El Banco Central del Uruguay (BCU) emitió este martes un comunicado en el que señala que los bancos deberán prestar servicios de atención presencial durante un mínimo de cuatro horas en al menos una de cada tres dependencias de cada uno de los departamentos en los que cuentan con presencia física.
Del mismo modo, deberán asegurar la operatividad de las redes de los cajeros automáticos.
Además, las instituciones financieras que dispongan el cierre de locales o reduzcan su horario de atención al público, deberán informar a sus clientes sobre los canales alternativos para la prestación de los servicios.
El BCU también exhorta a las instituciones a aplicar las medidas de prevención para minimizar los riesgos de sus colaboradores y clientes en los locales abiertos y que recomienden la utilización de canales digitales.
“En atención a la emergencia sanitaria declarada como consecuencia de la aparición del coronavirus (COVID-19), el Banco Central del Uruguay (BCU) a través de la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) garantiza el adecuado funcionamiento de los servicios financieros en todo el país por constituir un servicio esencial para la sociedad y habilita a que las instituciones reduzcan sus servicios de atención al público presencial para dar cumplimiento con las medidas requeridas por el Poder Ejecutivo para limitar la propagación del virus”, dice el texto oficial .
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