La justicia condenó a la empresa de supermercados Disco, a la constructora Sipra y al arquitecto responsable de esa empresa a indemnizar con US$ 95 mil a la familia de Gonzalo Manuel González, un empleado del supermercado que murió al caerse del techo del local de la empresa de la avenida 8 de Octubre y Garibaldi el 20 de julio de 2018, informó La Diaria y confirmó a El Observador el abogado de la familia, Óscar López Goldaracena.
González era un estudiante avanzado de arquitectura que fue contratado como administrativo por la empresa Sipra, una compañía subcontratada por Disco para efectuar trabajos de mantenimiento. Mientras supervisaba la reparación de una gotera en el techo del supermercado se cayó dentro del local, fue atendido en el lugar pero falleció en camino al hospital.
A pesar del incidente, Disco mantuvo sus puertas abiertas, algo que la empresa reconoció a los pocos días que se trató de un error.
El entonces inspector General del Trabajo, Gerardo Rey, indicó luego del suceso que la empresa en la que trabajaba el joven no dispuso con los elementos de seguridad necesarios para trabajar en altura.
La jueza de Trabajo de 7° turno, Marta Salaberry, indicó que Disco "alteró la escena del hecho, sacó escombros, limpió las manchas de sangre como si nada hubiera pasado y continuó trabajando", indica la sentencia. Para la jueza la empresa cometió daños gravísimos a la familia de González y que afectó su derecho a duelo, al limpiar la escena del accidente antes del trabajo de la Policía Técnica.
La sentencia también señala que Sipra "le asignó a Gonzalo una tarea que no era acorde con su categoría laboral, no contaba con capacitación en riesgos para trabajo en altura ni en el uso de elementos de protección, no se le asignaron elementos de protección para prevenir caídas de altura".
Salaberry descartó la demanda contra la encargada del local de 8 de Octubre, al entender que "no se cuestiona por parte de su empleador la dependencia ni tampoco la conducta desplegada por su dependiente", según se lee en la resolución.
Goldaracena indicó que la denuncia civil tuvo "dos vertientes": una fue dirigida a la "responsabilidad grave de Disco y Sipra" en el accidente, y la otra fue a Disco por "la conducta posterior al accidente". "Limpiaron la sangre con pan rallado, tiraron pan rallado arriba de sangre, y después barrieron. No hicieron la denuncia y la escena del crimen quedó totalmente manchada", recordó el abogado.
"No hay plata que les devuelva a los padres el hijo, el tema es que haya justicia", agregó.
El arquitecto responsable de Sipra fue condenado en 2020 por un delito de responsabilidad penal empresarial como responsable de enviar al trabajador al techo, por lo que debió fijar domicilio y no salir del país por seis meses.
La resolución, a la que accedió El Observador, fue apelada por la defensa del arquitecto, al entender que cuando envió a González a revisar la gotera en el techo no le ordenó subir a ese lugar, algo que entiende decidió por su cuenta y con el aval de Disco, pero el Tribunal de Apelaciones mantuvo la medida. Consultada por El Observador, la empresa declinó de hacer comentarios.
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