La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado el piso a partir del cual se aplicará el impuesto a las Ganancias en el año actual. Este esquema puede considerarse provisional, ya que el Gobierno ha expresado su intención de revisar la modificación implementada por la gestión de Sergio Massa en 2023.
Según la AFIP, mientras no se modifique la ley de Ganancias, se aplicará la reforma realizada el año pasado. Para aquellos a los que se les aplica el impuesto cedular a los ingresos más altos, se considerará el mínimo no imponible de 15 salarios mínimos vitales móviles.
La AFIP señala que, de acuerdo con la ley, se debe tomar el salario mínimo vital inmóvil vigente el 1 de enero. Dado que el salario de enero aún no se conoce, se puede considerar el de diciembre. Si se toma el salario mínimo de diciembre (156,000 pesos) por 15, se obtiene 2,340,000 pesos. Sin embargo, la AFIP espera la reglamentación final, ya que la lógica indica que se debería tomar el salario de enero.
Si un trabajador supera este salario, la AFIP indica que se debe aplicar el régimen de retención establecido en la Resolución 4003. Sin embargo, algunos expertos señalan que esta resolución se refiere a las rentas del artículo 79, que se aplica a CEOs y secretarios de Estado, entre otros. Por lo tanto, queda la pregunta de si la empresa debe actuar como agente de retención o no. Técnicamente, aunque la AFIP lo indique, no es así, y si la empresa actúa sin la obligación legal, el empleado puede presentar un reclamo. Se sugiere que la AFIP aclare esta cuestión mediante una resolución.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá