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Fiscales podrán ordenar videovigilancia e indagar de oficio delitos sexuales

Con el nuevo Código del Proceso Penal encabezarán las investigaciones y estarán regidos por instrucciones generales
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20 de junio de 2017 a las 05:00
Observar de manera "amplia y detallada" una escena del crimen sin tocar nada que la pueda contaminar, pedirle a la Policía que realice un "seguimiento y videovigilancia" de sospechosos, evitar que los testigos se alejen del lugar e investigar de oficio determinados delitos sexuales. El listado es apenas una muestra de las reglas por las que comenzarán a regirse los fiscales cuando se ponga en marcha el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), a partir del que estarán al frente de los casos.

Durante la discusión sobre el nuevo CPP, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, repitió hasta el cansancio la necesidad de que los fiscales tuvieran directrices comunes, para contar con guías a la hora de actuar.
Dar directrices a su forma de proceder fue resistido en un primer momento por varios fiscales. Pero lo cierto es que las instrucciones están prontas y se resumen en tres documentos: uno para casos no penales, otro para cuatro tipos de casos y uno específico para los delitos sexuales, que todavía está siendo analizado por la Asociación de Magistrados Fiscales y donde, por ejemplo, se establece que la persecusión de la violencia sexual es una prioridad.

"Con las instrucciones los fiscales letrados son subordinados a directivas de todo tipo, intentándose construir poder absoluto"- Fiscal Enrique Viana en recurso contra las dos instrucciones aprobadas

"Se entenderá por instrucciones generales a las directrices de actuación destinadas al mejor funcionamiento de servicio y al cumplimiento de los cometidos en todas las áreas de competencia de la Fiscalía General de la Nación", indica el documento de instrucción que determina la manera en la que la Fiscalía y la Policía trabajarán entre sí y con otros organismos.

En ese documento se definen cuatro delitos: contra la vida y la integridad física de las personas, contra la salud pública a través del tráfico de drogas, contra la propiedad, y el abigeato.
Los documentos con las instrucciones generales, a los que accedió El Observador, fueron elaborados por la Fiscalía General de la Nación y aprobados por un representante de la Facultad de Derecho, uno de Presidencia, otro de la Asociación de ONG y de la Asociación de Magistrados Fiscales.
De hecho, el relativo a los delitos sexuales todavía no se aprobó porque está siendo analizado por los fiscales, quienes tenían hasta hoy para hacer recomendaciones. Sin embargo, solicitarán una prórroga porque quieren tener un tiempo más para sugerir modificaciones, indicaron fuentes judiciales a El Observador.

Las dos instrucciones aprobadas hasta el momento ya fueron recurridas por el fiscal Enrique Viana, para quien "se establece un sistema de dependencia". En el caso de las instrucciones sobre otros delitos, el documento final tuvo modificaciones a 12 puntos a partir de sugerencias de los fiscales.
En esas instrucciones se delimita, por ejemplo, la duración de una investigación.

"En determinado momento, teníamos a cuatro fiscales actuando al mismo tiempo y la mano derecha no sabía lo que hacía la mano izquierda" - Fiscal de Corte Jorge Díaz, ante senadores, sobre la necesidad de tener instrucciones generales

Según lo establecido, un caso no podrá durar más de un año y solo en excepciones "debidamente justificadas" el fiscal podrá pedirle al juez que amplíe la investigación por, máximo, un año más. ¿Qué le marca a un fiscal que un caso comenzó? La denuncia, que le llegará de manera inmediata. Los sistemas informáticos de la Fiscalía y de la Policía estarán conectados y eso les permitirá acceder de manera inmediata a las denuncias que ingresen por las seccionales. A su vez, cualquier sede de Fiscalía de todo el país va a poder recibir denuncias y se podrán presentar de manera anónima.

El programa utilizado por la Fiscalía es el Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay (Sippau) para el que se elaboró un manual que le fue entregado a los fiscales, que tendrán un usuario y una contraseña propios.

Trabajo en equipo

Una vez hecha la denuncia, el caso comienza y el trabajo de la Policía y la Fiscalía deberá ser, más que nunca, de equipo, con el fiscal como líder. Por eso, las instrucciones generales tienen un capítulo que pauta la forma conjunta de trabajar.

