La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto de ley que modifica los artículos 311 y 312 del Código Penal, en los que se introdujo el femicidio como figura especialmente agravada de homicidio a una mujer por su condición de género, y que llevará penas de hasta 30 años de cárcel.
De acuerdo con el texto aprobado, para que se pueda tipificar el delito tendrá que probarse que entre víctima y victimario había una relación de afectividad, intimidad y de índole sexual. Ese último aspecto fue el que se agregó al proyecto en la Cámara de Diputados, y que obligó a que volviera al Senado para su aprobación definitiva.
La miembro informante del proyecto, la senadora Daniela Payssé, integrante de la Comisión de Legislación que aprobó las modificaciones, fundamentó en la sesión que aunque los últimos ajustes aplicados "no cambian en esencia el contenido" del texto, hubiera preferido que la ley se promulgara como originalmente había sido aprobada en el Senado. "Seguimos razonablemente afirmando que el femicidio puede ser la consecuencia de una relación de afectividad o intimidad, (pero) que no esté circunscripta a un vínculo de tipo sexual. Creemos que era mucho más ampliatoria la definición que habíamos dado en esta Cámara", dijo.
La legisladora también expresó su discrepancia con la inclusión del término "agente" para denominar al autor de este delito, aunque no detalló los motivos. Dijo que es un cambio que por sí solo "hubiera sido banal", pero que en el marco de un conjunto de modificaciones que los senadores habían acordado cuando trabajaron sobre el proyecto, introducido al Parlamento a fines de 2015, merecía su mención.
El único legislador que solicitó fundamentar su voto fue el colorado Pedro Bordaberry, para expresarse en el mismo sentido que Payssé. "Hemos votado afirmativamente, porque no hacerlo hubiera sido rechazarlo, pero las modificaciones introducidas, en especial la exigencia de la intimidad sexual, no son acertadas", expuso.Inicio de sesión
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