El desarrollo de cáñamo ha tenido numerosas trabas debido a diferentes prohibiciones en las regulaciones. Sin embargo, los recientes cambios que hubo en ese sentido han permitido visualizar el cultivo como una alternativa potencialmente viable y su alta demanda internacional –fundamentalmente como alimento y con fines medicinales– ha despertado el interés por su cultivo. La producción en Uruguay va de la mano de las autorizaciones, y en 2019 se generó un “pico de licencias”. Al 30 diciembre de 2018, Uruguay tenía 14 empresas autorizadas para operar con cáñamo industrial, un año más tarde eran 40.
Sergio Vázquez, jefe del departamento de asesoría técnica de la Dirección General de los Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), comentó a El Observador que “el 2019 fue clave” para que las empresas inicien las gestiones para solicitar autorización.
Ese aumento responde a factores nacionales e internacionales. En primer lugar, Latinoamérica está siendo vista por el mundo como una región que está desregulando el cultivo. Y, en ese sentido, el país fue líder. “Uruguay fue pionero en todo esto y no solo respecto al cannabis recreativo, porque el MGAP solo regula los controles del cáñamo, es decir cannabis no psicoactivo”, afirmó.
Por otro lado, Uruguay tiene “economía real en cáñamo”, a diferencia de otros países que otorgaron sus licencias pero no produjeron. Es decir, había poca correlación entre la cantidad de licencias otorgadas y la cantidad de kilos producidos. “Acá una licencia, en el 90% de los casos, se transforma en producción”, dijo.
Aunque suelen confundirse, el cáñamo industrial y la marihuana se distinguen por sus diferentes usos, así como también por su perfil químico y las diferentes prácticas de cultivo en producción. La marihuana se refiere a la droga psicotrópica –que tiene un mayor contenido de tetrahidrocannibinol o THC– ya sea con fines medicinales o recreativos, mientras que el cáñamo o cannabis no psicoativo es normalmente manejado con fines industriales.
El tetrahidrocannibinol o THC establecido para la producción de cáñamo industrial en Uruguay es de 1%. En el caso de Australia, México y Suiza es también de 1%. El THC para Estados Unidos, China y Canadá es de 0,3% y el de la Unión Europea es de 0,2%.
1.150 hectáreas son las destinadas a la producción de cáñamo en Uruguay. Sin embargo, son 800 las efectivamente sembradas en el país. En total, hay 40 empresas autorizadas a plantar cáñamo industrial.
De las 40 empresas que cuentan con la licencia, el área autorizada es de 1.150 hectáreas, aunque el área efectivamente sembrada es de 800 hectáreas.
Estos negocios están siendo adoptados por inversores, no tanto por el productor tradicional. De todas formas, en 2019 surgieron varios productores uruguayos, aunque los principales son los canadienses, estadounidenses, argentinos o brasileños.
El cáñamo da cinco subproductos: fibra, biomasa, flor, granos y semillas. Gran parte de las empresas que producen en Uruguay han manifestado tener como objetivo la producción de flores para la extracción de CBD con un potencial uso médico. Su popularidad responde a que es el subproducto que tiene mayor valor, aunque también mayor costo de producción.
El CBD es un cannabinoide, una molécula que está dentro de la flor de uso médico para producir medicamentos o cosméticos.
También hay productos secundarios de la planta como puede ser el grano. El grano de cáñamo es considerado, en varias partes del mundo, como un superalimento. Se prevé que la producción de este subproducto aumente en 2020.
Un tercer destino más residual, y casi sin valor económico para el país, es la fibra. El tallo de cáñamo se utiliza para muchos productos. Sin embargo, hoy no tiene valor porque la industria que procesa esa fibra no está instalada.
En lo que refiere a las exportaciones hasta el momento han sido sin valor comercial y para medir calidad. El principal potencial cliente, Suiza –interesado en la producción de flores y biomasa–, ha importado muy poco y sin valor comercial.
Hoy toda la producción 2018/2019 está stockeada a la espera de la concreción de negocios. Eso depende del Ministerio de Salud Pública (MSP), quien autoriza las exportaciones de flores.
“El productor está esperando, luego de la normativa del 20 diciembre de 2019 (que habilitó el uso de cannabis medicinal), ver si la vuelca al mercado local, es decir a las industrias que obtendrían las licencias del MSP, o venderlo al exterior”, indicó.
El rendimiento promedio de las flores producidas en baja densidad y con riego va de 300 a 500 kilos por hectárea. Por su parte, el grano para alimento, sin riego, tiene un rendimiento promedio entre 800 y 1.000 kg/ha.
Los precios de las flores de cáñamo con 10% de CBD, secas y de alta calidad –de uso no médico– están en el entorno de US$ 400 por kilo. Los precios del grano de cáñamo no orgánico, para uso alimenticio, está en el entorno de US$ 2.000 por tonelada.
El principal desafío que afronta la producción de cáñamo es instalar la industria extractora local. De esa manera, el cáñamo industrial “podría tener un crecimiento exponencial”. Sin eso, será muy difícil concretar las exportaciones porque la flor de cáñamo es considerada un estupefaciente para la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y, por lo tanto, la burocracia para exportar la flor de cáñamo es muy alta.
“El desafío más grande es que la industria local se instale con éxito para que pueda procesar todo lo que produce el productor”, concluyó. Según una publicación del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) titulada Cáñamo en Uruguay, se estima que el cáñamo se usa en más de 25 mil productos, como en producciones textiles, para el reciclaje, la automoción, en alimentos y bebidas, papel, construcción, entre otros.
En Uruguay, la producción y comercialización de cáñamo está permitida y regulada con el fin de proteger a los productores en el desarrollo de la actividad, otorgando las garantías necesarias al amparo de la normativa vigente
El equipo de la DGSA es quien otorga los permisos. Eso es así porque la ley N° 19.172 Regulación y control del cannabis lo establece así. Esa norma está reglamentada por el decreto 372/2014.
Inicio de sesión
¿Todavía no tenés cuenta? Registrate ahora.
Para continuar con tu compra,
es necesario loguearse.
o iniciá sesión con tu cuenta de:
Disfrutá El Observador. Accedé a noticias desde cualquier dispositivo y recibí titulares por e-mail según los intereses que elijas.
Crear Cuenta
¿Ya tenés una cuenta? Iniciá sesión.
Gracias por registrarte.
Nombre
Contenido exclusivo de
Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.
Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá