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30 de enero 2026 - 5:00hs

Según la información oficial, el organismo pagó partidas de enfermedad por $ 13.658 millones, con una suba interanual de 17,4%. La cantidad equivale a US$ 349,8 millones al tipo de cambio de cierre de año. En diciembre se dispuso la mayor cifra ($ 1.247 millones).

El promedio mensual de personas que accedieron al subsidio fue de 49.041. En el último mes del año hubo 53.761 con un incremento interanual de 13,3%. El mes con mayor cantidad de registrados fue junio con 60.098 personas.

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En el cierre del año, Montevideo tuvo 23.719 beneficiarios y fue el departamento con mayor cantidad. Luego se ubicaron Canelones con 11.201, Maldonado con 3.329 y San José con 2.344.

En sentido opuesto, Flores tuvo la menor cantidad con 225 registrados, seguido por Treinta y Tres con 422 y Lavalleja con 666.

En el desglose por sexo, hubo más cantidad de mujeres en el subsidio que hombres. El total de trabajadoras en diciembre fue de 33.361, lo que representó el 62% del total. Los 20.400 beneficiarios restantes fueron hombres con el 28% del total.

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Banco de Previsión Social (BPS)
Banco de Previsión Social (BPS)

Además, el 95% de las enfermedades fueron patologías no vinculadas al covid-19 y el 5% restantes a otras indirectas al virus.

La franja etaria con mayor cantidad de beneficiarios fue la de entre 30 a 30 años con 13.929 personas. Luego estuvo la de entre 40 a 49 años con 12.624.

Cuánto se cobra y cómo se accede a los subsidios

Según informa el BPS, los beneficiarios del subsidio perciben el equivalente al 70% de todos sus ingresos que constituyan materia gravada (no se computa el aguinaldo), con un tope de $ 67.754. Esta cifra fue actualizada este mes, ya que hasta diciembre del año pasado era de $ 64.911. El beneficio se calcula en base al promedio del total percibido en los 180 días anteriores al último día del mes anterior al de la enfermedad o el accidente.

El trabajador podrá estar certificado hasta un año, con uno más de prórroga si la certificación es consecutiva o hasta cuatro años interrumpidos por la misma enfermedad.

El organismo explica que pueden acceder al beneficio los jornaleros o destajistas con 75 jornadas efectivas trabajadas en el año anterior y los trabajadores mensuales que hayan tenido 3 meses de actividad efectiva en el año inmediato a la enfermedad. También los titulares de empresas unipersonales o monotributistas que estén al día con los aportes y hayan cotizado durante tres meses de actividad en el año anterior a la enfermedad.

Por último informa que las embarazadas tienen derecho al cobro del subsidio aunque no lleguen a cotizar los mínimos de jornales establecidos.

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