28 de julio 2024 - 5:00hs

En la última newsletter Enclave me referí a aspectos políticos y jurídicos del desastre que venía ocurriendo en el departamento de Artigas y de cómo el Partido Nacional se durmió en los laureles para procesar un tema que le resultaba incómodo y luego le faltó firmeza para rematarlo. Presionado por la magnitud que cobró el caso, el intendente Pablo Caram finalmente renunció a la intendencia y al partido, luego de que la Corte Electoral, también presionada, lo inhabilitara, al igual que a Valentina Dos Santos que no pudo asumir en el cargo, como tenía previsto.

Esta semana me enfocaré en las penas y los delitos, otro de los aspectos del caso que ha sido tema de conversación. Muchos de ustedes me escribieron indignados por el hecho de que estos personajes no fueran a pasar ni un día en prisión mientras una mujer que es detenida ingresando diez gramos de droga a la cárcel puede pasar años entre rejas. ¿Por qué se dan esas diferencias en las penas? ¿Por qué los corruptos nunca van a la cárcel? ¿Cuánto incide en esa realidad los acuerdos con la Fiscalía y los juicios abreviados?

Unos van a la cárcel, otros no

Las penas de la mayoría de los delitos han venido aumentando en los últimos treinta años con el resultado nefasto de cárceles llenas de jóvenes, sin ningún tipo de rehabilitación. Las cárceles han sido universidades del crimen (lo decía el ministro del Interior, Eduardo Bonomi) que nos han devuelto especialistas en delinquir.

Los que engrosan la población carcelaria son varones, pobres, sin educación, y sin posibilidades de cortar con el espiral violento en el que han crecido: los rapiñeros, los ladrones, los de la escala más baja de las redes de narcotráfico, y en menor medida algún cabecilla de esas bandas.

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Los políticos, los funcionarios públicos que cometen delitos de corrupción y pueden pagar a un penalista de peso cifras de varios miles dólares para que los defienda, no van a la cárcel.

Eso se explica en parte por el tipo de delito. Los delitos “contra la administración pública” (coimas, soborno, abuso de funciones, peculado, fraude, revelacion de secretos, conjunción del interés personal con el del público, tráfico de influencias, entres otros) tienen penas mínimas de prisión y por lo tanto son excarcelables, lo que implica de por sí que el imputado pueda esperar el juicio en libertad. Estos delitos suelen tener como penas accesorias inhabilitación para los cargos públicos (de dos a seis años) y multa.

¿Está mal que quiénes cometen ese tipo de delitos no vayan a la cárcel? El proceso penal de 2017 buscó dar más garantías y que la prisión fuera la excepción y no la regla (que sólo fuera a la cárcel el que pone en peligro a otros o el que pone en riesgo la investigación) y está bien que así sea porque las cárceles no dan para más. Urge buscar mecanismos para desagotarlas.

Tema aparte fue lo que pasó en Uruguay con los acuerdos con Fiscalía a los que puede llegar un imputado para cerrar el proceso en el llamado juicio abreviado.

El mecanismo, creado por esa ley que modificó el proceso penal, lleva a que el imputado pueda acordar tras una negociación que se da entre su defensor y el fiscal del caso una pena menor para que su situación se resuelva antes y se cierre definitivamente luego de que cumpla la condena. A cambio, tendrá que declararse culpable y aceptar las condiciones que se le impongan para cumplir la pena.

En un sistema judicial como el uruguayo, con escasos recursos humanos y materiales, se convirtió en prácticamente la única salida para los juicios -en promedio 9 de cada 10 casos se cierran por ese tipo de proceso mientras que los juicios orales y públicos se realizan en 0,4% de los casos, según datos de 2021- y eso ha traído problemas según lo vienen planteando desde la academia. Como contrapartida, el porcentaje de detenidos sin condena se redujo de 70% a 9% entre 2017 y 2022.

Uno de los problemas que se señala es que los fiscales no saben litigar porque nunca van a juicio y que los jueces tienen bastante poco trabajo.

El director del Instituto de Derecho Penal, Germán Aller, dice que el juez es un “firmador compulsivo” porque lo único que hace es validar acuerdos. Si bien comparte la idea de que deba existir un proceso rápido, entiende que debe ser para casos extraordinarios como, por ejemplo, un caso en el que no haya más personas involucradas "y que se cierre ahí”, como puede ser un accidente de tránsito. En opinión del profesor se cambió ´eficiencia´ (cerrar casos antes) por un sistema deficitario en garantías.

