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Presidencia se negó a bajar publicación de Murro de la web y se encamina a un fallo adverso

La directriz de Toma a la abogada que envió Presidencia fue no conciliar, ya que ello supondría reconocer que el uso del portal fue ilegítimo
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15 de octubre de 2019 a las 05:03

"Se ve que no era alguien entendido en derecho a quien usted le transmitió", dijo el juez de lo Contencioso Administativo de cuarto turno Carlos Aguirre, cuando la abogada enviada en representación de Presidencia, María del Carmen González comunicó lo que del otro lado del teléfono el secretario de la Presidencia, Miguel Ángel Toma le había informado que el portal no iba a bajar la publicación en la que el ministro de Trabajo, Ernesto Murro, cuestionó a la economista Azucena Arbeleche, asesora en materia económica del candidato nacionalista Luis Lacalle Pou.

Para el Partido Independiente ello representa una violación a la Constitución y por lo tanto presentó un recurso de amparo para pedirle a la justicia que le ordene a Presidencia bajar esa publicación, que constituye en su opinión una "injerencia" en la contienda electoral. En el escrito, además de fundamentar su posición, los independientes –con la asesoría del abogado Pablo Donnangelo– presentaron varios artículos a modo de prueba. 

Murro criticó en la nota del 5 de octubre las declaraciones que días antes había hecho Arbeleche en una entrevista con el programa No toquen nada de FM Del Sol, donde dijo que en las reuniones que mantuvo con las calificadoras de riesgo pidió que no bajaran la nota a Uruguay hasta que asuma el próximo gobierno. 

El juez Aguirre intentaba una conciliación entre las partes ante lo cual la abogada de Presidencia contestó que bajar la publicación era admitir la ilegalidad de la publicación. "Yo no le propuse que admita nada", le contestó el juez. Y agregó: "Lo que le propuse es que sin calificar la licitud o ilicitud del acto, a los efectos conciliatorios como propuesta de la sede y a efectos de salvaguardar la figura de la Presidencia de la República como garante institucional de un sistema republicano y democrático de gobierno, se aviene a sacar de la página web la publicación realizada y ordenar a este señor de Comunicación de Presidencia, José Luis Veiga, a que se abstenga de publicar cualquier cosa con contenido electoral". 

"La respuesta fue que no lo iban a bajar de la página web de Presidencia porque estiman que todo el fundamento está en la contestación", insistió la abogada. 

Antes, la abogada había argumentado que la acción de amparo debería ser rechazada ya que no existía ninguna base "fáctica ni jurídica" que la sustentara. De esta manera, explicó que la página web de Presidencia "no es el espacio personal del presidente sino del Poder Ejecutivo todo, así como de todos aquellos que desean participar libremente a verter sus opiniones". Incluso recordó que, en varias ocasiones, eso mismo hizo el senador Mieres. 

La abogada señaló que las declaraciones de Murro eran "legítimas", ya que el ministro estaba en "pleno ejercicio de sus funciones" y sus declaraciones no constituían una "propaganda política electoral". "Lejos de eso. Constituyen, ni más ni menos, que una actitud objetiva, lógica, necesaria y responsable inherente al poder deber que le fue conferido (a Murro) conforme a la Constitución", agregó la asesora. 

Una vez terminada su exposición, el juez pidió una aclaración. 

Aguirre: Quiero saber... Usted dice al contestar que no pertenece (la página web) a la Presidencia de la República sino que pertenece al Poder Ejecutivo todo

González: Que esa página web puede ser usada... 

Aguirre: La página web no es una cosa ahí, aislada. Pertenece a la Dirección de Comunicación de la Presidencia de la República. Si es así, en el organigrama, ¿dónde está? 

González: En la Presidencia de la República

Aguirre: Bueno

González: Lo que pasa, lo que yo dije fue que... 

Aguirre: No necesito que me aclare más nada

El juez continuó explicando que una cosa es que los ministros no estén impedidos de hacer campaña y otra que su opinión la den a través de la Secretaría de Comunicación de Presidencia de la República. "Porque, a través de publicar esa opinión, están, indirectamente, trasuntando opinión hacia la Presidencia de la República, que es lo que la Constitución no permite", alegó el juez. 

De esta manera, propuso que se excluyera esa publicación del portal, "sin perjuicio de no cuestionar o entrar en detalles sobre la legitimidad o no" de la nota, así como "propender" a que no se publiquen más notas de este tipo hasta el balotaje. 

Una vez que la conciliación naufragó, se abrió el espacio para que se presentaran las pruebas y finalmente Aguirre fijó para este miércoles la lectura de la sentencia. 

Presidencia envió a dos asesoras legales en su representación, aunque una de ellas se enteró en plena audiencia que tenía el poder de representación vencido, por lo que sólo podía estar allí como parte del público. De esta manera, María del Carmen González quedó a cargo de la defensa del Estado. 

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