El caso se cerró en un juicio abreviado en el cual el comerciante aceptó su culpabilidad y fue condenado por un delito de homicidio a título de dolo eventual, lo que significa que disparó contra quien acababa de robarle, cuando este se retiraba, sabiendo que podía matarlo.El hombre, aconsejado por sus abogados, reconoció su responsabilidad y llegó a un acuerdo con la fiscal para recibir una condena reducida, según informó la fiscalía por medio de un comunicado.
La defensa sostenía que el asesinato había sido en legítima defensa, pero de la investigación de la Fiscalía se desprendió que no existían suficientes pruebas para que esta causal se configurara.
La legítima defensa requiere de tres condiciones: ser víctima de una agresión ilegítima, el damnificado debe defenderse con un medio proporcional al que utiliza el delincuente (si el agresor no está armado, y quien se defiende sí, la legítima defensa puede caer), y debe haber falta de provocación suficiente por parte del que se defiende (si el agresor está afuera de la casa, no hay necesidad de que la víctima salga a buscarlo).
El 11 de octubre del año pasado, dos delincuentes armados llegaron en moto a la estación ubicada en la ruta 32, amenazaron a los trabajadores, se llevaron la caja registradora y artículos que estaban a la venta. Cuando el dueño de la estación se dio cuenta, tomó una escopeta y disparó contra los delincuentes, que estaban de espalda. Uno de ellos logró huir y el otro murió a pocos metros del comercio.