Los cambios que sugiere Ursea para promover la competencia en el mercado de combustibles
Un borrador establece modificaciones para promover la competencia entre estaciones, y habilita a que los grandes consumidores puedan abastecerse directamente de una distribuidora mayorista o planta, entre otros puntos
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10 de mayo de 2022 a las 05:02
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Como parte de la reforma integral del mercado de combustibles —que el Poder Ejecutivo planteó a finales de 2020— la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) tiene a estudio un nuevo reglamento para la distribución secundaria. La nueva normativa deberá ser puesta próximamente a consulta pública, para que recién en esa instancia cualquier persona, empresa o gremial pueda realizar planteos, críticas o sugerencias.
Un borrador del proyecto al que accedió El Observador elaborado a partir de una consultoría internacional contratada por Ursea, plantea tres grandes cambios sobre el funcionamiento actual del mercado.
Distancia entre estaciones de servicio
En primer lugar se establece eliminar las restricciones de distancia entre estaciones de servicio, que hoy impide la instalación de nuevos puestos de venta y su ubicación de acuerdo con las necesidades del mercado.
“Con el objeto de promover la eficiencia y la competencia en el mercado de la venta de combustibles, la Ursea no impondrá limitaciones al otorgamiento de las autorizaciones para la apertura de nuevos puestos de venta en términos de distancia entre estaciones o del régimen de propiedad de los puestos de venta pertenecientes a un mismo sello o persona física o jurídica”, dice uno de los artículos incluidos en el borrador.
En ese sentido, otro punto agrega que la Ursea evaluará “las condiciones” en las que se desarrolle el mercado y “analizará casos de integración horizontal o vertical”. En caso de identificar potenciales concentraciones podrá establecer restricciones para autorizar nuevos puestos de venta del mismo sello o la misma persona física o jurídica.
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Grandes consumidores
Por otro lado, uno de los artículos establece que los consumidores finales que cuenten con las instalaciones (bocas de consumo propio o puestos de autoconsumo) podrán adquirir los combustibles líquidos directamente de los distribuidores mayoristas (hoy Ducsa, Axion y Disa).
Según se explica, un consumidor final podrá contar con una boca de consumo propio si alcanza un volumen de consumo superior a 15 m3 (metros cúbicos) como promedio mensual sobre las compras de un año, destinada a actividades industriales, transporte o comerciales.
Y además la Ursea dice que aquellos que sean clasificados como grandes usuarios o grandes consumidores, tendrán la opción de poder adquirir los combustibles directamente en las plantas de despacho, con lo que podrán abastecerse de manera independiente sin tener que recurrir a la intermediación de las estaciones de servicio o los distribuidores. El reglamento define como grandes usuarios o consumidores al consumidor final que adquiere un volumen superior a 500 m3 de combustible como promedio mensual sobre las compras de un año.
Por otra parte, el proyecto del regulador plantea que una misma empresa, podrá ser titular de distintas autorizaciones para realizar actividades de transporte, distribución mayorista y distribución minorista (estacionero) a la vez, siempre que reúna los requisitos técnicos y de seguridad, dice el texto.
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Otras modalidades de expendio
La Ursea también podrá otorgar autorizaciones para el expendio en puestos de venta bajo las modalidades de autodespacho (el consumidor opera el surtidor para efectuar el suministro con supervisión y control de personal de puesto de venta); y bajo la modalidad de expendio en instalación desatendida (el consumidor opera el surtidor y no existe personal presente).
Proceso gradual
Otro artículo propone que con el objetivo de “promover un crecimiento ordenado y un proceso gradual hacia un mercado de mayor competencia y más eficiente en la distribución minorista”, en un período de tres años desde la expedición del nuevo reglamento la Ursea instrumentará un régimen de excepción, en la que podrá evaluar solicitudes de apertura de nuevos puestos de venta según algunos criterios especiales.
Por ejemplo, dentro de ese período, en los accesos a Montevideo podrán autorizarse puestos de venta a distancias superiores a 1.000 metros del puesto de venta más próximo que exista, y dentro de la capital a distancias superiores 500 metros.
En las localidades del interior donde no haya estaciones se autorizará la apertura de un puesto de venta, en caso que la distancia al puesto más próximo supere los 15 kilómetros.
Y en las áreas urbanas del interior con una única estación autorizada se podrá autorizar un segundo puesto a no menos de 100 metros de distancia de aquel. Cuando existan dos puestos de ventas, se podrá autorizar un tercero a más de 200 metros de cada uno de ellos. Fuera de las áreas urbanas del interior no se autorizarán nuevas instalaciones a menos de 5 kilómetros respecto a otro ubicado sobre la misma ruta, dice el texto borrador.
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