La jueza María Larramendi desestimó la acción de amparo presentada por la organización Patrimonio Activo, que buscaba frenar la demolición de una casa de estilo art déco construida en 1929. La decisión generó una "frustración tremenda" entre los defensores del patrimonio.
El fallo, del que informó El País, permite a la empresa Noldak continuar con la demolición, prevista para este mes, para dar paso a un nuevo edificio de nueve pisos en la esquina de las calles Julio Herrera y Reissig y Benito Nardone.
El inmueble, construido en 1929 por el arquitecto Eloy Tejera, un hombre que se encargó del diseño de una gran cantidad de viviendas en la zona residencial de Pocitos.
Uno de sus elementos más valiosos son los vitrales diseñados por Arturo Marchetti, un reconocido artista que entre otras cosas creó 28 ventanales de estilo grecorromano para el Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo.
La casa está ubicada en un sector de Montevideo que no cuenta con la protección patrimonial que los activistas reclamaban. La Comisión del Patrimonio del Ministerio de Educación y Cultura, ante una consulta de la jueza, confirmó que los vitrales no estaban inventariados ni protegidos.
Previo a presentar un recurso ante la Justicia, Patrimonio Activo envió una carta al intendente de Montevideo, Mario Bergara, con el fin de detener la demolición.
Según había informado El Observador, la carta, firmada por el presidente de la ONG, señalaba que se trata de un "valioso testimonio de la arquitectura residencial montevideana del primer tercio del siglo XX".
Posterior a esto, definieron avanzar por la vía de la Justicia para presentar un pedido de amparo para intentar salvar a la casa.
A través de su abogada Valentina Piquinela y durante una audiencia la semana pasada, el colectivo argumentó que no existían méritos desde el punto de vista arquitectónico ni histórico que justificaran la demolición de la propiedad.
Señaló la abogada además que resulta "manifiestamente ilegítimo" que se haya obviado un análisis adecuado del impacto de la "destrucción de un bien que a simple vista arroja la información necesaria para que cualquier profesional observe el detalle arquitectónico, la calidad constructiva y la antigüedad de la misma"
La jueza Larramendi reconoció la legitimidad de Patrimonio Activo para presentar el recurso, pero subrayó que la acción debió haberse abordado a través de un proceso administrativo en lugar de un amparo, recoge la sentencia.
Además, enfatizó que no había evidencia de que la actividad de la empresa constructora fuera "manifiestamente ilegítima".
Larramendi destacó que no se había acreditado la protección patrimonial del área donde se encuentra el inmueble, lo que implicaba que la acción judicial no era procedente en este caso.
En conversación con El Observador, la abogada del colectivo explicó que la casa está en una calle en la que la Intendencia de Montevideo sostiene que solo está protegida a nivel patrimonial "una parte" de ella.
"Nosotros decimos que, al no estar escrito ese punto, entonces se protege todo. Por tanto, la juez lo que dice es que al tratarse de algo discutible y esto al ser un proceso de urgencia no puede haber situaciones discutibles por resolver, sino que tiene que ser algo manifiesto", comentó.
Pese a que para los defensores del patrimonio la resolución final es una "frustración tremenda", la abogada destacó que la redacción de la sentencia representa una "conquista tremenda", ya que no solo destaca como un "derecho" el planteo hecho, sino que también "reconoce que las organizaciones civiles tienen la legitimación para hacer estos juicios".
"Entonces, desde el punto de vista jurídico, la sentencia suma un montón en este camino de construir, consolidar, dar pasos firmes y seguir avanzando en acciones firmes", aseveró y añadió que esta situación representa un primer "mojón" dado que según la jueza, en caso de que la casa hubiese estado dentro del área protegida, el resulta "hubiera sido otro".
En este sentido, recordó que ha habido demoliciones en áreas protegidas "sin discusión", donde la sociedad civil no ha podido hacer "nada" y que a partir de ahora, en base al fallo, creen que podrán obtener condenas "favorables" en procesos de amparo para casos de demoliciones que estén en espacios de protección.