El director de los Medios Públicos, Gerardo Sotelo, no considera que la Ley de Medios aplique en el caso del partido Uruguay-Perú

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Canal 5 evalúa no pasar el partido Uruguay-Perú a pesar de que la ley lo habilita

La ley de medios obliga al dueño de los derechos a cederlos en este tipo de instancias
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16 de marzo de 2022 a las 13:20

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) evalúa este miércoles si habilitará a los canales privados a transmitir el partido de fútbol entre Uruguay y Perú del próximo jueves 24.

Los derechos de transmisión de los partidos de la selección pertenecen a la empresa Tenfield, pero de acuerdo con la ley de medios actual los eventos que involucren "instancias clasificatorias" de la selección uruguaya para torneos internacionales deberán ser emitidos "a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto, en directo, en simultáneo y de manera gratuita".

En el caso de que los canales privados no lo transmitan, "el titular de los derechos (en este caso Tenfield) deberá autorizar al Sistema Público de Radio y Televisión Nacional la retransmisión del evento en forma gratuita", dice el artículo 40.

Si Uruguay le gana a Perú y Chile no le gana a Brasil, la selección se clasifica de modo directo al mundial de Catar 2022 a falta de una fecha. 

Sin embargo, el director del Servicio de Comunicación Audiovisual Nacional (Secan), Gerardo Sotelo, le dijo a El Observador que Canal 5 en principio no lo pasará. Los abogados del organismo entendieron que "en principio no correspondía", ya que del encuentro a disputarse el jueves 24, no depende directamente la clasificación; Uruguay debe ganarle a Perú y esperar a que en el encuentro simultáneo Chile no le gane a Brasil. 

Esto a pesar de lo que reglamentó el gobierno de Tabaré Vázquez en 2019 con el decreto 160/019. Su artículo 31 expresa que deberán ser emitidos "todos los partidos cuyo resultado pueda determinar directamente la clasificación o eliminación de la selección nacional del torneo internacional en cuestión". Y aún más: "Si el partido se disputase coincidiendo total o parcialmente con otro partido que influya en la clasificación o eliminación señalada, igualmente deberá ser emitido por el servicio de televisión abierto en directo y simultáneo". 

Sotelo aclaró que en el caso de que Uruguay no clasifique durante la fecha que lo enfrenta a Perú, Canal 5 sí pasaría el último partido de los dirigidos por Diego Alonso, el martes 29 con Chile.

Minutos después de publicada la noticia Sotelo informó por Twitter que la decisión aún no estaba tomada y que este miércoles iba a volver a hablarlo con los abogados del canal.

La reglamentación

En la Ley 19.307, promulgada en diciembre de 2014, los artículos 38, 39 y 40 conforman el Capítulo IV: Derecho al acceso a eventos de interés general, dentro del Título IV: Derechos de las personas.

El artículo 38 afirma que "el derecho a la información incluye el derecho del público a acceder a la recepción a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto, en directo, en simultáneo y de manera gratuita, de determinados eventos de interés general para la sociedad".

Por su parte, el artículo 39 explica que los eventos de interés general son "eventos que involucren actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos". 

Finalmente, el artículo 40 refiere a que si "ningún titular de servicios de radiodifusión de televisión abierta estuviera interesado en adquirir los derechos de emisión o retransmisión, el titular de los derechos deberá autorizar al Sistema Público de Radio y Televisión Nacional la retransmisión del evento en forma gratuita". 

Casi cinco años después, en 2019, el decreto 160/019 reglamentó la ley y aclaró algunos puntos.

Las "actividades oficiales" son las organizadas por la "Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), la Confederación Sudamericana de Fútbol (CSF), la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) y su filial FIBA Américas, el Comité Olímpico Internacional (COI), el Comité Paralímpico Internacional (CPI) y la Organización Deportiva Panamericana (Odepa)", señala el artículo 29 del decreto.

El artículo 30 de la reglamentación refiere a qué eventos califican como "instancias definitorias": La "final y semifinal", si el torneo tiene ese esquema o, si no, "los dos últimos partidos de la serie, siempre que la selección nacional mantenga chance matemática de hacerse con el título del torneo".

Respecto a las instancias clasificatorias, el artículo 31 del decreto las define como: "todos los partidos cuyo resultado pueda determinar directamente la clasificación o eliminación de la selección nacional del torneo internacional en cuestión". Y añade que "si el partido se disputase coincidiendo total o parcialmente con otro partido que influya en la clasificación o eliminación señalada, igualmente deberá ser emitido por el servicio de televisión abierto en directo y simultáneo". 

*Aclaración: Esta nota fue modificada porque en la versión anterior daba por seguro que Canal 5 no iba a transmitir el partido cuando Sotelo dijo que "en principio" no lo iba a pasar. A los lectores y a los involucrados, las disculpas del caso

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