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¿Cómo y cuándo se paga la prima por presentismo a las trabajadoras domésticas?

La partida es equivalente a la cuarta parte del medio aguinaldo y premia la “asistencia perfecta”
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02 de diciembre de 2019 a las 05:00

Llegó diciembre, el mes del año en que el grueso de los trabajadores cobra el aguinaldo. También es una fecha en que se debe pagar la prima por presentismo a quienes se desempeñan en el sector doméstico.

El abono de esa partida complementaria es obligatorio desde abril de 2013, siempre que la persona contratada cumpla con ciertos requisitos, y se debe hacer efectivo antes del día 20 junto con la liquidación del medio aguinaldo de diciembre. 

La partida equivale a un 25% del medio aguinaldo que le corresponde recibir a cada trabajador y está condicionada a que haya tenido “asistencia perfecta” entre los meses de junio y noviembre de 2019 (el período que se computa para el segundo aguinaldo). Eso significa que el trabajador no tuvo faltas en ese período de tiempo.

Por ejemplo, en el caso de los trabajadores domésticos que tienen un sueldo nominal de $ 19.012, asumiendo que le corresponda la prima por presentismo y que haya trabajado íntegramente los seis meses, su aguinaldo de diciembre ascendería a $ 11.882,5 nominal.

Las inasistencias por enfermedad debidamente comprobada (certificación médica ingresada a BPS o BSE), ejercicio del derecho de huelga decretadas por el PIT-CNT o el sindicato del sector, licencia anual reglamentaria o licencias especiales (por ejemplo por estudio, duelo, matrimonio, entre otras) no determinan la pérdida del beneficio.

¿Qué debe hacer el empleador?

Al momento de acreditar el pago en la cuenta del trabajador, el empleador no debe realizar ningún trámite, ya que el Banco de Previsión Social (BPS) en forma automática calculará los aportes por dicha partida en las facturas de aportes mensuales con mes de cargo diciembre. Al ser una partida salarial está gravada por aportes a la seguridad social, así como IRPF en caso de corresponder.

En los casos donde  no corresponda el pago de la prima, el empleador deberá informarlo al BPS entre el 1° y el 31 de diciembre de 2019 a través de una declaración, a los efectos de que no se calculen los aportes por dicho concepto. Las faltas que origen la pérdida del beneficio deben estar documentadas en los recibos de sueldo, según informa el BPS. 

Esa declaración se puede hacer mediante la aplicación móvil BPS Trabajo Doméstico o en “servicio en línea” de la página web del banco.

Si se requiere apoyo para hacer la declaración el empleador puede concurrir en Montevideo a los centros de autogestión ubicados en Sarandí 570 y Colonia 1851, planta baja. También se obtiene información por el 0800 2001.

Ajuste salarios en enero

El salario mínimo del sector es actualmente de $ 19.012 por 44 horas semanales, siendo el mínimo por hora de $ 100,02, según el último ajuste del sector que rige desde julio pasado.

Todos los salarios tendrán un ajuste de 3,5% el próximo 1° de enero de 2020. Una vez aplicado dicho incremento, los salarios que no superen los $ 20.375 mensuales nominales por 44 horas semanales de labor o los $107,19 por hora tendrán un incremento adicional de 1% por concepto de salario sumergido, que se acumulará al 3,5%, según dice el convenio vigente.

Aunque el trabajo doméstico no estuvo ajeno al deterioro del empleo que se produjo en los últimos cuatro años, logró mejoras en formalidad con un aumento ininterrumpido en la cantidad de empleadas registradas en la seguridad social, que llegan a unas 76.700 cotizantes. Además, en 2018 alcanzó el menor nivel de evasión desde 2012 con 34,4%, según datos oficiales.

Un informe reciente del BPS señaló que “si bien se ha observado un progreso en la incorporación al mercado formal, así como un aumento en el salario real, todavía existe un importante déficit de trabajo decente en el sector signado por la evasión y la subdeclaración”.

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