Docentes que lean proclama en aulas expuestos a destitución
El estatuto docente prohíbe "proselitismo de cualquier especie"
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23 de agosto de 2016 a las 10:24
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La decisión de los docentes de leer proclamas gremiales en las aulas choca con dos normas: la Constitución de la República y el Estatuto del funcionario docente. Ésta última advierte que hacer proselitismo es causal de destitución.
La Constitución de la República, en su artículo 58, señala que "los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política". Y agrega: "En los lugares y las horas de trabajo, queda prohibida toda actividad ajena a la función, reputándose ilícita la dirigida a fines de proselitismo de cualquier especie".
Además señala que no se podrán constituir "agrupaciones con fines proselitistas utilizándose las denominaciones de reparticiones públicas o invocándose el vínculo que la función determine entre sus integrantes".
En tanto, el estatuto docente señala en su artículo 3 que los docentes deben "abstenerse de hacer proselitismo de cualquier especie, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de las mismas". Tampoco deben "permitir que los bienes o el nombre del Ente sean usados con tales fines".
El texto agrega que "la violación de este inciso será preceptiva causal de destitución".
El sindicato Fenapes convocó a los docentes a leer una proclama contra el gobierno en las aulas, informa hoy El País. Ese texto, recuerda el primer año del decreto de esencialidad del gobierno, al que compara con la dictadura.
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