24 de agosto de 2011 18:47 hs

El Tribunal de Apelaciones Penal ratificó la sentencia contra los militares Miguel Ángel Dalmao y José Chialanza por el "asesinato muy especialmente agravado" de la militante comunista Nibia Sabalsagaray ocurrida en 1974 en un cuartel militar.

El procesamiento con prisión de Dalmao implicó el primer caso en el que un militar en actividad fue encarcelado por un delito cometido durante la dictadura. Este caso también fue el primero en el que la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la Ley de Caducidad.

Los defensores de Dalmao, Figueredo y Lanzón, y el de Chialanza, Mikolic, apelaron la sentencia del juez penal Rolando Vomero, emitida el 8 de noviembre de 2010.

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El Tribunal de Apelaciones ratificó este miércoles el procesamiento con prisión de ambos militares por unanimidad desestimando la apelación.

“La joven Nibia Sabalsagaray falleció por homicidio durante una sesión de interrogatorio en el que –además de otros apremios físicos- se le causó compresión de su cuello a nivel hioideo, ocasionándole la muerte por ‘ahorcamiento’”, concluye el tribunal que acusa a los militares de co-autoría del asesinato.

El presidente José Mujica vistió en marzo al general Miguel Dalmao en el Hospital Militar, el centro asistencial donde el militar se recuperaba tras haber sido sometido a una angioplastia por una obstrucción coronaria.

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