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Empleadores valoran cambios en ley de negociación colectiva, pero mantienen queja ante la OIT

Los empresarios afirman que el proyecto que modifica la ley no contempla todas las observaciones del organismo internacional

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13 de mayo de 2023 a las 05:04

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Las cámaras empresariales se mostraron conformes con el proyecto con modificaciones a la Ley de Negociación Colectiva que fue aprobado por el Parlamento el miércoles 10. Los cambios responden a sugerencias que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) le realizó a Uruguay hace más de una década. El proyecto cumple con la mayoría de los pedidos del organismo internacional, pero omitió uno que refiere a la competencia de los Consejos de Salarios. Por ese motivo, los empleadores uruguayos mantendrán la queja que tienen presentada ante la OIT que tuvo como uno de sus fundamentos ese aspecto de la negociación salarial.

 La historia se remonta a 2009 cuando durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez se aprobó la ley de negociación colectiva. La ley fue aprobada sin el consentimiento, en varios puntos, del sector empleador que meses después promovió una queja ante el organismo internacional. El reclamo fue presentado por la Cámara de Industrias (CIU) y la Cámara de Comercio, con el apoyo de la Organización Internacional de Empleadores (OIE).

A partir de ese momento, Uruguay recibió una serie de recomendaciones de la OIT, elaboró algunas propuestas, pero no resolvió el tema de fondo. El escenario cambió en la conferencia anual del organismo de 2019 cuando la Comisión de Aplicación de Normas incluyó a Uruguay entre un grupo de países que incumplen convenios internacionales y no respetan derechos laborales. Es decir, Uruguay pasó a formar parte de la “lista corta” o “lista negra” de la OIT.

A fines de ese año, el Ministerio de Trabajo (con la conducción de Ernesto Murro) elaboró un proyecto modificativo, con algunos de los cambios solicitados, para cumplir con los plazos establecidos por la OIT. La irrupción de la pandemia calmó un poco las aguas, pero las observaciones siguieron en pie.

Camilo dos Santos
Ministerio de Trabajo

 El actual gobierno tomó en cuenta el anterior proyecto y elaboró uno nuevo que comenzó a recorrer el camino parlamentario.

El convenio 98

El miércoles 4 de este mes, una delegación del Ministerio de Trabajo se presentó ante la comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara de Senadores. Uno de los participantes fue el subsecretario Mario Arizti. Allí se refirió a los cambios previstos.

“Podemos decir que este proyecto de ley, tal como está redactado, cuenta con el consentimiento de los órganos de control de la OIT. Con esto cumplimos con todas las observaciones menos con una referida al artículo 12 de la Ley de Negociación Colectiva, que alude a la competencia de los Consejos de Salarios”, dijo.

“No se encuentra en este proyecto de ley; en nuestra opinión, requiere un debate más profundo, incluso con asistencia técnica de la OIT por como vienen funcionando los Consejos de Salarios en nuestro país desde hace décadas”, expuso.

“Es un tema muy sensible porque, por un lado, los pronunciamientos de la OIT sin claros y, por otro, hay diferentes posiciones jurídicas en nuestro país”, complementó.

La diferencia entre lo redactado en la Ley de Negociación Colectiva y la OIT se centra en el convenio internacional 98 del organismo sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva. La ley establece en el artículo 12 la competencia de los Consejos de Salarios y señala que tendrán por cometido fijar el monto mínimo de los salarios por categoría laboral y actualizar las remuneraciones de todos los trabajadores de la actividad privada.

En tanto, el artículo 4 del convenio 98 expresa que “deberán adoptarse medidas adecuadas para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo”.

En definitiva, la OIT interpreta que el Poder Ejecutivo (con su participación en los Consejos de Salarios) debe abstenerse de formar parte de la actualización de las remuneraciones, ya que ella debe surgir de la negociación voluntaria bipartita, es decir entre empresas y sindicatos.

Y ese punto, el de la competencia de los Consejos de Salarios observado por la OIT, es el que sigue sin ser resuelto.

Los empleadores y la queja

Luego de la aprobación del proyecto de ley en el Parlamento, la CIU y la Cámara de Comercio emitieron un comunicado. Allí se valoró positivamente el proyecto y se añadió que contribuye a superar la mayoría de las observaciones efectuadas por los órganos de control de la OIT.

Las gremiales expusieron que a pesar de la falta de adecuación al convenio 98 el sector empleador ha concurrido a negociar a los Consejos de Salarios durante todo el tiempo que ha sido convocado en “una muestra de responsabilidad para con los trabajadores, el gobierno y la sociedad toda”.

Leonardo Carreño
Gabriel Murara

Por tanto, concluyó que ambas cámaras manifiestan, una vez más, que “son partidarias de un sistema de negociación colectiva adecuado totalmente al convenio 98”.

El vicepresidente de la CIU, Gabriel Murara, dijo a El Observador que al momento de la elaboración e instrumentación de la ley de negociación colectiva, las cámaras empresariales le transmitieron al gobierno que no era correcta. “No se avenía a lo que decía el convenio 98, que es uno de los ocho convenios fundamentales de la OIT. Pero a pesar de eso se aprobó la ley con la mayoría parlamentaria que el gobierno tenía en el Parlamento”, indicó.

Murara mostró su conformidad con el proyecto modificativo. “Realmente estamos contentos porque se solucionaron la mayoría de los puntos”, comentó.

Más allá de valorar los avances sostuvo que se debe cumplir con el convenio 98 en su totalidad. “Si de los 190 convenios que Uruguay tiene con la OIT vamos a elegir los que nos sirven o no nos sirven, entonces no firmemos ninguno”, señaló. Y precisamente por no cumplir con el 98 es que los empleadores mantendrán la queja ante la OIT.

Murara señaló que el incumplimiento del gobierno para solucionar la observación de convenio 98 hizo que el tema cobrara fuerza en el organismo internacional. “Empezó a tallar fuerte tanto en la OIT como en la OIE; se tomó como un caballito de batalla”, afirmó.

Mencionó que las cámaras realizarán un informe positivo sobre el proyecto de ley modificativo que será enviado a la OIT. “Pero mientras no se corrija lo que falta el reclamo de las cámaras está vigente”, expresó.

La próxima conferencia anual de la OIT se realizará entre el 5 y el 16 de junio en Suiza.

El gobierno presentará el proyecto como una señal de avance ante los pedidos del organismo internacional. Y con ello seguramente Uruguay no estará nuevamente incluido en la “lista corta” o “lista negra”.    

 

 

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