La sanción que recibió Peñarol por los incidentes generados en el quinto juego contra Malvín en los cuartos de final de la Liga Uruguaya de Básquetbol, puede traerle consecuencias nefastas para la semifinal que disputa contra Aguada y que se abrió el lunes con un contundente triunfo para el aurinegro en cifras de 92-59.
Según el artículo artículo 92.1 del Código Disciplinario Deportivo de la Federación Uruguaya de Basketball (FUBB), si una institución sancionada participa en una serie de playoff, la sanción "implica la pérdida de la serie en disputa".
Pérdida de puntos.- 92.1.- La pérdida de puntos importará el descuento de los obtenidos. Cuando que no fuera posible, por cualquier circunstancia, la detracción se realizará en los futuros puntos en disputa, aún del próximo Torneo, hasta alcanzar la sanción impuesta. Esto ocurrirá, ya se produzca por finalización del campeonato, o aun cuando el mismo se inicie.
En caso de participar la Institución sancionada en series eliminatorias –Play Off, o la denominación que al efecto adopte cada Consejo– la sanción de este artículo implica la pérdida de la serie en disputa. Los puntos perdidos no se adjudican a ningún adversario.
El hecho punible que implique la pérdida de puntos tendrá una pena de uno a siete puntos de descuento.
92.2.- Si por aplicación de la pena de pérdida de puntos, el club sancionado pierde la categoría, al incorporarse en la próxima temporada a la Divisional correspondiente, se computará como redimida la pena.
92.3.- En el caso que la Institución sancionada compita en una Divisional donde no sea posible el descenso de categoría, la pérdida de los puntos restantes se cumplirá en la Temporada siguiente.
¿A partir de qué fecha es eficaz un fallo? A partir de la hora 12.00 del día siguiente al que fue dictado. Así lo dice el artículo 43 del mismo cuerpo normativo:
Artículo 43.- Eficacia de los fallos.- El fallo tendrá eficacia desde la hora 12:00 hora del día siguiente a su notificación. El mismo será entregado a la Secretaría Administrativa de la FUBB, la que notificará a las partes interesadas, en la forma prevista por el artículo 24.
¿Puede Peñarol apelar el fallo? No puede, porque las apelaciones de las decisiones del Tribunal de Penas, el que dictó el fallo, están reguladas en el artículo 46 y solo proceden para los casos de "desafiliación, pérdida de categoría y expulsión".
El fallo que recibió Peñarol generó un profundo malestar en la institución aurinegra.
El partido ante Malvín se suspendió a falta de cuatro segundos del final porque particulares invadieron la cancha y los árbitros del encuentro se retiraron cuando pretendían revisar una incidencia en el monitor (supuesta provocación del estadounidense de Peñarol. John Flowers, y posterior reacción de su rival Nicola Pomoli) luego de que uno de ellos, Alejandro Sánchez Varela, tuviera una durísima discusión con el presidente playero, Sergio Somma.
Sin embargo, el fallo dijo al respecto: "El Sr. Sergio Somma no impidió acceso al monitor sino que su actitud fue la de colaborar separando a los jugadores que estaban exaltados".
Malvín fue castigado con un punto mientras que Peñarol recibió dos puntos de sanción y un cierre de seis fechas de su cancha. ¿La razón? Las agresiones que algunos hinchas realizaron cuando se retiraba el plantel playero al escupir y tirarles una botella de plástico.
La dirigencia está en permanente contacto con sus abogados y a la expectativa de lo que pueda suceder.
El consejo de neutrales de la FUBB se reunirá para analizar el tema desde la hora 18.00 en su sede de la calle Canelones.
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