Agro > Guerra al abigeato

MGAP planea sancionar a quien no marque su ganado

Desde el ministerio se insiste en que no alcanza con la caravana y que marcar a fuego al animal es clave para ayudar a combatir el delito de abigeato
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04 de octubre de 2020 a las 05:03

El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) trabaja en un borrador para –en el marco de la Ley de Presupuesto– incluir cambios en el Código Rural y avanzar hacia un control y disminución del delito de abigeato, promoviendo el uso de la marca con hierro caliente y estableciendo sanciones para quienes no identifiquen de ese modo a su ganado, fijando además un plazo para realizar la contramarca.

Esa actitud responde a que con la llegada de la trazabilidad –y el uso de caravanas electrónicas para la identificación individual– muchos productores dejaron de utilizar la marca “a fuego”.

Gabriel Osorio, director del Sistema Nacional de Identificación Ganadera (SNIG) del ministerio, dijo a El Observador que “hay mucho animal orejano (sin estar identificado su dueño), muchos productores creen que ahora con la caravana se arregla todo”.

El descenso de uso de la marca a fuego genera un problema de identificación del ganado que se constanta cuando a veces pasa a otros campos y cuando otras veces es robado para su venta o faena de modo ilegal.

En busca de una solución es que el MGAP está promoviendo entre los productores el uso obligatorio de la marca a fuego, algo que no debió dejar de realizarse.

Desde 1875

A partir de 1875, en Uruguay se estableció un registro de marcas de ganado que las sistematizaba y aseguraba que ninguna se repitiera. Antes de eso existían las marcas “de primera serie”, aquellas diseñadas por los propios productores.

Actualmente el registro se unió a un sistema informático que crea las marcas para cada productor y les asegura el registro de propiedad del animal. Y en ese marco el director del SNIG comentó que hace poco tiempo el MGAP descubrió la primera marca del sistema, que estaba guardada como un elemento histórico y no tenía dueño, y la registró como propia.

En 2006, con la creación del SNIG se estableció la obligatoriedad de la trazabilidad individual de todo el ganado bovino que estuviera en territorio uruguayo. Eso permite, leyendo una caravana sin par que se instala cada animal, el ingreso de todos los datos del mismo en una base de información oficial del MGAP, en la que se registran los movimientos, cambios de propiedad y detalles productivos o sanitarios, desde el nacimiento del animal hasta su muerte.

Dónde va la marca

Desde el ministerio se insiste en que el uso de la caravana electrónica se debe complementar con la marca a fuego.

El Código Rural establece que la marca sobre el cuero identifica la propiedad del ganado. En esa normativa se explica que la marca se debe fijar del lado izquierdo del animal, en el anca, junto a la raíz de la cola, y no puede exceder los 10 cms de diámetro.

La marca tiene una validez de 10 años, tiempo tras el cual debe renovarse.

La primera contramarca –una marca que debe hacerse cuando se compra al animal y debe ir junto a la marca original– se debe hacer en la parte de atrás del cuarto trasero, lo más arriba posible al costado de la cola, del lado izquierdo.

Aquellas marcas de clasificación de sociedades de criadores, pedigrí u otra identificación que se estampe en el ganado, deben hacerse del lado izquierdo, en la quijada, el brazuelo o la pierna, se explicó.

Las marcas “de poco fuego” son aquellas que se componen de  pocos trazos y curvas amplias y son consideradas las de mayor claridad.

Sobre los efectos de la marca sobre el cuero y la carne, explicó que si está hecha correctamente no debería dejar ninguna marca sobre la carne y que las industrias de cueros se quejan porque la marca estropea el cuero, “pero de alguna forma hay que identificar al animal”.

Aclaró que desde el ministerio no se piensa en ningún cambio normativo con el que se pueda dejar de lado el uso de esta marca.
Si bien la normativa exige la realización de la marca a fuego, por el momento no sanciona a quienes no lo hacen y tampoco establece un plazo para quienes deben realizar la contramarca.

“El Código Rural tiene algunos agujeritos y por eso estamos haciendo un borrador para la próxima Ley de Presupuesto”, anunció Osorio, y aclaró que algunos de los cambios que se prevén son sancionar a quienes tengan animales orejanos y definir un plazo para realizar la contramarca.

También enfatizó en la importancia de utilizar la marca a fuego en el ganado como herramienta para combatir el delito de abigeato: “Cuando roban ganado lo primero que hacen es cortarle las orejas para que las caravanas desaparezcan, pero al cuero es imposible sacarle la marca y así es como se sabe de qué productor es el animal”, explicó.

La cifra

80.000 marcas hay registradas en el sistema del MGAP. Osorio informó que el ministerio está buscando y visitando a alrededor de 5.000 o 6.000 productores propietarios de marcas que aún no se han podido asociar con el número de Dicose.

 

Osorio aclaró que si bien entiende que el uso de la marca no es la solución definitiva a los delitos de abigeato, sí la considera una herramienta que puede facilitar las denuncias. “Esto es como cuando roban un auto, si me voy a quejar que me robaron y el auto no tiene matrícula y tiene el número del motor limado, ¿de qué me voy a quejar? La idea es que si le roban al productor pueda decir ‘me robaron un animal que tiene esta caravana y esta marca’”, aclaró.

“Quiero recordarle a los productores que con la marca están protegiendo la propiedad de los animales, cumpliendo con la normativa y colaborando con la lucha contra el abigeato” (Gabriel Osorio)

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