Hinchas de Peñarol en básquetbol

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La Mesa de la Liga decidió que la sanción a Peñarol se aplique en la próxima temporada

Tras una extensa reunión que se llevó a cabo en la Federación Uruguaya de Basketball, la Mesa de la Liga decidió que la sanción que Peñarol recibió por incidentes contra Malvín no se aplicará en la serie semifinal que disputa contra Aguada
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18 de mayo de 2022 a las 15:09

La Mesa de la Liga Uruguaya de Básquetbol decidió en la noche del martes que la sanción que Peñarol recibió por incidentes generados en el quinto y último partido contra Malvín en la serie de cuartos de final de los playoffs de la Liga Uruguaya de Básquetbol, se aplicará para la próxima Liga (2022-2023) y no para la actual donde el aurinegro está en plena disputa de las semifinales del torneo contra Aguada. 

Peñarol fue castigado con la pérdida de dos puntos y un cierre de cancha de seis partidos por escupitajos y lanzamientos de proyectiles de sus hinchas contra los jugadores de Malvín en un partido que se suspendió a falta de cuatro segundos en la cancha del playero, a quien se le dio el encuentro por perdido.

Los árbitros decidieron la suspensión luego de una acalorada discusión entre el árbitro Alejandro Sánchez Varela y el presidente de Malvín, Sergio Somma. Sobre ese particular, el fallo expresó: "El Sr. Sergio Somma no impidió acceso al monitor sino que su actitud fue la de colaborar separando a los jugadores que estaban exaltados".  

La Mesa de la Liga Uruguaya de Básquetbol adoptó su decisión con la presencia del presidente de la FUBB, Ricardo Vairo, el vicepresidente Álvaro Abdala, los neutrales Leonardo Goicoechea, Elzeario Boix y Sebastián Alonso, y el gerente de la Liga Sergio Benítez. 

Peñarol corría el riesgo de que el castigo determinado por el fallo se le aplicara en la serie que disputa contra Aguada y que la misma se le diera por perdida, tal como establece el artículo 92 del Código Disciplinario Deportivo de la FUBB.

Goicoechea, en diálogo con Referí, agregó: "El artículo 92 habla de pérdida de puntos en la serie que está en disputa que para el caso era Malvín-Peñarol. Esa es una norma punitiva que debe aplicar el Tribunal de Penas, pero no lo puede hacer la Mesa ni los neutrales. Y en el fallo no se aplicó esa norma. Nosotros simplemente inferimos que como el fallo del Tribunal de Penas no aplicó ese artículo, el mismo no era aplicable para este caso". 

Sin embargo, Abdala expresó las razones por las cuales ese artículo era inaplicable en este caso: "El fallo dice muchas cosas, no habla solo de la sanción a Peñarol de los seis cierres de cancha y la pérdida de dos puntos. Las decisiones de los tribunales deben estar fundadas para sancionar o exonerar de sanciones. El fallo habla de cuatro puntos: la responsabilidad de dirigentes y jugadores de Malvín, de un jugador de Peñarol, de quién fue el equipo que provocó la suspensión y por ello la pérdida del partido, y después la sanción a Peñarol. Y el Código se aplica en su conjunto", dijo en declaraciones a Puro Básquetbol que se emite por Sport 890. 

"Yo no estoy tan de acuerdo como que hubo errores en el fallo, pero tenemos un fallo y hay que aplicarlo. Hay dos temas: el contenido del fallo y el factor temporal, de cuándo se aplica. En lo temporal, el mismo Código dice que entran a regir al mediodía del día siguiente. El fallo es del lunes 16, se notificó a los clubes esa noche y empezó a regir el martes 17 al mediodía. El lunes de noche, cuando comenzaron las semifinales ente Aguada y Peñarol, el fallo no era aún eficaz. En segundo lugar, el tema del contenido, el fallo terminó la serie disputada entre Malvín y Peñarol y el quinto partido lo sancionó a Malvín con la pérdida del punto por haber sido el que ocasionó la suspensión del partido, La sanción a Peñarol se da por una denuncia contra la parcialidad de Peñarol, un hecho denunciado por el inspector de seguridad de la FUBB. El tribunal da este fallo, en base a las pruebas del expediente, entiende que hay que sancionar a Peñarol por el artículo 114 literal f, agresiones, por parte de la afición. Ese es el origen de todo esto. Cuando se dice que se debió aplicar el artículo 92, ninguno de los que analizó el tema estuvimos de acuerdo, porque ese artículo habla de que la sanción tiene que ver con la serie en disputa, y eso es la serie entre Peñarol y Malvín, no lo que viene después, que son las semifinales. Si se da un hecho similar ahora sería distinto", analizó Abdala. 

