Con el 100% de los votos escrutados por la Corte Electoral el candidato del Partido Nacional, Luis Lacalle Pou, aventaja por 28.666 votos al oficialista Daniel Martínez.
Esta situación implica que ante los 35.229 votos observados que aún no han sido considerados en el escrutinio final, la Corte Electoral aún no haya oficializado los resultados, aunque la tendencia es muy difícil de revertir. Del total de observados, 7.681 corresponden a Montevideo, 2.788 a Canelones y el resto se divide en los demás departamentos del interior del país.
Los votos observados son los de aquellos ciudadanos que en la elección están impedidos de votar en el circuito electoral que les corresponde por la serie y número de su credencial, por razones directamente asociadas a su función durante la jornada como funcionarios públicos.
En líneas generales, la mayoría de estos votos pertenece a los funcionarios que se desempeñaron como integrantes de la mesas de votación, funcionarios de la Corte Electoral o bien los que oficiaron como custodios de las urnas. En el último caso se trata de personal militar. Otro posible caso, se da cuando la Comisión Receptora de Votos no puede garantizar la identidad del votante y en ese caso se toma el voto como observado.
Aquellas personas que se encuentran registradas para votar en un departamento y residen en otro, no pueden votar de forma observada. Lo mismo ocurre con los circuitos de votación.
El voto observado por identidad se da cuando una persona quiere votar sin mostrar su credencial, y diciendo su serie y número, pero la mesa receptora no lo encuentra en el padrón. El voto se ejecuta como observado por identidad y la persona tendrá que dejar un formulario con sus huellas dactilares.
Otro tipo de voto observado es cuando una persona muestra su credencial y corresponde al circuito al cual se presenta, pero la hoja no se encuentra en el legajo o en el padrón. En este caso, deberá luego de votar dejar su credencial para que la Corte Electoral ajuste su correcto registro.
Según la gaceta informativa que la corte publicó para las elecciones de octubre, los extranjeros no ciudadanos que estaban inscritos en el Registro Cívico Nacional y estaban comprendidos en el artículo 78 de la Constitución podían votar la elección (no así la reforma constitucional) bajo la modalidad de voto observado.
El comunicado también señalaba en esa oportunidad que "las personas que se encuentren en situación de discapacidad motriz podrán sufragar, exhibiendo su credencial, tratándose de circuitos urbanos, ante el primer circuito de cada serie electoral vigente que corresponda al votante, siempre y cuando les correspondiera votar en un local o ante una Comisión Receptora de Votos que no cuentan con condiciones de accesibilidad. El voto será observado simple. El elector deberá firmar la hoja de identificación como declaración jurada que da cuenta de la situación que lo afecta".
Según los datos consignados por El Observador, para que el candidato frenteamplista Daniel Martínez dé vuelta el resultado, necesitaría que el 91 % de los votos observados fueran a favor de su candidatura, lo que según han expresado diferentes actores políticos y analistas implicaría un escenario muy improbable, dado que en general las tendencias de los votos observados van en línea con la votación general.
En las elecciones generales del 27 de octubre el 27% de los votos observados fueron para el Frente Amplio, el 30% para el Partido Nacional, el 13% para el Partido Colorado y el 22,6% para Cabildo Abierto.
En tanto, de los 56.619 votos anulados que hubo en el balotaje de este domingo, los ministros de la Corte Electoral deberán analizar solo aquellos que fueron recurridos por los delegados de los partidos en las mesas de votación. Según declaró a No Toquen Nada de Fm del Sol el presidente de la Corte Electoral, José Arocena, la cantidad de votos a rever sobre esta situación son como mucho unos 1.000. En octubre los mal anulados fueron 1.700 votos.
Desde el organismo sostuvieron que entre jueves y viernes estará el escrutinio final.
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