Así jugó Nacional ante Cerro Largo: con Defensor Sporting habrá público

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Apelaciones le redujo la sanción a Nacional: mirá el fallo completo y los argumentos

La Comisión de Apelaciones redujo de dos a un partido la sanción de Nacional por los incidentes del clásico y ante Defensor tendrá hinchas; el exintegrante de la Comisión Disciplinaria, Juan Pablo Decia, asesoró a la delegación tricolor
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25 de septiembre de 2022 a las 23:30

La Comisión de Apelaciones de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) decidió reducir el castigo de Nacional de dos a un solo partido a puertas cerradas modificando la decisión de la Comisión Disciplinaria por los incidentes suscitados en el clásico disputado el 4 de setiembre. 

La Comisión de Apelaciones tenía plazo hasta el lunes 3 de octubre para emitir su fallo luego de la apelación presentada por Nacional el martes de la semana pasada. Sin embargo, el fallo ya fue adoptado el viernes pasado y notificado al club el sábado. De esta forma, Nacional podrá jugar por la 12ª fecha del Torneo Clausura ante Defensor Sporting con la presencia de sus hinchas algo que no pudo hacer este domingo contra Cerro Largo por la 10ª etapa. La sanción fue reducida de dos a un partido. 

"Estoy satisfecho porque se han dicho tantas cosas sin sentido en todo este tiempo que realmente satisface que finalmente haya salido a la luz con argumentos jurídicos y de hecho, totalmente contundentes, la razón que teníamos al presentar el recurso de apelación contra la sanción sufrida por la Comisión Disciplinaria. El club está muy satisfecho. Se hizo un trabajo denodado, profundo, con gran análisis de la situación y la palabra es satisfacción", dijo este domingo al programa partidario Triconectados el delegado de Nacional Enrique Campos.  

"Nuestro recurso tiene 36 páginas y la resolución que decidió el recurso tiene alrededor de 14. El núcleo central de las razones para acoger el recurso es la proporcionalidad de las conductas imputadas a cada institución y las sanciones adoptadas que fueron exactamente iguales por la Comisión Disciplinaria lo cual critica muy fundadamente la Comisión de Apelaciones y llega a la conclusión que hoy conocemos. Hay que poner las cosas en su lugar. Hoy escuchaba al integrante del Comité Ejecutivo de la AUF en un programa televisivo hablar con una ligereza que a mí me asombra de que 'se falla por la camiseta'. A mí me parece realmente un agravio que no debería pasar por alto, es un agravio y ataque a las personas y no escuché la misma opinión respecto al fallo de la Comisión Disciplinaria", dijo Campos refiriendo a lo que manifestó Gastón Tealdi en el Polideportivo este domingo desde Europa donde acompaña a la selección uruguaya en sus partidos de fecha FIFA.

"Yo podría haber sostenido que quien redactó el fallo de la Comisión Disciplinaria también tiene su camiseta y a nuestro criterio se equivocaron groseramente, y yo no salí a decir eso. Tenemos que tener mucho cuidado porque hablamos de que se quiere erradicar la violencia, pero ese tipo de manifestaciones lo único que hacen es generar violencia, porque no sabemos a qué cabecitas llega ese mensaje. Fijate que uno de los integrantes de la Comisión que estableció que fueran dos partidos para Nacional está vinculado con el equipo con el que íbamos a tener nuestro segundo partido de sanción que afortunadamente se redujo y no va a ser así. Y yo no salí nunca a decir que ese señor por su camiseta falló así. No debemos dar ese paso, no le hace bien a nada y genera violencia. Por otro lado los argumentos son muy contundentes, son sólidos. La Comisión de Apelaciones hace un análisis detallado de las nueve conductas que se le imputan a Peñarol y las tres que se le imputan a Nacional y que son competencia de la Comisión evaluar. Y la gravedad es muy diferente. Entre las conductas que se le imputan al otro equipo hay un delito de incendio. Si leen el artículo 206 del Código Penal van a advertir la gravedad de esa conducta. Entonces no son comparables las conductas imputadas a cada club. Con esto no quiero justificar la incorrección de parte de nuestra hinchada en la ocasión. Pero sí hay un claro principio de proporcionalidad en la sanción con relación a la conducta que no fue aplicado en primera instancia. Entonces, si solo publicitamos las opiniones vestidas de pasión en contra de quién dijo algo y no nos detenemos en qué se dijo, en cuáles fueron los argumentos, vamos por mal camino y desinformamos a la gente", manifestó Campos. 

El fallo, al que tuvo acceso Referí, dice: "la Comisión de Apelaciones entiende que justamente la aplicación de la misma pena a ambas instituciones no respeta dichos criterios de progresividad y proporcionalidad que son esenciales a las garantías del debido proceso y a las reglas generales del derecho administrativo sancionatorio, derivadas de nuestro sistema penal y constitucional".

La gallina en la tribuna Scarone encendió la mecha en pleno partido

La decisión final contó con el voto favorable de Fernando Aguirre Ramírez, Álvaro Da Silva, Alejandro Sobrera y el del presidente Rodolfo Ponce de León emitiendo votos discordes Hugo Lens y Carlos Mata.

"Empezamos a trabajar en el recurso el jueves de las 6 de la mañana, fueron muchas horas de preparación. Consultamos a Hernán Navascués, al resto de la delegación, al presidente y secretario y se recibieron aportes. Con la asistencia de esas opiniones se pulió y perfeccionó el texto inicial. Hablamos con Guillermo Rodríguez Capurro al que le pedimos aportes sobre medidas cautelares. El recurso no tenía efecto suspensivo por lo que procuramos plantear una medida cautelar de no innovar para que se tratara de impedir la ejecución del fallo. Finalmente no la utilizamos. Pero la Comisión nos había negado la medida cautelar. Eso demuestra que hubo un análisis jurídico y no se dijo a todo que sí porque sí, sino que las cuestiones que no eran aceptables de nuestro recurso las establecieron a texto expreso y las desestimaron".

