18 de septiembre 2025 - 8:36hs

La Agencia Tributaria de España puso en marcha un procedimiento clave para los mutualistas jubilados que cotizaron a mutualidades laborales obligatorias antes de 1979. A partir de este año, miles de jubilados tienen la oportunidad de recuperar el dinero que Hacienda les cobró indebidamente en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en los años anteriores.

¿Quiénes tienen derecho a la devolución del IRPF?

La devolución del IRPF está dirigida a aquellos jubilados y pensionistas que hayan cotizado en el régimen de mutualidades laborales antes de 1979.

Estos contribuyentes tienen derecho a solicitar la devolución de las cantidades que pagaron en exceso por este concepto durante los años en los que se produjeron los cobros indebidos. La solicitud solo puede realizarse para aquellos años no prescritos, es decir, que no hayan pasado los plazos establecidos por la ley para solicitar la devolución.

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¿Qué ejercicios fiscales se pueden reclamar en 2025?

En 2025, los mutualistas podrán solicitar la devolución del IRPF correspondiente a los ejercicios fiscales de 2019 y anteriores, siempre y cuando no hayan prescrito. Además, para los ejercicios 2020 a 2022, los plazos de solicitud serán los siguientes:

  • 2026: ejercicio fiscal 2020.

  • 2027: ejercicio fiscal 2021.

  • 2028: ejercicio fiscal 2022.

Este cambio en la normativa de Hacienda establece un calendario que permite a los mutualistas realizar sus reclamaciones de manera escalonada, evitando la acumulación de solicitudes de años anteriores.

¿Cómo solicitar la devolución del IRPF?

El proceso de solicitud es completamente telemático y debe realizarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los mutualistas deberán completar un formulario en línea que incluirá sus datos personales y bancarios para recibir la devolución de forma automática.

El sistema calculará automáticamente el importe a devolver, por lo que no será necesario presentar ningún tipo de comprobante adicional.

Es importante tener en cuenta que el plazo para presentar las solicitudes de devolución finaliza el 30 de diciembre de 2025. Por lo tanto, los jubilados que deseen solicitar la devolución deben hacerlo antes de esa fecha para no perder la oportunidad.

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Los mutualistas podrán recuperar hasta 4.000 euros anuales, dependiendo de los ejercicios fiscales que se reclamen. El importe exacto de la devolución variará en función de las cantidades pagadas en exceso por el IRPF de cada año. Por ejemplo, aquellos que hayan solicitado la devolución de los ejercicios fiscales de 2019 a 2022 podrán recuperar una suma importante, con un máximo anual de 4.000 euros por ejercicio.

¿Dónde resolver dudas?

Si los mutualistas tienen dudas sobre cómo completar el formulario o si necesitan asistencia en el proceso, la Agencia Tributaria ofrece soporte a través de su número de teléfono 91 889 81 46.

Este servicio está disponible de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas. Además, la web oficial de la Agencia Tributaria ofrece toda la información necesaria para llevar a cabo el trámite de manera correcta.

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