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4 de diciembre 2024 - 9:31hs

Peñarol recibió este miércoles una fuerte sanción de parte de la Comisión Disciplinaria de Conmebol, por distintos hechos que ocurrieron durante la disputa de la Copa Libertadores de 2024, que incluyen racismo, pirotecnia y otros ítems no cumplidos por los aurinegros.

El conjunto aurinegro, campeón Uruguayo, deberá jugar tres partidos de local en el Campeón del Siglo sin público en la Copa Libertadores 2025 por violación del artículo 12.2, literal C, del Código Disciplinario de la Conmebol. Además tiene que abonar una multa económica de US$ 163.000, incluida una multa de US$ 15.000 al arquero Washington Aguerre. Peñarol jugará la fase de grupos a puertas cerradas. El club aurinegro apelará la decisión.

El artículo 12, Principios de conducta, indica en su punto 2: "Constituyen, entre otros, comportamientos imputables e infracciones sancionables a los referidos principios; y en el literal C, agrega: "Violar las pautas mínimas de lo que se ha de considerar como un comportamiento aceptable en el ámbito del deporte y del fútbol organizado".

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,

RESUELVE

1. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL, por la infracción al artículo 12.2 literal c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal, las siguientes sanciones:

1.1. MULTA de USD 60.000 (SESENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

1.2. OBLIGACION de jugar a PUERTA CERRADA sus siguientes 3 (tres) partidos en condición de local en competiciones organizadas por la CONMEBOL. En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas:

a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO PEÑAROL, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la Asociación del Fútbol Uruguayo.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías, empleados de seguridad y/o vigilancia privada que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.

g) Equipo médico requerido acorde a lo establecido en el Manual de la Competición.

h) Personas que desempeñan funciones en relación con la operativa e infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.)

i) Todo Oficial de partido o colaborador que la CONMEBOL requiera necesario para el desarrollo del partido.

j) Un máximo de 70 (setenta) de la delegación del equipo visitante incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

Washington Aguerre en el partido de Peñarol vs Flamengo.jpg

2°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal a) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literales h), i) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 26 literal m) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5°. IMPONER al jugador WASHINGTON AGUERRE LIMA una multa de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 11.2 literal q) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

6°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 5.4.4.3 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024 y 34 del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

7°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 24 del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

8°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una multa de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. Este monto será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

9°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL una ADVERTENCIA por la infracción a los artículos 12.2 literal j) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, 20 literal l) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL y 5.11.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2024.

10º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

11º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta

decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

La accidentada Copa Libertadores de Peñarol

Peñarol, eliminado en semifinales de la Copa Libertadores, vivió hechos de suma gravedad durante la disputa del torneo continental, especialmente contra Botafogo en las semis, donde fueron detenidos 230 hinchas aurinegros tras incidentes registrados en Río de Janeiro.

Hinchas de Peñarol denunciaron tratos inhumanos, brutalidad policial y torturas.

20241023 Fans of Peñarol clash with the police after their team loses the Copa Libertadore semi-final first leg football match between Brazil Botafogo and Uruguay Peñarol at the Olimpico Nilton Santos stadium in Rio (1).jpg

Algunos parciales aurinegros también vandalizaron un kiosco, quemaron motos y alguno fue captado por cámaras realizando gestos racistas.

Peñarol intentó jugar la revancha contra Botafogo en el Campeón de Siglo sin público visitante, pero recibió una amenaza de Conmebol: si el Ministerio del Interior no garantizaba la seguridad del partido con ambas parcialidades, Conmebol resolvería jugar el partido sin público de ningún equipo o en otro país.

La sanción contra Flamengo

Cuatro días antes de enfrentar a Botafogo, la Comisión Disciplinaria de Conmebol le aplicó una sanción a los aurinegros por incidentes ocurridos en cuartos de final contra Flamengo, el 28 de setiembre. En total fueron US$ 200.000 y advertencia de cierre de cancha si la situación se repetía.

Peñarol celebra su clasificación ante Flamengo en Copa Libertadores.jpg

En ese partido contra Flamengo, en el Campeón del Siglo, hinchas de Peñarol se colgaron del tejido y demoraron tres minutos el comienzo del partido, explotaron fuegos artificiales que no están permitidos y el jugador Matheus Babi exhibió una bengala dentro de la cancha.

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