Camilo dos Santos

Las 10 claves del ajuste salarial puente por un año que rige para los privados

Las gremiales empresariales y el PIT-CNT solicitan “atender” los lineamientos del Poder Ejecutivo, aunque cada grupo de actividad tiene autonomía para instalar las mesas de negociación

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08 de julio de 2020 a las 05:04

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Fueron cuatro reuniones en un mes, con la crisis económica y social desatada por la pandemia del covid-19 como telón de fondo. El gobierno, las cámaras empresariales y el PIT-CNT cerraron este martes 7 una fórmula que tiene por objetivo guiar los ajustes salariales en el sector privado durante el llamado período “puente” de un año hasta mediados de 2021.

Como el Consejo Superior Tripartito no tiene potestad legal para fijar los aumentos, por consenso de sus 18 integrantes en el acta final lo que se acuerda es “solicitar a los grupos de actividad de los Consejos de Salarios atender los lineamientos del Poder Ejecutivo correspondientes a la Octava Ronda Salarial”, según el texto del acta al que accedió El Observador.

La última palabra la sigue teniendo cada uno de los grupos que puede solicitar abrir la negociación de manera autónoma en los próximo días, como está establecido por  ley. “En principio uno tiene la expectativa de que haya una sintonía entre lo que aquí establecimos y lo que es después el funcionamiento de cada grupo”, expresó el ministro de Trabajo Pablo Mieres.

Aun cuando la central sindical considera que la pauta salarial es insuficiente porque implica pérdida de poder de compra durante el año próximo, desde el PIT-CNT se considera que serán pocas las ramas de actividad en donde se solicitará abrir las mesas, supo El Observador. Tomando en cuenta la delicada situación del mercado laboral y de la economía en general, se advierte que el resultado de esta etapa de negociación podría haber sido peor.

 “La prioridad absoluta es el trabajo y el empleo. (…) A ningún dirigente sindical le gusta admitir que va a haber caída del salario real. Las circunstancias nos obligan a que las mesas negocien de esta manera. El año siguiente si la economía crece nosotros vamos a volver por el salario real y porque los salarios que están en circunstancias más sumergidas se protejan de manera más fuerte”, afirmó el presidente del PIT-CNT Fernando Pereira en conferencia de prensa.

Para las cámaras empresariales los lineamientos no garantizan el mantenimiento de los puestos de trabajo. Se advierte que hay empresas que bajaron su ritmo de trabajo y que la recuperación viene lenta. De todas maneras, se valoran las prórrogas dadas por el gobierno en el seguro de paro para intentar evitar los despidos.

“El acuerdo marca un hito para el sector empresarial porque todos hemos entendido que estamos viviendo una situación muy especial. En el camino tuvimos que dejar cosas, pero entendimos que era la mejor solución para el momento que estamos pasando”, dijo a su turno el presidente de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios, Julio César Lestido.

Las claves

1 Ajuste general

La fórmula “puente” para los convenios que vencieron el 30 de junio de 2020 propone aumento nominal fijo de 3% en enero de 2021, con opción de diferirlo al 1º de abril en aquellos sectores con mayor afectación del empleo.

Para los acuerdos que vencen el 30 de setiembre de 2020 el aumento regirá a partir de abril de 2021, con opción de postergarlo a julio del año próximo si es un sector afectado.

Y para los acuerdos que vencen el 31 de diciembre de 2020, el aumento de 3% se aplica en julio de 2021, con opción de postergarlo a octubre de ese año.

Se definen como sectores afectados aquellos que a noviembre de 2020 registren un número de cotizantes igual o inferior al 90% de los registrados en noviembre de 2019. Es decir, con caída de empleo/cotizantes igual o superior al 10% interanual

2 Aumento adicional

Habrá un aumento adicional de 1% para aquellos trabajadores con salarios nominales iguales o inferiores a $ 22.595 (5 Bases de Prestaciones y Contribuciones al 1º de enero de 2020). Este adicional no se descontará del correctivo final.

3 Correctivo final

Habrá un correctivo final equivalente a la inflación del año móvil que en cada caso corresponda, descontando el aumento salarial otorgado en el período y también la caída del Producto Bruto Interno (PIB) en el 2020 (alrededor de 3% según lo estimado por las autoridades).

4 Recuperación

La pérdida de poder adquisitivo que se verifique al finalizar la Octava Ronda comenzará a recuperarse a partir del 1° de enero de 2022 si la evolución del PIB del año 2021 indica crecimiento. No está especificado a qué ritmo se  procesará esa recuperación, lo que deberá resolverse el año próximo.

5 Beneficios extra salariales

Durante el período “puente” se mantienen los beneficios acordados de rondas anteriores (presentismo, antigüedad, útiles escolares, premios por zafra, ventas de fin de año y licencias especiales, entre otros), con excepción de aquellos que lo fueron por única vez.

6 Seguro de Paro

Se extiende el seguro de paro parcial hasta el 30 de setiembre de 2020. Además, el gobierno propone iniciar de forma inmediata un diálogo social tripartito por el empleo, la sustentabilidad de las empresas y el trabajo de calidad.

7 Incentivos oficiales

Se otorgará a las empresas una partida fija de $ 5.000 mensuales durante tres meses por cada trabajador que reincorpore del seguro de paro total, así como en el caso de aquellas empresas que no tengan trabajadores en seguro de paro por cada trabajador que contraten. Se toma como referencia la nómina de trabajadores que mantenían al 31 de mayo de 2020. Este incentivo todavía no ha sido reglamentado por el Poder Ejecutivo.

Camilo dos Santos

8 Correctivos de la Séptima Ronda

Los correctivos por inflación pasada (varían entre 2% y 4%) que vienen de la ronda anterior de negociación se activan este mes para los convenios vencidos el 30 de junio, y se deberán pagar con la liquidación de salario de julio que se hace efectiva en agosto, según dijeron a El Observador el ministro de Trabajo Pablo Mieres y el presidente de la Cámara de Industrias Gabriel Murara. De todas formas, en aquellos sectores y empresas que existan dificultades se podrá negociar un acuerdo para postergar o fraccionar ese pago.

9 La posición del PIT-CNT

En el acta final el PIT-CNT acepta la creación de un diálogo social sobre empleo y la extensión de las prórrogas en el seguro de paro, como forma de ayudar al mantenimiento de los vínculos laborales de los trabajadores con las empresas. Sobre la propuesta salarial reconoce avances respecto a la propuesta original del gobierno, pero “se considera globalmente insuficiente en el marco del objetivo de mantener el poder de compra del salario real de los trabajadores durante el período propuesto”, dice el texto del acta.

10 La posición de las cámaras empresariales

Las gremiales empresariales están de acuerdo con el contenido de los lineamientos. La única diferencia que se dejó plasmada en el acta es la utilización del PIB global como indicador de ajuste. Se la considera “una variable inadecuada para el sector empresarial, ya que no atiende las diferentes situaciones particulares de crisis por las que atraviesan las empresas”, según dice el acta. “Habrá de significar un gran esfuerzo, para muchos sectores de actividad, en su responsabilidad de mantener el empleo y la sustentabilidad de las mismas”, agrega el texto.  En el proceso de negociación eran partidarios de utilizar indicadores sectoriales o  de definir una cifra nominal para calcular el descuento del correctivo final.

 

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