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4 de julio 2025 - 5:00hs

En la resolución por la que hizo lugar al pedido de los defensores de Guillermo Besozzi, de quitarle la prohibición de acercarse a la Intendencia y sus dependencias, la jueza de Mercedes Ximena Menchaca argumentó a favor de que, pese a estar imputado judicialmente por delitos de corrupción, el intendente electo de Soriano está habilitado a ejercer el cargo por la Corte Electoral.

La fiscalía le pidió a la jueza que elevara el caso a la Corte Electoral "en forma urgente", para que el órgano electoral informara "si se suspende o no la ciudadanía", según lo establecido en el artículo 80 de la Constitución que establece la suspensión de ese derecho por estar "legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría".

La fiscal suplente Charlyne Ferreira había argumentado que la Corte Electoral "debe informar a la sede si el Sr Besozzi se encuentra habilitado para ejercer y desempeñar el cargo, siendo de importancia y relevante en la decisión en este ámbito y poder debatir en debida forma".

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Asimismo apeló la decisión de la jueza de revocar la prohibición de acercamiento a la intendencia pero el caso llegará recién al tribunal de apelaciones penal después de que se levante la feria el 15 de julio, por lo que Besozzi podrá asumir el 11 de julio en el cargo.

La decisión de la jueza mantiene el resto de las medidas, lo que implica que Besozzi seguirá con prisión domiciliaria nocturna hasta setiembre, así como con la obligación de presentarse en la seccional policial y la prohibición de salir del país.

La jueza dispuso también a la fiscalía la obligación de "proporcionar los medios técnicos para que las defensas tengan acceso a la totalidad de la carpeta investigativa", ya que los defensores plantearon que "no es posible la reproducción de los audios" contenidos en la carpeta.

Los argumentos de la jueza Menchaca

Los defensores de Besozzi -los abogados Juan Fagúndez, Nelson Rosa y Pablo Vera- plantearon en la audiencia de la semana pasada que al ser investido como intendente, deberá a partir del día 11 de julio ejercer el cargo "debiendo tener un vínculo directo con la Intendencia y sus reparticiones, y sus funcionarios" y que la medida impuesta "impediría el cumplimiento y ejercicio del cargo, violando un mandato constitucional".

Según surge de la resolución a la que accedió El Observador, Menchaca les dio la razón a los abogados y rechazó el pedido de la fiscal “en virtud de que existe una proclamación por parte de la Corte Electoral de la investidura como Intendente electo el día 22 de mayo de 2025".

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Jueza de Mercedes Ximena Menchaca

Jueza de Mercedes Ximena Menchaca

Además argumentó que "el artículo 80 inciso 2 de la Constitución se aplica en caso de existir sentencia de condena con pena de penitenciaría, debiendo comunicar tal extremo a la Corte Electoral a los efectos pertinentes”.

En el mismo sentido, dijo la jueza que en las elecciones “no existió impedimento de la Corte Electoral para que se postulara, ni en forma posterior a su elección, no existiendo norma específica que regule tal extremo”.

“En esta instancia, no debatimos si Besozzi puede asumir como Intendente en tanto ello lo han resuelto sus electores y así corresponde por mandato constitucional (decisión ajena a la Fiscalía y a este Tribunal), por lo que la cuestión a resolver es si ello puede afectar o no la investigación o persecución criminal del formalizado", afirmó.

A su juicio eso no ocurre en la actual etapa debido a que "la Fiscalía ha recolectado elementos de prueba sin que se haya constatado la específica intromisión u obstaculización del Sr. Besozzi en la actividad investigativa".

La jueza consideró que para sostener la vigencia de la medida se debe conjugar "el principio de la proporcionalidad, con sus tres sub-principios, el de idoneidad, el de necesidad y el de proporcionalidad en sentido estricto".

En cuanto a la idoneidad se planteó si la medida sirve para "conseguir el objetivo propuesto"; en relación a la necesidad afirmó que implica tomar la medida "que represente una limitación menor", mientras que la proporcionalidad lleva a buscar el equilibrio "entre los beneficios o ventajas para el interés general y los perjuicios sobre otros bienes en conflicto".

“El formalizado siempre ha estado a derecho de la investigación por delitos presuntamente cometidos en su anterior gestión donde se recabare profusa prueba que ameritare la formalización, esto es no existen elementos específicos establecidos por Fiscalía que impidan el efectivo desarrollo y culminación de las investigaciones”, sostuvo Menchaca.

Los argumentos de la fiscalía

La fiscalía argumentó en contra de permitirle ingresar a la intendencia por tratarse de delitos de corrupción pública.

Según citó la jueza en su resolución, la fiscal Ferreira afirmó que “se debe tener en consideración que el bien jurídico tutelado es la Administración Pública, donde de asumir la Intendencia, volvería a ingresar a donde el mismo cometió los delitos que se le imputan , por lo que el riesgo procesal seria aun mayor, manifestando que tendría cierta impunidad en su actuar, permitiéndole volver a estar en el lugar donde cometió los ilícitos, existiendo un riesgo real, donde podría destruir evidencia , pudiendo ir a cada sector de la Intendencia, y destruir evidencia, o presionar a su subalternos”.

Caso Besozzi
Defensores de Besozzi (Pablo Vera, Nelson Rosa y Juan Fagúndez) y fiscal suplente Charlyne Ferreira

Defensores de Besozzi (Pablo Vera, Nelson Rosa y Juan Fagúndez) y fiscal suplente Charlyne Ferreira

“Resulta indispensable que la medida continúe vigente, a fin de producir la prueba en juicio oral, donde se requiere que se proteja la investigación”, sostuvo.

Agregó que levantar la medida implica dejarlo "en una posición favorable ya que puede abordar testigos, hacer averiguaciones a través de llamadas telefónicas, etc, teniendo en cuenta su puesto jerárquico, por temor de algunos de los testigos a declarar en el juicio oral".

La jueza Menchaca afirmó que "se trata de una nueva gestión a nivel gubernamental local y si la Fiscalía constata en forma cierta y concreta actos o hechos que conspiran contra la continuación o el resultado de la actividad investigativa, deberá denunciarlo y en tal caso este Tribunal se expedirá nuevamente sobre la revocación o modificación de la medida cautelar en debate".

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caso Besozzi intendente Intendencia de Soriano

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