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14 de marzo 2025 - 10:20hs

El reconocimiento de servicios consiste en registrar en el Banco de Previsión Social (BPS), aquellas actividades en las que una persona trabajó antes del 1° de abril de 1996 y no figuran en su historia laboral.

Si tiene 60 años de edad o más y tiene años trabajados sin declarar, la ley 20.130 (reforma de la seguridad social) establece un plazo para realizar el trámite. En esa instancia deberán aportar todos los datos que se requieran por parte de BPS, entre ellos la presentación de testigos.

El calendario establece diferentes fechas según la edad de la persona:

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Cumplido el plazo, no se admitirá la declaración de servicios anteriores al 1 de abril de 1996.

Requisitos

Para realizar el trámite, deberá presentar: cédula de identidad vigente, y la declaración de períodos trabajados completada. ¿Cómo completo la declaración de períodos trabajados? Ver video tutorial.

Podrá enviarla a través del servicio en línea Declarar períodos trabajados. En este caso, la declaración podrá ser modificada, corregida o firmada, el día de su cita presencial.

Para verificar sus servicios registrados puede ingresar en Consultar Vida Laboral.

Solo si cuenta con reserva para el trámite en sucursales del interior del país, podrá agilizarlo presentando formulario completo hasta 30 días antes de su cita, sin agenda previa.

Los apoderados deberán estar registrados en BPS o acreditar autorización (abogados y procuradores). Más detalles se pueden consultar en la web de BPS.

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