22 de septiembre de 2026 13:34 hs

El ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía, dijo que se debería ir por derogar el artículo de la Ley de Urgente Consideración (LUC) del gobierno de Luis Lacalle Pou que eliminó obligatoriedad en inscripción en centros educativos uruguayos, luego de que la Suprema Corte de Justicia le diera la razón una comunidad menonita de Florida con respecto a dos escolares que reciben clases desde el exterior.

La sentencia rechazó por mayoría el recurso de casación que había presentado la ANEP, planteando que las niñas debían ir a la escuela. En 2020, la LUC eliminó la obligatoriedad de la inscripción en centros educativos uruguayos, y determinó que la obligatoriedad se refiere a que los niños reciban educación (inicial, primaria y media), no a la institución donde la reciban.

"Mi opinión personal es que creo que hay que ir por la derogación de ese artículo y poder retomar el camino de promover una educación que abreve de los mejores valores históricos de la educación uruguaya, que además tiene como una referencia importante el Código de la Niñez y la Adolescencia que va en esa misma línea", dijo ministro en diálogo con El Observador.

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"El artículo de la LUC lo que hizo fue generar, promover o enfatizar esa concepción individualista y contraria a la mejor tradición de la educación uruguaya, porque hasta la existencia de la LUC nunca hubo necesidad de ingresar por la administración pública en este tipo de camino o recurso jurídico-legal", agregó el ministro en relación al recurso presentado por la ANEP en la Justicia.

"Es una concepción que va en forma contraria a las mejores tradiciones de la educación uruguaya, tanto pública como privada. Fomenta una concepción individualista y aislada de la sociedad", añadió el ministro. Según Mahía, "lo más complejo de este tipo de modelos es una concepción aislacionista del mundo y de la sociedad".

También fue consultado sobre el futuro académico de estas dos escolares y afirmó que es un tema a analizar. "Como es un hecho tan aislado y como en realidad no es el camino de la sociedad uruguaya en su conjunto a lo largo de décadas, habrá que ver cuáles son los parámetros que utiliza tanto la educación pública o privada para ello", respondió.

"El Estado a nivel terciario y universitario exige determinados reconocimientos y trayectorias que están avaladas o certificadas por una serie de normas (...) La pregunta es '¿qué grado de validez tiene?'. Bueno, hay un camino de incertidumbre para los propios jóvenes cuyas preferencias familiares los llevaron por ese camino", sentenció.

El Observador informó el lunes que los ministros de la Corte Doris Morales, John Pérez (redactor) y María del Carmen Díaz validaron que las niñas reciban formación mediante modalidades alternativas como el homeschooling y plataformas extranjeras. Las niñas asistían a un centro de la comunidad Menonita y cursaban clases a distancia (en una institución del exterior no autorizada por el ente uruguayo). Los ministros Bernadette Minvielle y Julio Posada, el último en sumarse a la Corte, se pronunciaron a favor de la posición de la ANEP para este caso en concreto, aunque hay otros en camino de concretarse el resultado.

El fallo sostiene que la Constitución Nacional garantiza el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, siempre que se asegure un aprendizaje efectivo y no se vulneren sus derechos fundamentales. Por el contrario, los ministros disidentes argumentaron que la obligatoriedad de la enseñanza exige la escolarización formal en centros habilitados por el Estado para garantizar la socialización y el control pedagógico.

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