Este jueves 24 terminó el plazo para que los damnificados de Conexión Ganadera presentaran la documentación requerida para validar que son acreedores de la empresa que fue liquidada.
Ahora se abre un plazo para que el síndico, Alfredo Ciavattone, analice la documentación, valide lo datos y confeccione la lista de los acreedores y el orden en el que podrán cobrar una vez que el concurso llegue a su fin.
Si bien el plazo que estipula la ley es de 30 días para esa tarea, fuentes del concurso dijeron a El Observador que desde ya se sabe el síndico tendrá que pedir prórroga dado que son miles los inversores que se presentaron. A todos se les requería que presentaran el contrato, factura, recibo y constancia de pago (transferencia bancaria, letra de cambio u otro medio).
Por otra parte, las fuentes dijeron que el estado actual del ganado es “todo lo bueno que puede ser” en las actuales circunstancias. Señalaron que permanentemente se está vendiendo ganado del mejor peso para obtener liquidez y con eso poder mantener el estado sanitario del ganado y pagar salarios de los trabajadores.
Al decretar la liquidación de Conexión Ganadera, el juez Leonardo Méndez autorizó la venta del ganado que está en los campos. Se trata de 75.000 vacunos que están en 27 establecimientos rurales arrendados por Hernandarias XIII S.A.G.R.L. (la empresa que tenía el ganado y que ya fue liquidada por el juez). Además había unos 15.000 terneros que estaban por nacer.
El ganado es el único activo que tiene el concurso por lo que se prioriza su cuidado.
Por otra parte, Méndez pospuso el plazo para presentar información relevante para el incidente de calificación del concurso para el 20 de agosto, por la dimensión del caso.
Este proceso define si el concurso fue culpable, con responsabilidad de los administradores de la empresa en la insolvencia de la compañía, o fortuito, sin culpa de los socios. Si el concurso se declarara culpable los hoy embargados deberán responder patrimonialmente con sus bienes.
Días después de esa resolución Pablo Carrasco y Ana Iewdiukow presentaron un recurso de reposición en el que solicitaban que el incidente de calificación cerrara a los 15 días de la liquidación, como marca la Ley de Proceso Concursal N° 18.387.
Sin embargo, el juez rechazó ese recurso y marcó que la decisión de aplazar la fecha para cerrar el incidente "contribuye a un mejor derecho del ejercicio de defensa de los interesados en el proceso".
20250403 Pablo Carrasco. Audiencia de Conexión Ganadera en juzgado de concurso.
Foto: Inés Guimaraens
Por otra parte el juez Méndez decretó esta semana el concurso de Pablo Carrasco, exdirector de Conexión Ganadera, como persona física, que había sido solicitado por una familia, defendida por los abogados Santiago Alonso y Graciana Abelenda, por el impago de un arrendamiento de un campo gestionado por Hernandarias XIII, por los que el exdirector de Conexión adeuda cerca de US$ 90.000.
El defensor de Carrasco, Fernando Vollono, respondió que la solicitud no tenía razón de ser porque su cliente ya no realizaba actividades comerciales cuando el escrito fue presentado, el 10 de marzo de 2025, y porque los créditos requeridos no estaban vencidos en esa fecha.
En su fallo Méndez marcó que la solicitud de concurso se vuelve "admisible" por la insolvencia de Carrasco, que marcó se vio demostrada en sus propias actitudes con respecto a la demanda y por la liquidación de Conexión Ganadera y Hernandarias XIII, ambas administradas por él.
"¿Para qué se opuso el Sr. Carrasco a una solicitud de declaración de concurso necesario únicamente arguyendo cuestiones formales, si no se considera insolvente y solamente simple deudor de una única obligación de pago de arrendamientos, en su calidad de fiador, cuando bien podría haber clausurado el proceso y dejarlo sin efecto ofreciendo el pago inmediato de los arriendos adeudados?", se preguntó Méndez.
"La actitud asumida por el Sr. Carrasco resulta demostrativa, en forma inequívoca, de su imposibilidad para cumplir con sus obligaciones en el corto plazo, lo que determina su estado de insolvencia y, por ende, hace admisible la solicitud de concurso necesario", dictaminó el magistrado.