Abogados defensores señalaron que fueron perjudicados por Darviña Viera y pidieron que se la investigue por abuso de funciones

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Operación Oceáno: abogados de indagados pidieron que se investigue a exfiscal del caso por abuso de funciones

"La Fiscalía y los funcionarios (...) no pueden elegir qué información comparten y cuál desechan u ocultan si no les resulta útil o conveniente a su teoría del caso", sentenciaron en un escrito presentado al Fiscal de Corte, Juan Gómez
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17 de noviembre de 2021 a las 11:36

Los abogados defensores de los indagados en la causa conocida como Operación Océano denunciaron ante el fiscal de Corte, Juan Gómez, haber sido perjudicados por la exfiscal del caso, Darviña Viera y pidieron que se la investigue, tanto a ella como a su equipo por abuso de funciones y omisión contumacial de los deberes del cargo.

En el primer escrito presentado el 22 de octubre, divulgado por El País y al que accedió El Observador, solicitaron una investigación de urgencia y "medidas correctivas para que la Fiscalía cumpla estrictamente con la normativa legal". En esa denuncia, puntualizaron que la jueza penal, María Noel Tonarelli, constató “graves irregularidades” en la investigación por parte de Viera presentadas en una audiencia que se dio el 20 de octubre y donde se resolvió la suspensión de las actuaciones por diez días.

En ese escrito los abogados marcaron diferentes irregularidades cometidas por la Fiscalía. Tomar declaraciones a testigos o a indagados que no fueron registrados en el sistema informático de la Fiscalía (Suippau) o que no fueron informadas ni proporcionadas a las defensas, “omitir” el lugar donde se realizaron actuaciones, no entregar pericias o análisis de memorias de celulares de indagados o víctimas a las defensas y la "omisión de llevar en debida forma el legajo de la investigación".

Según los abogados, "las graves omisiones detectadas por el juzgado actuante" vienen "afectando de manera constante y reiterada el ejercicio de la defensa" perjudicando a sus clientes.

Por su parte también señalaron que, al ocultar pruebas o negar documentación, Viera fue en contra del principio de probidad en la función pública, tal como establece el Código de Ética. "La Fiscalía y los funcionarios (...) no pueden elegir qué información comparten y cuál desechan u ocultan si no les resulta útil o conveniente a su teoría del caso", sentenciaron. A su vez, también señalaron que Viera y su equipo violaron los principios de buena fe y lealtad; de legalidad; y de transparencia y publicidad.

El 16 de noviembre, algunos de los abogados defensores ampliaron la denuncia tras el informe de la nueva fiscal del caso, Mariana Alfaro, que elevó a la jueza María Noel Tonarelli, donde revelaba que Viera no entregó a los abogados defensores 50 documentos vinculados a la investigación.

"La Fiscalía no concedió acceso a toda la evidencia recolectada por ella misma, violentando de forma flagrante las garantías de nuestros defendidos y del resto de los imputados, provocándoles una indefensión total y no permitiéndonos efectuar una defensa acorde a derecho", señalaron y agregaron: "Se violó el principio de objetividad y buena fe que rigen el deber de proceder de los fiscales durante el transcurso de la toda la investigación".  

En esa ampliación, señalan que la fiscalía comandada por Viera violó el artículo 5 del Código General del Proceso que establece:¨Las partes, sus representantes o asistentes y, en general, todos los partícipes del proceso, ajustaran su conducta a la dignidad de la justicia, al respeto que se deben los litigantes y a la lealtad y buena fe".

En el mismo escrito aseguraron que, tras las violaciones demostradas, corresponde investigar a Viera y su equipo por los delitos marcados en los artículos 162 y 164 del Código Penal que corresponden a abuso de funciones y a omisión contumacial de los deberes del cargo.

El artículo 162 señala que "el funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría".

Por su parte el 164 afirma que "el funcionario público que requerido al efecto por un particular o por un funcionario público, omitiere o rehusare sin causa justificada ejecutar un acto impuesto por los deberes de su cargo, será castigado con suspensión de tres a dieciocho meses".

 

 

 

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