3 de octubre 2025 - 12:52hs

El Tribunal Supremo (TS) juzgará entre el 3 y el 13 de noviembre al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la presunta filtración contra Alberto González Amador --el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso--, admitiendo las declaraciones como testigos del jefe de gabinete de la líder regional, Miguel Ángel Rodríguez, y del que fuera jefe de los socialistas madrileños Juan Lobato, entre otras 40 personas.

Así lo ha acordado el tribunal que juzgará a García Ortiz por un presunto delito de revelación de secretos contra González Amador por, supuestamente, filtrara a la Cadena SER la noche del 13 de marzo de 2024 el correo electrónico que el abogado del empresario, Carlos Neira, envió a la Fiscalía el 2 de febrero de ese año ofreciendo que su cliente reconociera los delitos fiscales por los que estaba investigado, y por los que finalmente será juzgado, a cambio de llegar a un acuerdo.

Los siete magistrados, de mayoría conservadora, han decidido que, además de Rodríguez y Lobato, declarán como testigos el ex secretario de Estado de Comunicación Francesc Vallés y la ex asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera.

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Respuesta de la Fiscalía

La Inspección de la Fiscalía General del Estado (FGE) ha contestado al magistrado del Tribunal Supremo (TS), Ángel Hurtado, que "carece de competencia" para suspender en el cargo a Álvaro García Ortiz por el juicio al que se enfrentará entre el 3 y el 13 de noviembre por la presunta filtración contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

El 'número dos' de la Inspección Fiscal, Javier Rufino Rus, comunica a Hurtado que "no existe en esta unidad expediente incoado respecto del fiscal general del Estado, dado que la Inspección Fiscal carece de competencia para su tramitación en los términos a (los) que alude" en la resolución donde acordó enviar a juicio a García Ortiz.

Se refiere, en concreto, al párrafo donde Hurtado explicó que, aunque "no ha lugar a la suspensión provisional interesada" por la acusación popular que ejerce la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), la cuestión debía remitirse a la Inspección Fiscal de la FGE "para que, en su caso, resuelva lo que proceda", pidiendo ser informado al respecto.

En su resolución, el propio Hurtado dijo que había un "vacío legal" que le impedía suspender en el cargo a García Ortiz porque la norma que regula la suspensión de los fiscales, el artículo 145.1 del Reglamento Orgánico del Ministerio Fiscal, no prevé que deba aplicarse al jefe del Ministerio Público.

Dicho precepto establece que "la persona titular de la FGE podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad, previa audiencia del interesado y de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal, la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal", indicando que "se acordará en todo caso" cuando se abra juicio oral por un delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.

FUENTE: EuropaPress.

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Tribunal Supremo Alberto González Amador

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