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Allanamientos nocturnos: apareció la otra biblioteca y hay informes que dicen que la ley interpretativa es inconstitucional

En el Instituto de Derecho Constitucional hay 15 profesores y seis de ellos elevaron informes en los que sostienen que la ley interpretativa es inconstitucional
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08 de diciembre de 2023 a las 05:03

Luego de que se conoció que el Instituto de Derecho Constitucional elevó un informe al Parlamento en el que opinó que es constitucional la propuesta que habilita los allanamientos nocturnos mediante ley interpretativa del artículo 11 de la Constitución, surgieron otras voces de integrantes del instituto que señalaron que esa no es una opinión mayoritaria y que hay varias posiciones divergentes.

Como informó El Observador este jueves, ante una consulta de la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes, que tiene a estudio el proyecto que presentaron los diputados Eduardo Lust y Gustavo Zubía, el Instituto elevó su informe en el que opinó que la propuesta "se adecua al ordenamiento constitucional patrio" y que el reencuadre que se hace del concepto de hogar  “que considera que el establecimiento de un local para la elaboración y distribución de drogas no entra dentro de esa categorización”, es ajustado. Además se destacó que se ofrezca como garantía que el juez se tenga que hacer presente en el allanamiento.

Sin embargo, otros integrantes del Instituto dijeron a El Observador que la posición no es unánime y aunque es de estilo que ante una consulta del Parlamento responda la mesa, los demás miembros pueden presentar sus informes. La respuesta fue enviada por el director junto a la secretaria y el ayudante, en este caso son Jaime Sapolinki que es el catedrático, con la grado 4 Claudia Arriaga y el ayudante Miguel Bonomi, grado 1.

Pero de los 15 integrantes que tiene el instituto, seis profesores elevaron sus informes negativos en los que por distintos argumentos plantean que la ley interpretativa es inconstitucional. El profesor Franklin Fuentes que es uno de ellos dijo a El Observador que director del Instituto compartió el proyecto, su informe jurídico y los demás integrantes manifestaron su posición a favor y en contra, siendo mayoría lo que presentaron su informe en contra. Siempre se debaten estos temas", explicó.

En su informe Fuentes sostuvo que la inviolabilidad del hogar constituye un derecho humano fundamental con una protección constitucional absoluta durante la noche y que la única forma de habilitar el ingreso es la reforma constitucional. Agrega que durante el día una ley puede por razones de interés general establecer los casos en que es posible el ingreso al hogar.

En definitiva opinó que está a favor de la finalidad pero no en la forma porque "cualquier iniciativa legislativa que pretenda habilitar la entrada al domicilio durante la noche es manifiestamente inconstitucional". Si bien Fuentes afirma que no ingresan en ese ámbito de protección las viviendas destinadas a otros fines, siempre que en ellas no se desarrolle vida privada, los mecanismos para evitar desbordes en todos los sistemas estudiados corresponden al legislador conforme a la habilitación constitucional, que en este caso no existe para la noche.

Otra posición contraria a la ley interpretativa fue la de Mariana Blengio, quien fue fiscal e integrante de la Institución Nacional de Derechos Humanos. La grado 4 afirmó que el artículo 11 de la Constitución está "anclado en el pasado" y "resulta clara la necesidad de actualizarlo" para adecuarlo a la luz de la evolución de la sociedad y los conflictos que de ella emanan.

La jurista señaló que el texto constitucional no se adecua a los tratados internacionales ratificados por la República específicamente en lo que refiere al artículo 11 pero apunta a que el Cuerpo Electoral es el único habilitado a modificar la Constitución.

En una línea similar el grado 3 Luis Fleitas de León expresó que "si bien la Constitución admite a texto expreso la posibilidad de limitar e incluso se refiere a privar (...) por razones de interés general y mediante una ley los derechos fundamentales -sin que ello implique desconocer su contenido esencial- no lo hace respecto a las garantías de los derechos".

Además apuntó que la ley no puede limitar, retacear o privar de la garantía a las personas aun existiendo un interés general, el texto de la Constitución parece no admitirlo y la interpretación debe ser restrictiva no extensiva

Otros profesores que se sumaron a la posición mayoritaria de considerar a la ley inconstitucional son Andrea Canabal Mermot, Mariela Cajiga Botella, Hugo Corujo Sanseviero, Carol Mónaco Aguiar,  mientras que Miriam Mora se expresó por la posición 

 

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