Camilo dos Santos

¿Qué pasos dará el gobierno para levantar todas las observaciones de la OIT?

El Poder Ejecutivo limitó las ocupaciones de los lugares de trabajo, otro tema por el que se habían recibido sugerencias de ese organismo internacional en varias oportunidades

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20 de octubre de 2020 a las 05:01

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El Poder Ejecutivo aprobó el jueves el decreto que limita las ocupaciones de los lugares de trabajo, tanto públicos como privados, y reguló un procedimiento de desocupación. El texto oficial recuerda la sugerencia realizada en varias oportunidades a los gobiernos de turno por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), respecto a que el ejercicio del derecho de huelga y la ocupación del lugar de trabajo debían respetar la libertad de trabajo de los no huelguistas, así como el derecho de la dirección de la empresa a ingresar  a las instalaciones.

De hecho, la queja original que las cámaras empresariales realizaron en 2009 ante ese organismo se hizo en base al decreto 165/06, que establecía  a la ocupación de establecimientos privados como una modalidad de ejercicio del derecho de huelga. Este decreto es ahora uno de los derogados.

Pero al margen de ya haber resuelto este tema, hay otro todavía pendiente que refiere a varios puntos de la ley de Negociación Colectiva que han merecido cuestionamientos desde la OIT. Uno de los principales refiere al modelo tripartito de los Consejos de los Salarios utilizado en Uruguay, y su contraposición a normas internacionales que sugieren que la negociación sea mayoritariamente bipartita y sin intervención del gobierno.

Apuesta al consenso

¿Qué piensa hacer el gobierno para levantar las observaciones pendientes que ya en el pasado llevaron a que el país fuera incluido en la llamada "lista negra"? La semana próxima el Ministerio de Trabajo convocará al Consejo Superior Tripartito (lo integran representantes del Poder Ejecutivo, empleadores y trabajadores) y pondrá sobre la mesa los pasos que pretende dar.

En diálogo con El Observador, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, explicó que la idea es “avanzar lo más que se pueda” en un proyecto de ley  que tenga el consenso de todas las partes, para luego enviarlo al Parlamento “en un tiempo prudencial”.

 “Yo no arriesgo plazos. Lo importante es que haya un avance del diálogo y que vayamos afinando la redacción. Al final veremos si hay un consenso para un proyecto alternativo o no. Lo que sí vamos a cumplir es con la tarea de trabajarlo en el ámbito del Consejo Superior Tripartito”, afirmó el ministro.

Además, el Ministerio de Trabajo debe enviar en las próximas semanas una nota a la OIT donde informe de lo actuado hasta al momento para modificar la ley tras las recomendaciones recibidas hace casi un año.

En noviembre de 2019 el entonces ministro de Trabajo, Ernesto Murro, cumplió con el plazo dado por la OIT y envió al Parlamento un proyecto con cambios a ley que tomó en cuenta algunas modificaciones, pero que no llegó a considerarse por la anterior legislatura. Según Mieres, ese texto será utilizado como “un insumo más”. “Pero obviamente hay que trabajar para que las observaciones queden levantadas”, afirmó el ministro. 

Ese proyecto plantea la derogación de la ultraactividad, cambios en el artículo sobre los sujetos legitimados para negociar con la posibilidad que los trabajadores de la empresa puedan elegir a sus representantes, y la obligación que los sindicatos tengan personería jurídica en caso que haya intercambio de información con los empleadores.

Pero no refiere a las competencias de los Consejos de Salarios sobre la fijación de aumentos por encima de los mínimos. Ese punto es un reclamo de las cámaras empresariales y también otra de las sugerencias claves de la OIT. Así lo hizo saber nuevamente en febrero de este año.

La recomendación de la OIT sostiene que los Consejos de Salarios (órganos tripartitos) solo tienen competencia para fijar salarios mínimos y su régimen de actualización. El resto de las condiciones de trabajo, por ejemplo, las actualizaciones de los salarios superiores a los mínimos por categorías, beneficios laborales, licencia sindical, prevención y solución de conflictos colectivos, debería ser materia de la negociación colectiva bipartita, sin participación del gobierno.

Consultado sobre este punto, Mieres indicó que en Uruguay “hay una tradición” vinculada a que los Consejos de Salarios no solo fijan el mínimo, sino también las categorías salariales. “Es una tradición muy definida, pero el diálogo tiene que darse y ahí veremos cómo resolvemos cada uno de los puntos”, señaló.

Leo Carreño

Personería jurídica de sindicatos

El gobierno también planteará en el Consejo Superior Tripartito la idea de elaborar un proyecto de ley sobre personería jurídica de sindicatos. “Hay buen ambiente en el movimiento sindical para encararlo. Hemos conversado con gente de PIT-CNT al respecto”, afirmó el ministro.

¿Qué contenidos debería considerar una regulación? Una nota elaborada por el abogado Matías Pérez del Castillo enumera algunos de ellos. Por ejemplo, menciona que debe resolverse si la regulación abarcará solamente a organizaciones de trabajadores o si también incluirá a las de empleadores, como propone el convenio 87 de OIT.

También da cuenta que la obtención de la personería jurídica debería ser facultativa, porque de ser obligatoria operaría como una limitante para la actividad gremial.  

Por otro lado, explica que una posibilidad sería que la personería tenga efectos exclusivamente civiles y patrimoniales.  Otra alternativa sería que la personería jurídica sea también a los efectos gremiales.

 “Eso podría permitir que puedan recibir informaciones necesarias en el marco de la negociación colectiva solamente gremios que cuenten con personería jurídica. O incluyendo a esa personería en el elenco de requisitos para que un gremio pueda ser considerado como el más representativo”, dice el texto.

Según el laboralista, en esos casos la personería trascendería el plano civil y le permitiría a un sindicato aspirar a ejercer derechos sindicales en un plano superior comparado con gremios que no la tengan.

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