Compró una vivienda, pagó de más, y no tiene cómo recuperar su dinero
En 2018 la Justicia ordenó que empresa constructora devolviera unos US$ 37 mil por incumplir cláusula sobre estabilidad del precio del dólar
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18 de agosto de 2020 a las 05:02
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En julio de 2018 y tras un largo proceso la Justicia avaló la existencia de una cláusula de estabilidad del precio del dólar en la compra de un inmueble construido bajo el amparo de la ley de Vivienda Promovida (ex Vivienda Social) en Montevideo. Ese fallo ordenó que el constructor y vendedor del apartamento, la firma Griwel S.A, devolviera unos US$ 37 mil a Edgardo Martínez, como resultado de la diferencia entre el valor del dólar que se había fijado en el boleto de reserva y el efectivamente pagado.
Tras vencerse los plazos fijados en la intimación de pago, Martínez no pudo cobrar el crédito establecido en la sentencia. Según relató a El Observador, la sociedad anónima constructora no tenía fondos disponibles para poder cubrir el pago.
Ante esa situación, el damnificado decidió iniciar otro juicio con el objetivo de demostrar que la firma era parte, junto a otras seis empresas, de un conjunto económico de origen español llamado Grupo Ivory con más proyectos inmobiliarios en la ciudad.
En noviembre de 2019, una primera sentencia del juez Juan Benítez Caorsi hizo lugar a la demanda de Martínez y declaró la existencia del grupo económico, así como su responsabilidad solidaria en la condena impuesta, según la sentencia a la que accedió El Observador.
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Sin embargo, el pasado 5 de agosto el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5° Turno dictó una segunda sentencia que revoca el fallo anterior. El tribunal entendió que si bien los demandados constituyen un grupo económico, “ello no necesariamente implica fraude ni extensión de la condena (contra Griwel SA) ni régimen de solidaridad” a los demás integrantes del grupo.
“Al no reconocerse el grupo económico no tengo de dónde cobrar. Es una empresa que obtuvo muchos beneficios por la ley de Vivienda de Interés Social. (…) La ley beneficia mucho al inversor, pero se olvida de la persona que está comprando. Al día de hoy me deben más de $ 1,5 millones. Con esa plata yo podría haber terminado mi crédito en el Banco Hipotecario”, dijo Martínez.
Una resolución del Ministerio de Vivienda fechada el 26 de noviembre de 2012 a la que accedió El Observador otorgó a la empresa Griwel un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de hasta 9.431.739 Unidades Indexadas (unos $ 23,5 millones a valores de ese momento) para el edificio construido en la zona de Maldonado y Ejido, además de otras exoneraciones previstas en la ley 18.795 de Vivienda Promovida.
“La ley permite hacer un edificio y dejar de usar la sociedad anónima en un nuevo edificio. Está perfecto, pero me parece mal que no cubran sus deudas porque en definitiva si hay un fraude, el Estado les sigue beneficiando. No tengo a quién cobrarle y hace cinco años que compré. Lo mío terminó siendo algo contractual, pero fue a través de la Ley 18.795. Yo compré porque estaba el Banco Hipotecario y la Agencia Nacional de Vivienda de por medio”, añadió Martínez.
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