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La Corte Constitucional de Ecuador ratificó la disolución de la Asamblea Nacional

Con esa decisión queda en firme la decisión del presidente Guillermo Lasso que abre la puerta a la celebración anticipada de elecciones generales
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19 de mayo de 2023 a las 10:19

Los tribunales que conforman la Sala de Admisión de la Corte Constitucional de Ecuador (CC) decidieron por unanimidad rechazar las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto Ejecutivo No. 741 de 17 de mayo del 2023 con el cual el presidente de la República, Guillermo Lasso, dispuso disolver la Asamblea Nacional en aplicación del artículo 148 de la Constitución.

Como consecuencia de este fallo, los magistrados también desestimaron los pedidos de que la Corte adopte medidas cautelares con el fin de suspender provisionalmente los efectos del Decreto impugnado.

Con ello, queda en firme la decisión de Lasso anunciada el miércoles y que abre la puerta a la celebración anticipada de elecciones generales para completar el periodo de cuatro años.

 La Corte Constitucional argumentó que no tiene competencia para pronunciarse respecto de la verificación y motivación de la causal de grave crisis política y conmoción interna invocada por el presidente para disolver la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 148 de la Constitución, y tampoco la tiene ninguna otra autoridad judicial en el país.

 “De esta manera, la Corte Constitucional cumple con emitir pronunciamientos oportunos en atención al momento por el que atraviesa el país”, resaltó la Corte en un comunicado emitido en la noche de este jueves.

El mandatario, quien asumió el cargo en mayo de 2021, celebró a través de su cuenta de Twitter. "Este Tribunal ratifica mi decisión apegada a la Constitución de la República", escribió.

El jurista Fabián Corral publicó un escrito en el que refiere que el artículo 148 de la Constitución (disolución de la Asamblea como potestad presidencial), contiene dos clases de causales, la primera que requiere dictamen previo de la Corte, esto es, la arrogación de funciones de la Asamblea Nacional.

Y la segunda, las que están a discrecionalidad del jefe de Estado y que no requiere autorización de la Corte:obstrucción reiterada e injustificada de la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, grave crisis política y conmoción interna. En estas dos últimas, la facultad presidencial es potestativa, ya que la Constitución atribuye el poder de decisión al presidente, y el texto señala que debe actuar “a su juicio”.

Corral señala que esta expresión significa que la norma deja a criterio del presidente de la República la apreciación, la oportunidad y la aplicación de las causales.

Según Corral, la redacción de este texto constitucional responde a la naturaleza híper presidencialista del sistema que implantó la Constitución de 2008. “No existe una norma parecida en los textos constitucionales anteriores”, dijo.

Las demandas de inconstitucionalidad que fueron planteadas al decreto ejecutivo 741 fueron presentadas por prácticamente todo el arco opositor al gobierno, el Partido Social Cristiano, la Izquierda Democrática, el movimiento campesino Pachakutik, el presidente de la disuelta Asamblea, Vicente Saquicela, las federaciones sindicales y estudiantiles y el abogado Jorge Sosa.

Con la decisión de los jueces de la Corte también quedó ratificado el decreto presidencial que dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar a elecciones anticipadas para elegir presidente y vicepresidente de la República, y 137 asambleístas.

De hecho, la noche de este jueves, casi simultáneamente con el pronunciamiento de los jueces de la CC, el pleno del CNE aprobó por unanimidad el inicio del periodo electoral para las elecciones anticipadas presidenciales y legislativas 2023, en cumplimiento del Decreto Ejecutivo 741.

Asimismo, se dispuso la notificación de la resolución adoptada por el Pleno del CNE a la Corte Constitucional, a las cuatro Funciones del Estado, Ministerio de Economía, Contraloría General del Estado, Tribunal Contencioso Electoral, y Servicio Nacional de Contratación Pública.

El organismo electoral, además, aprobó la planificación, agenda y convocatoria del Primer Consejo Consultivo para las elecciones en la que participarán organizaciones políticas de ámbito nacional. Esta se llevará a cabo el próximo martes 23 de mayo a las 09:00 en la sede matriz del CNE.

El domingo 20 de agosto es el día establecido para que los ecuatorianos acudan nuevamente a las urnas. Para estas elecciones, el CNE prevé usar el mismo padrón de las elecciones seccionales del 5 de febrero al que fueron convocados a sufragar 13,45 millones de ecuatorianos.

(Con información de agencias)

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