11 de febrero 2026 - 15:09hs

Los migrantes que accedan a la regularización extraordinaria aprobada por el Gobierno podrán viajar por el espacio Schengen como turistas durante 90 días en un periodo de seis meses, pero no podrán residir ni trabajar en otros países de la Unión Europea. Así lo establece la normativa europea y española aplicable a los permisos de residencia nacionales.

El abogado de Accem, Francisco José Rojo, explicó que una autorización de residencia concedida por España “solo permite residir y trabajar en España”. Según detalló, no se trata de un permiso válido para todo el territorio comunitario, aunque sí habilita desplazamientos temporales como visitante.

Bruselas advierte sobre posibles efectos en otros Estados miembros

La Comisión Europea recordó este martes que, aunque la regularización es competencia exclusiva del Gobierno español, su aplicación no debe tener “consecuencias negativas” para el resto de países de la UE. El aviso se produjo durante un debate en el Parlamento Europeo.

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El comisario europeo de Migración, Magnus Brunner, subrayó que un permiso de residencia nacional “no es un cheque en blanco” para circular libremente por la Unión. Recalcó que, si un beneficiario reside ilegalmente en otro Estado miembro, deberá regresar al país que otorgó la autorización.

El Gobierno defiende que no habrá impacto en la UE ni “efecto llamada”

Desde el ámbito jurídico, Rojo sostuvo que el proceso “no va a afectar al resto de países europeos”, al tratarse de personas cuyo proyecto migratorio está en España. Argumentó que la medida permitirá a los beneficiarios trabajar legalmente y cotizar a la Seguridad Social en igualdad de condiciones.

También descartó que la regularización genere un “efecto llamada”, ya que el permiso se limita a personas que se encontraran en España antes del 31 de diciembre de 2025. Por tanto, no se aplicará a quienes lleguen con posterioridad.

El Pacto Europeo de Migración busca frenar movimientos secundarios

El experto recordó que el Pacto Europeo de Migración y Asilo, que entrará en vigor el 12 de junio de 2026, establece mecanismos para evitar desplazamientos irregulares dentro de la UE. Entre ellos, obliga a los solicitantes de asilo a permanecer en el país de primera entrada hasta que se determine qué Estado es responsable de su caso.

Según Rojo, la regularización española se enmarca en las competencias nacionales en materia de extranjería, que corresponden a cada Estado miembro dentro del marco comunitario.

Más de medio millón de personas podrán acogerse al proceso

El Consejo de Ministros aprobó el 27 de enero la tramitación urgente del Real Decreto que modifica el Reglamento de la Ley de Extranjería para permitir la regularización extraordinaria de más de medio millón de migrantes, tras un acuerdo entre PSOE y Podemos.

La iniciativa retoma el espíritu de una Iniciativa Legislativa Popular respaldada por más de 700.000 firmas, admitida a trámite en el Congreso en 2024, aunque bloqueada hasta ahora. Tras recibir 350 aportaciones en audiencia pública, la Secretaría de Estado de Migraciones analiza las propuestas antes de culminar el texto definitivo.

Requisitos para acceder a la regularización extraordinaria

Podrán solicitar la autorización quienes estuvieran en España antes del 31 de diciembre de 2025 y acrediten al menos cinco meses de permanencia continuada en el momento de la solicitud. La acreditación podrá realizarse mediante documentos públicos, privados o una combinación de ambos.

En el caso de solicitantes de asilo, bastará con que la petición de protección internacional se hubiera presentado antes de esa fecha. Además, será imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público.

Duración del permiso y situación de los menores

La autorización concedida tendrá una vigencia inicial de un año. Tras ese plazo, los beneficiarios deberán integrarse en las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permitirá una regularización progresiva.

El proceso contempla también la regularización simultánea de los hijos menores que se encuentren en España, quienes obtendrán un permiso con una duración de cinco años. La medida se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

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