a la comisión especial, los delegados de la Institución Nacional de Derechos Humanos también cuestionaron la fórmula propuesta. A su entender, no explicita la definición de “huelga pacífica” y le confiere al Poder Ejecutivo, por sus competencias constitucionales de hacer aplicar la ley, una “amplísima discrecionalidad interpretativa“.

El Poder Ejecutivo argumenta que al redactar el artículo siguió las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, que entiende que la huelga puede ser limitada si pierde el carácter pacífico o altera el orden público.

Leonardo Carreño

Piquetes

La bancada del Frente Amplio ligó su argumento sobre la libertad sindical con el artículo 492 del proyecto de ley en discusión, que declara "ilegítimos los piquetes realizados en espacios públicos o privados que afecten la libre circulación de personas, bienes o servicios".

Bonomi aseguró que esta disposición vulnera los derechos de los trabajadores. Si bien en 2017 se prohibió este tipo de manifestación en caminos, calles y rutas, el decreto establecía que no se vería afectado el artículo 57 de la Constitución, donde está consagrado el derecho de huelga. 

Las disposiciones del proyecto de ley engloban tres decretos vigentes: el 165/006, que establece que las ocupaciones son una extensión del derecho a huelga; el 354/010, que restringe las ocupaciones del sector público; y el 76/017, que, entre otras disposiciones, prohíbe los piquetes en caminos, calles y rutas. Consultado acerca de si se derogará el primero, Mieres dijo que todavía no lo han evaluado. 

La coalición de gobierno respalda la propuesta del Poder Ejecutivo por lo que, a pesar de los argumentos de la oposición y de los sindicatos, no se proyectan cambios al articulado.

En tanto, se eliminará el artículo 404 del proyecto de ley de urgente consideración, que modificaría el quinto artículo de la ley 19.590, conocida como la "ley de cincuentones". "No se incluyó porque llegamos a la conclusión de que incluirlo sería generar una desigualdad con el conjunto de los 'cincuentones'. La propuesta daba una nueva opción, pero hay grupos de edad que ya optaron, entonces no era posible para ellos", explicó el ministro. 

CONTENIDO EXCLUSIVO Member

Esta nota es exclusiva para suscriptores.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

¿Ya sos suscriptor?
iniciá sesión aquí

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

Registrate gratis y seguí navegando.