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De forma general podemos decir que los Recursos Administrativos son instrumentos previstos especialmente por normas de carácter constitucional y legal, con la finalidad de servir de garantía y medios de defensa de los particulares contra la actuación lesiva de la Administración, cuya finalidad es que la misma deje sin efecto la totalidad o parte de la resolución impugnada.
¿Qué se puede impugnar?
Para que pueda llevarse adelante un recurso administrativo, necesariamente debe existir un acto administrativo impugnable.Los actos administrativos son todos los actos jurídicos dictados por un órgano estatal en ejercicio de función administrativa. Siendo impugnables los actos que crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas y también los que deniegan esa creación, modificación o extinción, o bien simplemente mantienen inalterada una situación jurídica existente.
Entre la gama de actos administrativos en materia tributaria que pueden ser impugnados se encuentran: los resultados derivados de las actuaciones inspectivas; respuestas a consultas planteadas por los contribuyentes; y en general las resoluciones emanadas de los organismos recaudadores.