Economía y Empresas > AUTORREGULACIÓN PUBLICITARIA

Empresas deben "trabajar para que el sistema digital sea transparente y confiable"

CONARP lanzó anexo de prácticas publicitarias para medios digitales y remarcó la responsabilidad de proteger los datos
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11 de abril de 2018 a las 05:00

"Hay una mayor conciencia de la importancia de la decisión de las personas a la hora de compartir sus datos, y también la responsabilidad que tenemos las empresas de un manejo responsable de los mismos", comentó Cometto, quien se desempeña como gerenta de Marketing de Unilever.

A raíz del escándalo desatado por la utilización de datos de usuarios de Facebook por la empresa Cambridge Analytica, que recopiló la información de perfiles de millones de votantes estadounidenses sin su permiso, y por una reciente legislación que comenzó a implementarse en la Unión Europea para regular el uso de datos personales en la publicidad digital, el Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (CONARP), emitió un comunicado en el que se hace hincapié sobre el papel que deben desempeñar las marcas "para la construcción de un ecosistema digital donde las personas decidan con quién comparten sus datos".

La presidenta de CONARP, Teresa Cometto, comentó que en noviembre del año pasado se lanzó un anexo al Código de Prácticas Publicitarias, enfocado en medios digitales, siguiendo los mismos principios éticos en el manejo responsable de la actividad publicitaria comercial.

Este anexo, que incluye la regulación de la publicidad en grupos de noticias, foros, charlas (chats) y similares,de la utilización de influencers, con la importancia de "transparentar" su vínculo para que no sea considerada como actividad de publicidad encubierta, entre otros temas, tiene un capítulo específico para el uso de datos personales.

"Lo que trata de hacer CONARP es que las marcas desempeñen un papel activo en el ecosistema digital, basándose en la ley sobre protección de datos personales". Teresa Cometto, presidenta de CONARP

En éste se indica que cuando se recaben datos personales a través de medios electrónicos de comunicación, "se deberá informar previamente a los titulares, de forma inequívoca y claramente perceptible la existencia de una base de datos de carácter personal, su finalidad y destinatarios de la información", a lo que se agrega que el usuario tiene "la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición".

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Este anexo se basó en el Código de Ética para medios digitales que existe en España. Según Cometto, el medio digital presenta características particulares, por lo que requiere una autorregulación específica. "No hay un anexo de radio, gráfica o televisión porque los principios son los mismos", recordó la presidenta de CONARP.

Empoderar al consumidor

Para Cometto, la transparencia en el uso de los medios digitales es responsabilidad de las empresas. "Es importante que si la persona está mirando un contenido publicitario, sepa que es así. Que pueda decidir si va a recibir información o si no quiere, que sea libre de optar por registrarse en una web o no", sintetizó.

Aunque la ley de protección de datos personales (n° 18.331) no se refiere específicamente a la actividad publicitaria, la CONARP indica que las empresas deben cumplir esta ley. "Uno siempre tiene que tener en mente la transparencia y el cuidado por la información de las personas y son ellas quienes deciden si quieren que sus datos se compartan o no. Eso está establecido por la ley", concluyó.

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