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Juicios abreviados, una polémica que persiste

El mecanismo que prevé acuerdos entre fiscales y delincuentes generó un rechazo casi generalizado
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20 de diciembre de 2018 a las 05:04

El juicio abreviado, mediante el cual un delincuente puede recibir una condena reducida a cambio de admitir su responsabilidad en un delito, o la suspensión condicional del proceso, que permite que una persona que cometió un ilícito pueda quedar sin antecedentes si cumple con una serie de exigencias, son dos innovaciones introducidas por el nuevo Código del Proceso Penal que permitieron reducir los tiempos de la Justicia. Sin embargo, acuerdos como el que llevó a que se suspenda la sanción contra un hombre que participó de actos vandálicos en una marcha contra el G20 mientras este estuviera de vacaciones, o el caso de un hombre al que se le fijó una medida de alejamiento contra el cajero automático que intentó hurtar, reavivaron la polémica en torno a esta nueva forma de resolver conflictos. 

A estos casos se le suma el fallo de la Justicia de Pando  que la pasada semana condenó a un hombre de 26 años que había violado a una mujer y obligado a practicarle sexo oral a otra, a dos años de prisión y uno de libertad vigilado. En este caso la solución aplicada fue la del juicio abreviado, la que le permitió al delincuente obtener una importante reducción de pena tras asumir su responsabilidad en el ilícito. 

¿Falló el nuevo sistema penal por la forma en la que persiguió estos delitos?

En el caso del hombre que participó de la marcha contra el G20, el fiscal del caso, Fernando Romano, reconoció su error: "Me equivoqué en la evaluación del acuerdo con el abogado defensor".  En este caso lo que se aplicó fue la suspensión condicional del proceso, por lo que si cumple con lo acordado acabará sin ningún antecedente en su contra.  

Esta solución que se aplica únicamente cuando la pena mínima prevista para el delito no supere los tres años de cárcel –y no se encuentre cumpliendo otra condición de una suspensión condicional del proceso anterior-, se aplicó en el 22,4% de los casos que se judicializaron durante el primer año del nuevo Código. 
Romano señaló que fue la “locura” y “trascendencia” del caso, sumado al cansancio de las nueve horas trabajadas, lo que lo llevó a cometer el error. 

La sobrecarga de trabajo fue uno de los puntos señalados por la Asociación de Fiscales desde que se puso en marcha el nuevo código. La anterior presidenta del gremio, Brenda Puppo, había dicho al programa Así Nos Va de radio Carve en junio de este año  que el juicio abreviado es una “solución”. “Queremos evitar los juicios orales porque es un trastorno impresionante la búsqueda de evidencia”, había señalado. 

Una fuente de fiscalía dijo a El Observador, que esta sobrecarga de trabajo continúa obligando a los fiscales a dar una solución más rápida en delitos menos graves, lo que en ocasiones lleva a reducir la pena más de lo deseado o a aceptar requerimientos como el que terminó aceptando Romano para que los defensores rápidamente acepten el acuerdo. 

Estos juicios abreviados solo aplican para delitos cuya pena mínima sea de seis años, y la reducción nunca puede ser menor a un tercio de la pena que correspondería si la persona fuera a un juicio oral. Sin embargo, a fines de agosto, y ante la reiteración de acuerdos entre las partes en los que hombres acusados de graves delitos sexuales salían favorecidos –como el caso de un hombre que violó dos veces a su pareja y no fue a prisión porque acordó con la fiscal una pena de tres años de libertad vigilada–, Díaz emitió una instrucción en la que se restringió la posibilidad de estos pactos en este tipo de crímenes.

Desde entonces los fiscales no pueden arreglar una pena que sea inferior a la mínima establecida en el Código Penal, y para los delitos de violación o abuso sexual  sí o sí deben fijar prisión”. 

La presidenta actual de la Asociación de Fiscales, Mirta Morales, (quien asumió este lunes) negó que los fiscales elijan hacer juicios abreviados porque están sobrecargados de trabajo, y por el contrario señaló que se trata de una alternativa que los fiscales toman por estrategia. 

Por ejemplo en el caso del hombre que fue denunciado por dos mujeres –una por violación y otra por haber sido forzada a que le practique sexo oral-, la fiscal del caso, Alicia Ghione, argumentó que llegó a esa resolución porque no pudo probarse el delito en pericias médicas que se realizaron a las víctimas, al tiempo que tampoco había pruebas de que habían sido llevadas hacia el hombre contra su voluntad, porque ambas habían acordado encontrarse con él. 

La evidencia en torno al caso fue la lesión en la rodilla de una de las mujeres, la filmación de una estación de servicio que concordaba con el relato de las víctimas y el sistema de rastreo de celular del Ministerio del Interior. 

Ante el riesgo de llevar al caso a juicio oral, donde la exigencia probatoria es mayor, y no lograr ni un día de pena en contra del acusado, la fiscal resolvió pedir una pena que puede parecer menor, pero que se ajusta a los mínimos requeridos para estos delitos. 

Sucede que el juicio abreviado suele ser utilizado por la fiscalía cuando la prueba no es lo suficientemente fuerte para asegurar una víctima del Ministerio Público en un Juicio. Se entiende en estos casos que una reducción de pena es mejor que ninguna pena, que es lo que ocurriría si un juez entiende que el acusado es inocente por falta de elementos en su contra. 

Para Morales “hay una muy mala publicidad del proceso abreviado”, y comparó con lo que ocurría con el código anterior: “Antes no sabíamos cuál era la condena final, la noticia terminaba con el procesamiento con prisión (…) Puede que ahora hayan errores, pero la diferencia es que antes no se conocían, pero ahora el sistema permite que se vean y que sean controlados” concluyó. 

Menos clara es la situación detrás del cajero con orden de restricción. El este caso, el joven de 28 años golpeó el cajero con un fierro después de verse imposibilitado para sacar dinero. E hombre no tenía antecedentes penales, y además de no poder acercarse a menos de cinco cuadras del lugar, el imputado deberá fijar domicilio y firmar una vez por semana en la seccional de su barrio, aparte de realizar tareas comunitarias durante cuatro horas semanales en un plazo de seis meses. 

Sin embargo, a pesar de la restricción que le impide acercarse a ese cajero en particular, nada impide que pueda utilizar otra terminal de extracción de dinero. 

 

Reducción de tiempos
El nuevo código contribuyó a reducir el tiempo de los procesos judiciales hasta tanto se obtiene una condena o absolución. Con el sistema penal anterior en Montevideo pasaban en promedio 390 días entre que se procesaba a alguien y se lo condenaba, y hasta 609 días en el interior; pero con el nuevo CPP esa cifra se redujo hasta los 12,6 días en promedio. En el 82,4% de los casos, los fiscales tomaron alguna alternativa que permitió reducir los tiempos de la justicia, como la reparación, el juicio abreviado o la suspensión condicional de la pena. 
 

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