"Es esencial el trabajo coordinado, bajo la dirección del fiscal", sostiene la norma, que aclara que los policías son auxiliares de los fiscales. Quienes se comunicarán directamente con los fiscales serán los oficiales del caso: para cada investigación habrá un policía responsable.

"Sin perjuicio de las instrucciones particulares que el fiscal actuante imparta a cada caso, el fiscal de Corte regulará mediante instrucciones generales el procedimiento" - Artículo 57 del nuevo CPP

El manual con las directrices incluye la definición de la cadena de custodia, es decir la manera exacta de cómo preservar una escena del crimen y las evidencias que puedan surgir. "Se inicia en el lugar donde se obtiene cada evidencia y se finaliza por orden de la autoridad competente. Las evidencias deben ser protegidas contra la contaminación, alteración, sustracción, intercambio o la destrucción. (...) La cadena de custodia es la herramienta que permite demostrar la autenticidad de los elementos materiales probatorios y la evidencia física", indica el escrito.


La Policía no necesitará de la orden del fiscal para auxiliar a alguien que lo necesite, detener a una persona cuando está cometiendo un delito o fugando, recibir denuncias y cuidar la escena del crimen, entre otros.

Pero solamente podrá tomar declaración a un presunto implicado en un caso si el fiscal lo autoriza, al igual que si quiere registrar un lugar abierto u objetos personales. El fiscal le puede ordenar realizar videogiliancia o seguimiento de sospechosos, tomar fotografías o usar otros medios como GPS, drones, etc. De todos modos, requerirá autorización del juez cuando eso se realice en lugares cerrados y para el caso de escuchas telefónicas o allanamientos.

Fiscales para cada caso

Con el nuevo CPP, cada fiscal tendrá un área de competencia según el delito. Los cargos ya fueron otorgados a los 26 fiscales penales y habrá 10 para delitos de flagrancia, que estarán de turno de manera alternada. A su vez, habrán fiscalías específicas de homicidios, delitos sexuales o de género, económicos o corrupción y de violación a los Derechos Humanos.


En Montevideo, el fiscal de Flagrancia adoptará las primeras medidas dentro de las 24 horas (prorrogables hasta las 48 horas) y pedirá la audiencia de formalización para luego derivarlo a fiscalía que corresponda.

Fiscal recurrió las instrucciones

Los fiscales sometidos a instrucciones no son Fiscales independientes", afirmó el fiscal Enrique Viana, quien considera que violan la independencia consagrada en el artículo 6° de la ley orgánica de la Fiscalía. "Lisa y llanamente, mediante dichas disposiciones, se establece un sistema de dependencia, aboliéndose la independencia técnica individual de cada uno de los Fiscales Letrados. Se destruye la esencia del ejercicio del Ministerio Público. Se termina de montar un régimen de Fiscalía General, en el cual los Fiscales Letrados dejan de ser de la República, para resultar transmutados en fiscales delegados, sometidos jerárquicamente a los propósitos de un Fiscal General, un Magistrado Único, un mandamás", afirmó Viana.

Los delitos

Obligados a investigar de oficio delitos sexuales

Delitos sexuales
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La instrucción de los fiscales para los delitos sexuales que aún está a estudio –fue enviada a los fiscales a fin de que planteen objeciones– determina que "la investigación y persecución de la violencia sexual debe ser priorizada (...) como forma de revertir la histórica impunidad que rodea estas conductas en base a estereotipos de género que culpabilizan a las víctimas y les quitan credibilidad". Para estos delitos no corre el principio de oportunidad que permite a los fiscales determinar qué investigar y qué no.
Los fiscales deberán investigar de oficio "los delitos de violación y atentado violento al pudor cuando: las víctimas son niñas, niños o adolescentes; son adultas pero carecen de capacidad de actuar por sí en juicio; si fue cometido con abuso de las relaciones domésticas o de la cohabitación; si fue cometido por el progenitor, curador o por quien tuviere, respecto de la víctima, responsabilidad en la atención de su salud o educación; si la víctima fuera dependiente laboralmente del agresor; o si se encuentra internada en un establecimiento público, o privada de libertad.

También se establece que "el archivo de las actuaciones sólo puede disponerse una vez que se haya agotado la investigación exhaustivamente y previo notificación e información a la víctima".
Para estos delitos están prohibidos los careos entre víctima e imputado; la mediación así como los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso. Los fiscales tampoco podrán plegarse al Síndrome de Alienación Parental (cuando un progenitor influye en la conciencia de los niños con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor) por considerarlo una falacia.

