El trámite brinda una nueva chapa y una nueva libreta de propiedad

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Desde este lunes se puede reempadronar el auto gratis: ¿cómo es el trámite?

En el Sucive calculan que hay unos 200 mil autos comprados antes de 2012 que están empadronados fuera de donde reside o trabaja su propietario
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02 de mayo de 2022 a las 08:45

Este lunes comenzó el plazo de 120 días para reempadronar los autos de forma gratuita. El trámite costaba $ 4.056 y brinda una nueva chapa y una nueva libreta de propiedad del vehículo.

La decisión, tomada por el Congreso de Intendentes, busca regularizar la situación de los vehículos comprados antes de 2012, que hasta el momento no tienen obligación de ser empadronados en el departamento donde vive o trabaja su dueño, como sí lo tienen los autos comprados de 2012 en adelante, según la ley 18.546 de "Regulación de empadronamiento de vehículos automotores". Sin embargo, el Parlamento analizará este año quitar ese límite.

“Hay que aprovechar esos 120 días para hacer el trámite porque una vez que el Poder Legislativo modifique la ley, pasará a ser obligatorio para todos", indicó Marcelo Metediera, director de Tránsito de la Intendencia de Canelones, en entrevista a Subrayado.

En el Sucive calculan que hay unos 200 mil autos comprados antes de 2012 que están empadronados fuera de donde reside o trabaja su propietario, y esperan que regularicen su situación en este periodo de gracia, indicó César García, coordinador del Sistema Único de Ingresos Vehiculares (Sucive), a El Observador.

Trámite

Para reempadronar un auto, primero se debe consultar en la web del Sucive si el vehículo en cuestión puede ser reempadronado. Allí se debe detallar el número de matrícula, padrón, y los departamentos de origen y destino del empadronado.

Si Sucive confirma que el auto es pasible de realizar este trámite, hay que agendarse en la Intendencia correspondiente. En el caso de Montevideo, por ejemplo, se debe reservar hora llamando al 1950 4000- 2, o a través de la agenda electrónica, que abre los miércoles a las 9 de la mañana.

En la Intendencia se deberá entregar un formulario, también disponible en la web del gobierno departamental. Pide los datos del vehículo, del o de los titulares, y si este tiene alguna denuncia policial en curso, sobre todo si se trata de un robo de chapa.

El propietario debe presentar un comprobante de propiedad del auto, certificar que tiene el pago de la patente al día, al igual que su licencia de conducir, y tener una constancia de domicilio a través de una factura de un servicio público (OSE, Antel, UTE, por ejemplo). El auto tiene que tener un seguro al día, el motor limpio, y es obligatorio presentar las dos chapas, o la denuncia de su robo.

Si el trámite lo hace una persona que no es propietaria del vehículo, tiene que llevar un comprobante de identidad del dueño, que puede ser su cédula, pasaporte o carné diplomático. En caso de que el propietario hubiera fallecido, hay que llevar un certificado de sentencia judicial de sucesión y un certificado notarial de presuntos herederos que confirmen que quien va a realizar el trámite es la o una de las personas que heredó el vehículo.

Luego de entregar la documentación se debe pedir una inspección del vehículo en el sector Informes, que se realiza, en el caso de Montevideo, en el sector de Reempadronamientos. Al culminar la inspección, el propietario debe volver al sector Informes para ser derivado a la zona de Ingresos, donde al terminar la inspección se deriva a las personas al sector Control, en el que finaliza el trámite.

Excepciones

Los vehículos públicos, taxis, ómnibus, transportes escolares, deben presentar el trámite de desafectación de su departamento anterior. Los transportes de carga no están obligados a realizar este trámite previo.

Aquellos autos dedicados a la actividad turística deben presentar otro formulario en el Ministerio de Transporte antes de ir a la Intendencia correspondiente.

Si se trata de un vehículo que es propiedad de una empresa, se debe entregar un certificado notarial con menos de un año de vigencia que certifique el nombre de la empresa, su RUT y la tarjeta de este número, y el nombre y los datos de una persona autorizada a firmar. También se puede realizar el trámite con una carta poder, que debe estar certificada por un abogado con menos de un año de vigencia. 

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