Sucursal de Cambio Nelson en San Carlos (Foto archivo 2017).

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BCU inhabilitó por 9 años a contadora que trabajaba para Cambio Nelson

La decisión se basa en hechos irregulares y omisiones que violaron normas legales y reglamentarias, según la resolución del Directorio del BCU
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05 de mayo de 2022 a las 05:00

El Banco Central del Uruguay (BCU), resolvió sancionar con inhabilitación por 9 años para desempeñar cargos de personal superior en instituciones financieras a la contadora María Soledad Ubilla, quien trabajaba como oficial de cumplimiento y responsable del sistema de información del ex Cambio Nelson de Maldonado.

El Cambio Nelson sorprendió cuando cerró sus puertas en febrero de 2017. La empresa perteneció a Wilson Sanabria y tras su fallecimiento el paquete accionario pasó a manos de su hijo Francisco Sanabria.

En 2019 la Superintendencia de Servicios Financieros había instruido un sumario administrativo a Ubilla. La resolución del Directorio del BCU recuerda que surgen de las actuaciones, interrogatorios, documentos e informes técnicos la existencia de hechos irregulares y omisiones que implican la violación de las normas legales y reglamentarias que regulan la actividad de una casa de cambios.

Entre ellas destaca las siguientes: la omisión de comunicar al BCU en forma previa el cierre de Camvirey S.A., ocurrido el 23 de febrero de 2017, infringiéndose el artículo 112 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero.

Y que “se constató que la casa de cambio recibía fondos de clientes por un período mayor a 48 horas y pagaba intereses por algunos de esos depósitos, desvirtuándose así la operativa permitida a este tipo de entidades, lo cual además no se reflejaba en las registraciones ni en los estados contables de la casa de cambio, todo lo cual era de conocimiento de la sumariada, en tanto administraba y participaba de varias formas en la operativa, la cual continuó luego del fallecimiento de Wilson Sanabria”.

También menciona que “los problemas de liquidez y eventualmente de solvencia de la casa de cambio que impidieron hacer frente a las exigencias de los clientes surgieron por los depósitos irregulares, el servicio de pago y cobranza y la operativa cambiaria, todo lo cual era de conocimiento, aceptación y participación de Ubilla”, dice el texto fechado el pasado 20 de abril.

Además, la resolución dice que “parte de esos fondos eran derivados a colocaciones en empresas vinculadas al accionista y su círculo familiar, por lo cual se realizaban pagos o retiros que superaban los fondos disponibles”. Y que “la información financiera presentada al BCU contenía serios incumplimientos a los criterios contables vigentes”.

La resolución agrega que “se constataron movimientos de fondos, reflejados en una cuenta a nombre del accionista fallecido, luego de acaecido este”; y que “la sumariada en su calidad de oficial de cumplimiento declaró no realizar sus funciones alegando que en los hechos su tarea fue tercerizada en un asesor externo, constatándose que no se solicitó la autorización previa BCU”.

“Graves incumplimientos”

El BCU señala que estas irregularidades “constituyen graves incumplimientos a las normas legales y reglamentarias” por parte de Ubilla en su desempeño como personal superior, “con el agravante de la continuidad en el tiempo”.

Y sostiene que Ubilla “tenía conocimiento y participó mediante acciones y omisiones en la actividad no autorizada, la contabilidad alterada y la operativa ilegítima, lo que redundó en perjuicio de los clientes; habiéndose incumplido principios y valores generales que rigen las actuaciones y estándares de comportamiento, recogidas en las buenas prácticas referidas a productos y servicios, establecidos en el Código de Buenas Prácticas de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero”.

La resolución del Directorio explica que “se incumplió y tergiversó el plan de cuentas, particularmente los asientos de operaciones pendientes de liquidar; habiéndose alterado el rubro monedas y billetes, en tanto debía surgir de su correcto registro aquélla que fuera nacional y extranjera”.

En ese sentido, agrega que “los apartamientos al plan de cuentas y normas contables bancocentralistas ocultaban los saldos con los clientes y le impidió saber al BCU la real situación operativa, económica, financiera de la empresa y obstaculizó su supervisión, fiscalización así como, la aplicación de medidas sancionatorias y correctivas”.

Según el BCU,  “la sumariada no cumplió con su responsabilidad de oficial de cumplimiento relativa a la implantación, seguimiento, control del adecuado funcionamiento del sistema integral de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.

Y añade que “se implementó una tercerización sin cumplir con la autorización previa de la Superintendencia de Servicios Financieros de acuerdo a la recopilación de normas de regulación y control del sistema financiero”.

 

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