Nacional también hizo una consulta con un exintegrante de la Comisión Disciplinaria, Juan Pablo Decia, quien reveló a Referí: "Desde un comienzo les dije a los delegados que el fallo era apelable porque no estaba dentro del elenco de sanciones que figura como no apelables, les di algunos antecedentes de la Comisión en ese sentido, les comenté que en 11 años nunca se había hecho una referencia al artículo 42 (del Código Disciplinario) en un fallo de la Comisión Disciplinaria por responsabilidad objetiva porque el artículo 42 habla del recurso de apelación y no es coherente que se haga una referencia de ese estilo y lo que se quiso hacer fue establecer desde el vamos que no era apelable". 

Artículo 42.
Decisiones no recurribles
42.1 No serán apelables las decisiones de la Comisión Disciplinaria en las que se sancione con:
a) una advertencia,
b) una reprensión, amonestación o apercibimiento,
c) una suspensión de hasta tres partidos,
d) una suspensión por tiempo determinado de hasta tres meses,
e) multa por cuantía inferior U.R. 151 si se hubiera impuesto a un Club,
f) multa por cuantía inferior a U.R. 40 en los demás casos,
g) prohibición de jugar en un campo de juego determinado, hasta por 3 fechas.
h) deducción de hasta 1 punto.
42.2 Si la Comisión Disciplinaria combina sanciones de diferente naturaleza, el recurso es admisible si al menos una de ellas excede de los límites mencionados en el apartado 1. Es competencia del Tribunal de Alzada examinar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso.

Más allá de esta cuestión de forma, otro de los argumentos de fondo esgrimidos por la Comisión de Apelaciones para modificar parcialmente el fallo adoptado por la Comisión Disciplinaria fue la interpretación que hizo de la bandera exhibida por hinchas de Peñarol celebrando la muerte del barra de Nacional Washington Simón. Apelaciones entendió "inadmisible" que la Comisión Disciplinaria desestimara interpretar el contenido de la bandera. 

"Primero porque es su función investigar los hechos. Segundo porque no se trata de ningún mensaje cifrado, ni contenidos crípticos o esotéricos: basta con haber leído la prensa para saber a qué se refería la palabra “WASH”, o incluso basta con ingresar en Google las palabras “WASH, Peñarol, Nacional” y surge la respuesta “Fiscalía imputó a cuatro hinchas de Peñarol por el asesinato del hincha de Nacional Washington Simón, ocurrido el pasado 6 de enero en la …”. Y además se trata de información que figura en el expediente. Primero en el informe del Área de Seguridad de la AUF a fs. 4 se dice: “…aparece una bandera de color blanca con letras negras y la inscripción “WASH” y una CRUZ alusiva a la muerte de un parcial de Nacional a principios de años durante el 10 desarrollo de la llamada “Vía Blanca” en la zona de la Unión”. Y segundo, porque la propia Comisión de Seguridad de Peñarol (con total lealtad, lo que debe resaltarse) reconoce a fs. 27 “A pocos minutos del comienzo del segundo tiempo, parciales de Peñarol colocaron dos banderas, una con la sigla “WASH” y una cruz y otra con un skate roto en referencia al hincha fallecido en la vía blanca a comienzos de este año…”. Por todo lo cual es inadmisible que la Comisión de Disciplina diga que no sabe qué significa esa bandera y que no tiene ningún deseo de investigarlo. Se trató de un acto repudiable además de una provocación grave que fue la causa directa de los disturbios que se desataron de inmediato", se consignó en el fallo.

Decia también asesoró a Nacional sobre el artículo 5 por el incidente de la grasa colocada por los tricolores en la tribuna Héctor Scarone que iba a ser ocupada por hinchas de Peñarol. "El ámbito de competencia temporal de la Comisión empieza con la apertura de las puertas y el ingreso del público", tal como después se recoge en el fallo de la Comisión de Apelaciones. 

El Código Disciplinario arranca con una sección de "definiciones" en la que establece qué se entiende por "antes del partido" y esto dice: "Tiempo transcurrido desde el horario de apertura de las puertas del estadio para el ingreso del público hasta que el árbitro indique el inicio del partido. Para partidos en los que no proceda la apertura de puertas para el ingreso al público, se entenderá que el “antes del partido” tendrá lugar desde una hora antes al comienzo del partido hasta que el árbitro indique el inicio del partido".

Tal como falló la Comisión Disciplinaria, la Comisión de Apelaciones entendió que tampoco podía fallar en este tema, así como tampoco en el de los hinchas de Peñarol que abordaron un bus sorteando los controles del Ministerio del Interior. "La Comisión de Apelaciones reitera su exhortación a la Asociación Uruguaya de Fútbol para que modifique los reglamentos aplicables y establezca la posibilidad de sancionar este tipo de conductas con el fin de ampliar la tipificación de ciertas conductas claramente reprochables y que dañan la imagen del fútbol profesional", se expresó en el fallo. 

Peñarol anunció en las últimas horas que pedirá la remoción de la Comisión de Apelaciones y que adoptará otra clase de "medidas" si no encuentra eco en ese reclamo ante las autoridades de la AUF. 

Mirá el texto completo del fallo al que accedió Referí:

Fallo Comisión de Apelaciones by El Observador on Scribd

 

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