La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) dictó una sentencia clave sobre la indemnización por despido en España, que actualmente se fija en 33 días de sueldo por año trabajado cuando se considera improcedentes.
El alto Tribunal debían decidir si la legislación española permite a los jueces aumentar la cuantía resultante de este tope o si, para ello, hacen falta cambios en la legislación, y determinó que el sistema actual no lo permite, por lo que pasó la pelota al Gobierno.
Se trata de un revés para el Ministerio de Trabajo que lidera Yolanda Díaz y los sindicatos UGT y CCOO, y zanja el debate sobre las llamadas indemnizaciones ‘a la carta’, que algunos tribunales venían otorgando en base a resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), órgano dependiente del Consejo de Europa.
Estas decisiones avalaban las tesis de UGT y CCOO, que denunciaban que el sistema español de despido no compensa adecuadamente al trabajador ni disuade al empresario.
Sin embargo, el Alto Tribunal determinó que “la indemnización por despido improcedente prevista en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores no puede incrementarse judicialmente atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso”.
Y sostuvo que esto no vulnera ni el artículo 10 del Convenio 158 de la OIT ni el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, que únicamente exigen una “indemnización adecuada”.
Una interpretación no vinculante
El Supremo destacó en un comunicado que la referencia a una compensación “adecuada” en la Carta Social Europea constituye una "declaración programática" sin fuerza jurídica vinculante, y recordó que el Tribunal Constitucional respaldó en múltiples ocasiones la legalidad y suficiencia del actual sistema indemnizatorio, que ofrece "seguridad jurídica y uniformidad" para todos los trabajadores.
Con esta sentencia, el Supremo pone fin a la vía judicial para lograr compensaciones superiores a los 33 días por año trabajado.
Por otro lado, es la segunda vez que emite una resolución en este sentido: en diciembre ya desestimó que esos límites fueran contrarios al convenio de la OIT, aunque entonces se reservó pronunciarse sobre la Carta Social Europea.
El fallo español se alinea así con los tribunales de Francia e Italia, que también consideraron que las decisiones del CEDS no son de cumplimiento obligatorio para los jueces nacionales.
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Pedro Sánchez y Yolanda Díaz
La reforma legal es la única vía posible
Tras este pronunciamiento, la única opción que queda para endurecer el régimen de despido en España pasa por una reforma legislativa.
Los sindicatos, que defendían el carácter vinculante del fallo del CEDS, también reclamaron en reiteradas ocasiones una modificación legal que refuerce las garantías para los trabajadores despedidos.
El Ministerio de Trabajo mostró su disposición a abordar esa reforma y anunció la apertura de una mesa de diálogo social, pero hasta el momento no hubo ninguna convocatoria ni se conocen los términos en los que podría plantearse.
Las posibilidades de que la reforma prospere en el actual contexto político parecen reducidas, ya que el PSOE, socio mayoritario del Gobierno, no comparte la necesidad de modificar el sistema, mientras que Sumar sí lo defiende, aunque sin haber impulsado medidas concretas hasta la fecha.
Además, la fragmentación parlamentaria y la falta de apoyos sólidos —incluso para propuestas con mayor consenso, como la reducción de jornada— complican aún más el escenario.