La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por “insuficientes” los argumentos de la defensa de Lázaro Báez, otro de los protagonistas de la causa Vialidad y confirmó la condena de seis años de prisión por fraude al Estado.
Además, desestimó por “inadmisible” en base al artículo 280 (sin analizar la cuestión) el recurso extraordinario del fiscal ante la Cámara Federal de Casación Mario Villar que buscaba agravar la acusación contra Cristina Kirchner y otros condenados, sumando el delito de asociación ilícita.
Qué decidió la Corte Suprema sobre Lázaro Báez
En el caso de Báez, condenado a seis años de prisión por su rol como partícipe necesario en el delito de administración fraudulenta, la Corte consideró que su presentación no cumplió con los requisitos exigidos por la ley. Según los jueces, “el recurso extraordinario federal interpuesto no satisface debidamente tales recaudos, pues el relato de los hechos y los agravios expuestos resultan insuficientes para refutar adecuadamente los fundamentos de la sentencia impugnada”.
Según informó la revista Quorum, entre los argumentos de la defensa, Báez había planteado la violación del principio del juez natural, la existencia de cosa juzgada en Santa Cruz y objeciones sobre la valoración de la prueba. La Corte fue tajante: “El recurrente no justifica por qué habría identidad objetiva entre la defraudación por la que fue condenado en autos y aquella por la cual habría sido sobreseído por la justicia provincial de Santa Cruz”.
La resolución también responde al cuestionamiento por presunta arbitrariedad, en especial por cómo se consideraron las pruebas del juicio oral. “Cabe destacar que en autos se efectuó un peritaje sobre cinco de las cincuenta y una licitaciones de obra pública y que, aunada con la restante prueba producida en el juicio, llevó a los tribunales inferiores a dar por comprobadas numerosas irregularidades”, señaló el fallo.
Báez quedó así con condena firme a seis años de prisión, la misma pena impuesta a la ex presidenta Cristina Kirchner, por administración fraudulenta.
El amigo del fallecido ex presidente Néstor Kirchner está con arresto domiciliario en otra causa penal por lavado de dinero, tiene otra condena firme en la “ruta del dinero K” y tanto el Tribunal que lleva esa causa, el Federal 4, como el que tiene a su cargo Vialidad, el Federal 2, tienen que decidir si sigue con el beneficio de cumplir condena detenido en su casa en Santa Cruz o vuelve a cárcel común.
El reclamo fiscal por la asociación ilícita
En paralelo, la Corte también rechazó el recurso del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Mario Villar. La presentación buscaba revertir la absolución de Cristina Kirchner dictada por el Tribunal Oral Federal 2, apuntando a la omisión de evaluar su rol como jefa de una asociación ilícita.
En este caso, la Corte ni siquiera analizó el fondo de la cuestión. Aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite declarar un recurso como inadmisible sin mayor desarrollo.
El recurso de Villar había sido respaldado por el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, en un dictamen en el que reclamó revocar las absoluciones por asociación ilícita, una opinión que no resulta vinculante para la Corte.
La Corte también dejó firme así la absolución en esta causa del ex ministro de Planificación Federal del kirchnerismo, Julio De Vido y otros tres ex funcionarios.
¿Quiénes son los condenados?
Además de Cristina Kirchner y Báez, se confirmaron las condenas del ex secretario de Obra Pública, José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti -ambos a seis años de cárcel- y las de los ex funcionarios de Vialidad Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Pavesi (4 años y seis meses), Mauricio Collareda y José Santibañez (4 años) y Raúl Daruich (3 años y 6 meses)
Todos deben presentarse para quedar detenidos en los tribunales federales de Retiro en el término de cinco días hábiles.