El Tribunal de Apelaciones de Familia declaró este jueves "falto de objeto" el recurso de amparo que había interpuesto la expareja de la mujer a la que un
fallo judicial le había impedido abortar. Según informó
El País, la decisión fue tomada por mayoría luego de que la joven perdiera el
embarazo de forma espontánea.
El recurso había sido aceptado por la jueza Pura Book de la ciudad de Mercedes (Soriano), que falló a favor del hombre e impidió el
aborto. No obstante, el Tribunal de Apleaciones consideró que "el interés movilizado por el amparista resulta pues (...) una hipótesis de objeto imposible", ya que el embrión murió en la décima semana de gestación.
La expareja de la mujer había interpuesto el recurso para amparar la vida del feto. Sin embargo, los ministros consideraron que, luego de que la joven perdiera el embarazo, "su satisfacción resulta actualmente -por la vía de los hechos- como se dijo, imposible, merced de un hecho irreversible".
En tanto, la jueza Book recibió críticas por parte del Tribunal de Apelaciones. La magistrada María del Carmen Díaz señaló que "no corresponde designar un defensor de oficio para el concebido", ya que la jueza de la ciudad de Mercedes le había otorgado una abogada al feto, porque "para nuestro derecho (el embrión) no es sujeto de derecho, al no ser considerado persona (en el sentido jurídico de la palabra)".
Asimismo, Díaz afirmó que "existe una valoración errada de la prueba", porque surgieron "apreciaciones personales" de Book. La magistrada sostuvo además que a diferencia de lo que estableció Book en la sentencia, la mutualista cumplió "los requisitos exigidos por la ley para la atención de su usuaria".