Leonardo Carreño

El paso a paso del caso Toma y cómo sigue el proceso administrativo

Después de que la justicia ordenó al Ejecutivo instruir la recusación al presidente, ¿qué tiene que hacer Presidencia y qué hará Toma?

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07 de abril de 2021 a las 05:02

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Por Joaquín Silva y Natalia Roba

Fallos de la justicia en primera y segunda instancia, numerosos recursos administrativos, y un sumario en trámite. Así, como si fuera un verdadero laberinto jurídico, viene siendo el proceso que el Poder Ejecutivo inició el año pasado para investigar los viajes oficiales que realizó el exsecretario de Presidencia Miguel Ángel Toma.

El 18 de setiembre de 2020, el presidente Luis Lacalle Pou dispuso el inicio de la investigación administrativa ante la divulgación en la prensa de imágenes que mostraban a Toma en Roma (Italia), en compañía de una contadora en un partido de fútbol de la Roma. Esa investigación, a cargo del instructor Ariel Sánchez, determinó que Toma incurrió en "inconsistencias" e "irregularidades" en sus descargos, y que entre otras cosas no pudo acreditar por qué Giuliana Pérez, contadora de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft) viajó en las delegaciones enviadas a Italia y Estados Unidos.

El presidente dispuso entonces el 9 de diciembre el comienzo de un sumario contra Toma –actual fiscal de gobierno–, con apartamiento del cargo por seis meses. Antes, durante el transcurso de la investigación, el abogado Daniel Ochs, representante legal del exsecretario de la Presidencia, presentó dos recursos: uno para que el Poder Ejecutivo investigara si hubo filtraciones a la prensa con detalles de la investigación administrativa, en el que acusó al gobierno de someterlo a un proceso sin garantías; y otro para solicitar la recusación de Lacalle Pou, en el entendido de que el primer mandatario lo prejuzgó y adelantó juicios de valor en los medios de comunicación.

El primer recurso fue rechazado de plano a principios de enero, en una resolución que informó asimismo que las palabras de Toma se iban a denunciar en la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), con un señalamiento de que las consideraciones del exjerarca carecían del “más mínimo fundamento” y buscaban desacreditar la imagen de la administración pública.

El recurso de recusación al presidente fue ignorado, lo que llevó a Ochs a presentar un recurso de amparo, que fue rechazado sin darle trámite en una primera instancia por el juez Gabriel Ohanián, para quien no se había "lesionado, restringido, alterado o amenazado con ilegitimidad manifiesta, ningún derecho". Esto fue apelado y revocado a mediados de marzo por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7º Turno, que ordenó a la Justicia de lo Contencioso Administrativo que diera trámite al recurso. Para ello dispuso que otro juez recibiera el caso.

Fue entonces el juez Pablo Gandini quien realizó la audiencia y, tras escuchar a las partes, amparó a Toma en su planteo y dispuso que el Ejecutivo instruya la investigación para definir si el mandatario prejuzgó al funcionario investigado. Gandini falló que al ni siquiera analizar el pedido de Toma, el gobierno generó "una lesión" del derecho al debido proceso administrativo.

La sentencia de la que informó El Observador este lunes obliga al Ejecutivo a formar un expediente y hacer lugar a las pruebas que pidió Toma que implican citar a declarar al instructor de la investigación administrativa, Ariel Sánchez, para preguntarle sobre el contenido de "dos conversaciones telefónicas" que mantuvo con Lacalle Pou, tal como consta en la sentencia de Gandini.

Por otra parte, según supo El Observador, el 16 de marzo –dos días hábiles después de que el tribunal ordenara dar trámite al recurso de amparo–, Presidencia emitió una resolución en la que desestimó formalmente la recusación al presidente.

Ochs incluyó ese hecho en la fundamentación ante el juez Gandini. El abogado de Toma amplió el recurso de amparo y dijo que el derecho a la defensa fue vulnerado nuevamente al "no darle vista previa" antes de resolver, ni hacer lugar a las pruebas solicitadas por Toma (la declaración del instructor Sánchez).

De acuerdo con lo que establece la ley de amparo, el Poder Ejecutivo dispone de 24 horas para cumplir con lo que le ordenó la justicia por lo que si este martes Presidencia no cumplió, Toma presentará un escrito intimando el cumplimiento de la sentencia del juez Gandini.

Sin acuerdo

En la audiencia del recurso de amparo, el juez Gandini intentó que las partes conciliaran y llegaran a un acuerdo. Según contaron allegados a Toma, el exjerarca y su abogado, Daniel Ochs, plantearon al Poder Ejecutivo que se designara un "jurista independiente" para que analizara los motivos de la recusación, y que el pago por los servicios de ese profesional fuera dividido entre ambas partes. El Ejecutivo rechazó la propuesta. 

Sumario

Paralelamente a estos recursos, sigue su trámite el sumario, en el cual han declarado las personas que pidió la instructora, entre ellos Toma, pero aún no lo hicieron las personas que solicitó la defensa del exjerarca.

Al respecto del sumario, el juez Gandini dijo que el amparo no lo paraliza, pero planteó que el recurso de la recusación debería estar resuelto antes de que se resuelva el sumario, teniendo en cuenta que el presidente Lacalle es quien va a firmar la resolución del sumario y es acusado por Toma de haber prejuzgado.

Juicio ante el TCA

Una vez que se cumplan los plazos de los recursos administrativos, Toma estará habilitado para iniciar juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. El primer juicio que planteará es en relación a la petición que le hizo al Ejecutivo para que se investigara la filtración de detalles de la instrucción a la prensa.

Cualquier funcionario público queda habilitado a recurrir al TCA una vez que agota la vía administrativa y que pasan 120 días desde que se presentó el recurso y fue rechazado o no se obtuvo respuesta. Ese plazo se cumplirá en mayo.

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