"El segundo literal del artículo 92 se refiere al partido o a la serie que se disputa por el fallo que se está sancionando, y eso fue Malvín-Peñarol y no los partidos que vinieron después. Cuando se analizan las normas es importante ver todas las normas del Código y no una o dos aisladas", agregó. 

La decisión de la Mesa

La Mesa de la LUB decidió aplicar el artículo 87 que regula la "Continuidad de la sanción" donde expresa: "La sanción que suspende al agente por una determinada cantidad de partidos, debe cumplirse a partir de la promulgación del fallo en las siguientes fechas dispuestas en forma consecutiva, aun cuando fuera alterado el calendario de disputa". 

Abdala explicó: "Este cuerpo de neutrales y el anterior, una de las cosas que nos propusimos fue actualizar el Estatuto y el Código de Disciplina, pero a veces no está todo cubierto. Hay que contextualizar y ver el fallo de Malvín y Peñarol. A Peñarol se lo sanciona por un hecho de la afición. Pero no está claro si a la afición se la considera persona física o jurídica. El artículo 87 habla de agentes, pero no está definido. El tribunal, al citar el artículo 114, habla de la agresión y el literal f habla de 'cuya afición', habla de un hecho particular realizado por personas físicas cuya consecuencia es la pérdida de puntos de la institución. El Código es claro al definir las personas jurídicas, pero es ambiguo al definir a las personas físicas". 

"Nos interesa que quede claro que esto no quiere decir que no haya sanciones ni la voluntad de erradicar este tipo de sanciones", opinó. 

"No tuvimos una charla con dirigentes de Peñarol, algunos dirigentes de Peñarol fueron a la Federación a hablar de estos temas, pero a título personal y no fue formal. Todo el mundo está preocupado por lo que pasó el otro día, empezando por los propios dirigentes de Peñarol, que vieron lo que transmitió la televisión o lo que pasó en el Antel Arena. El Tribunal de Penas lo deberá resolver ahora. Una cosa es lo que se habla y otra es lo que está en el expediente, lo que no está en el expediente no existe en el mundo jurídico", agregó. 

Abdala también informó que este miércoles le llegó una nota de la Secretaría Nacional del Deporte manifestando su preocupación por lo acontecido en el partido entre Peñarol y Malvín. "Solicitaron que la Federación sea estricta en el cumplimiento de las normas que tienen que ver con sanciones cuando hay problemas en los ámbitos deportivos, con la aplicación de los decretos de las listas negras y la identificación de responsables. Esto fue en referencia al partido entre Peñarol y Malvín y no lo ocurrido entre Aguada y Peñarol, pero están atentos a todo lo que pasa".  

Finalmente, explicó que la Mesa entendió que "toda la aplicación del fallo" es para la Liga 2022-2023, "inclusive el cierre de cancha".

Por esa razón, Peñarol podrá recibir a Aguada en el Palacio Peñarol el próximo martes, en el tercer punto de la serie semifinal. 

Así siguen las semifinales

Jueves
Biguá-Trouville, hora 21.15 en el Palacio Peñarol
Viernes
Peñarol-Aguada o Goes, hora 21.15 en cancha a definir
Lunes 23
Biguá-Trouville, hora 21.15 en el Palacio Peñarol
Martes 24
Peñarol-Aguada o Goes, hora 21.15 en el Palacio Peñarol
De ser necesarios, los cuartos partidos se jugarían el sábado 28 y un quinto partido el lunes 30 de este mes.

Las finales, por su parte, se jugarán a partir del jueves 2 de junio en una serie al mejor de siete partidos. Las fechas ya están pactadas: jueves 2, sábado 4, lunes 6, lunes 13 tras un parate de siete días y de ser necesarios más juegos las fechas serán: jueves 16, lunes 20 y miércoles 22. La sede de las finales será siempre el Antel Arena.

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