Testigos incomunicados

En el caso de los delitos "contra la vida y la integridad física de las personas", las instrucciones generales establecen que es deber de la Fiscalía y la Policía "evitar que los testigos de un hecho se alejen del lugar". Para eso pueden, incluso, mantenerlos incomunicados. A su vez, deben "asegurar y proteger" la escena del crimen, para lo que la Policía no puede tocar nada ni permitir que otros toquen, sin la autorización del fiscal. Según lo establecido, el primer policía que llega a la escena, es considerado el primer testigo al que se le tomará declaración. Para familiares o conocidos de las víctimas, la instrucción indica que "en caso de que se encuentren presentes" y que conozcan bien la escena del crimen "solicitarles que verifiquen la eventual falta de objetos de valor a los efectos de determinar el móvil". A su vez, los fiscales deberán "indagar a los familiares conocidos de la víctima presentes, respecto de la existencia de enemigos conocidos, qué amistades frecuentaba, sus costumbres, situación económica, etc". "Si alguno de los testigos menciona algún objeto como no perteneciente a la víctima ni al lugar de los hechos, se lo deberá identificar sin tocarlo ni moverlo del lugar donde estuviera. En el caso de que alguien lo hubiera tocado o movido se deber establecer donde se encontraba previamente", agrega.

Fiscales definen investigar lavado

Incautación de drogas
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Para los casos de delitos por tráfico de drogas, los fiscales tendrán la potestad de iniciar de manera paralela investigaciones por lavado de activos "cuando sus medio de vida y/o propiedades no se correspondan con sus ingresos por actividades ilícitas". "En todos los casos, los fiscales actuantes deberán registrar todos los procedimientos y resultancias en el sistema informático", agrega el manual. Las instrucciones para tráfico de estupefacientes incluye directrices específicas para marihuana, por la ley de regulación y control del cannabis. Allí se establece que las denuncias por marihuana "solo serán tenidas en cuenta cuando refieran a la existencia de alguna forma de venta, comercio o suministro", cuando estén por fuera de lo que establece la ley. Por eso el manual incluye de manera detallada qué dice la ley de marihuana.

Robos con mucho detalle

Más allá de que existen directrices generales de manera en la que deben actuar los fiscales ante una denuncia, para los casos de robos, cada tipo de delitos tiene puntos concretos que tienen que tener en cuenta. En el caso del hurto a una casa, por ejemplo, el fiscal debe chequear de qué manera fue el robo (si entraron rompiendo una cerradura o ventana, si había alguien en la casa o si "aprovecharon un descuido"); en el caso de un vehículo, anotar en qué condiciones estaba al momento del robo (si estaba abierto, se rompió una ventana, si tenía alarma, etc); y para el robo a una persona, deberán ver si hubo lesiones, si fue un arrebato (por sorpresa) o y si se realizó "con destreza". En el caso de rapiñas, secuestros, copamientos o extorsiones, deberán ver si hay rehenes, lesionados y en caso de haberlos, con qué arma. Además, se debe tener en cuenta si los delincuentes todavía están en el lugar. En ese capítulo también se incluyen instrucciones para delitos contra la propiedad intelectual, contra la propiedad "mueble o inmueble", delitos de apropiación indebida, de estafa "y de otros delitos contra la propiedad mueble mediante engaño". En todos los casos, es obligatorio que los fiscales y los policías registren lo actuado en los sistema informáticos.

Banco de ADN animal para abigeato

Abigeato
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Para los delitos de abigeato, las instrucciones de los fiscales dependen del tipo de robo a la propiedad rural. Cuando está asociado a la faena clandestina, inspeccionarán el lugar donde ocurrió y poner en conocimiento a las Brigadas para la Prevención y Represión del Abigeato y a las Unidades de Seguridad Rural. Se deberán tomar muestras de ADN del animal "en presencia del denunciante o un representante". Esas muestras serán enviadas al Instituto Nacional de Carne (INAC) y quedarán en un banco de datos. También se tomará ADN de animales "madres" para tener con qué comparar en un futuro. "Se procurará obtener los testimonios de las personas que trabajan en el establecimiento, identificando quienes son empelados de forma permanente y quienes trabajan de manera zafral", así como a "los vecinos de la zona" si alguno observó movimientos inusuales en la zona", indica el documento.

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