El diputado colorado Gustavo Zubía, que fue fiscal y es otro detractor de ese mecanismo, presentó este miércoles un proyecto de ley en el que propone que quienes cometan delitos de corrupción no puedan acogerse al beneficio del juicio abreviado. “En este caso hubo US$8 millones en horas extras y cero día de prisión”, dice para justificar su propuesta cortando grueso ya que el único caso por el que hasta ahora hay condenas es el de la pareja del primo del intendente Stefany Severo, quien cobró $1 millón de horas extras que no trabajó.

Zubía ha sido señalado por "oportunista" pero se defiende al señalar que el caso Artigas sirve para plantear un tema que hace tiempo requiere cambios ya que considera el juicio abreviado un “proceso de oscuridad” en el que “nadie sabe ni queda constancia de lo que pasa en esa negociación con el fiscal”.

Aller es de los que opina que no hay que “legislar por calentura” y plantea que en casos de cargos electos (como el del intendente y la diputada) la solución tiene que venir por el lado administrativo. "El mejor castigo es la desaparición de la escena y no el de buscar medidas aleccionadoras, producto de marketing por medio de mayor punitividad", cierra ante mi consulta.

Es cierto que no se solucionará la corrupción mandando presos a todos los corruptos. El problema está en que la actuación de los organismos de contralor tampoco ha sido efectiva por lenta, ineficiente u omisa. Y menciono tres ejemplos:

  • El Tribunal de Cuentas de la República (TCR) realizó una auditoria a pedido de la Junta Departamental de Artigas sobre las horas extras en la intendencia. La terminó recién esta semana después de que la Fiscalía condenó a los imputados. Hubiera sido muy útil seguramente para el fiscal contar con ese insumo.
  • La Junta de Transparencia y Ética Pública ha sido más bien un florero en esta administración. En este caso debió actuar desde el principio y pronunciarse claramente sobre lo que pasaba en la Intendencia de Artigas, ya que tiene entre sus cometidos "obtener y sistematizar todas las pruebas documentales que de existir fueran necesarias para el esclarecimiento de las denuncias" sobre hechos de corrupción y actuar como órgano de control superior para prevenir, detectar, sancionar prácticas corruptas". Este jueves la Jutep decidió aplazar un pronunciamiento sobre el caso Artigas, así como sobre una denuncia por compras dudosas en la Intendencia de Florida.
  • La Corte Electoral fue el organismo encargado de inhabilitar a Caram y De los Santos, medida con la cual se vieron obligados a renunciar. Pero la Corte tomó esa decisión ante la enorme presión que generó el tema en la opinión pública. En la interna había voces que planteaban que no había que inhabilitarlos porque no habían ido presos.

¿Habrá más imputados en Artigas?

¿Cómo seguirá la investigación penal en Artigas? ¿Qué más se puede esperar?

Desde que se conocieron las condenas en Artigas he intentado saber si el fiscal del caso tiene previsto indagar a otros funcionarios y si iniciará una investigación por lavado de activos. Este jueves desde la Fiscalía se me informó que el fiscal Federico Rodríguez aun no resolvió si seguirá investigando. En la Secretaría Antilavado me dijeron que ya analizaron el tema y están expectantes sobre si se les pide colaboración.

Valentina Dos Santos y Pablo Caram.jpg

Tres de las cuatro condenas que resolvió la Justicia hasta el momento guardan relación con el caso de Severo, como te dije, pero en la denuncia que presentó el edil colorado Daniel Argañaraz, figuran tres casos más. El más burdo es el del funcionario Nelson Rolon, quien cobró horas extras incluso cuando estuvo un mes sin ir a la intendencia entre el 11 de junio y el 10 de julio de 2022, y además la directora de su oficina Yessica Vasconcellos era su pareja y quien pasaba las horas extras para su posterior cobro.

Se espera además que en las próximas horas el fiscal reciba la auditoría del Tribunal de Cuentas que se supone le aportará nuevos elementos sobre el pago de las horas extras en la intendencia.

En el caso de Caram y Dos Santos, no podrán ser juzgados nuevamente por los mismos hechos por los que se los condenó pero sí podrían serlo por otros hechos y otros delitos.

Sin duda fue mérirto del fiscal lograr la condena del intendente y su sobrina y sucesora por el poder que ostentan en ese departamento. Pero ojalá, pese a los pocos recursos con los que cuenta para atender numerosas denuncias, no se quede en un casito de horas extras de una funcionaria y se vaya a fondo.

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Corrupción intendencia de artigas Aumento de penas

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