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Ahorro jubilatorio extra a través de los convenios salariales: la propuesta que incluye la reforma

La iniciativa propone que empleadores y trabajadores acuerden porcentajes destinados para la jubilación
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03 de agosto de 2022 a las 05:03

El anteproyecto de reforma de la seguridad social dedica un capítulo a los aportes previsionales acordados o conjuntos. Allí plantea que tras el consenso de empresas y trabajadores se puedan incluir aportes extras destinados al ahorro jubilatorio en los convenios colectivos. Ese planteo surge de la experiencia que han tomado otros países en sus sistemas de seguridad social. 

El texto de la reforma jubilatoria, redactado por el Poder Ejecutivo, tomó en cuenta las recomendaciones elaborados por la Comisión de Expertos en Seguridad Social. 

En el capítulo de aportes previsionales acordados o conjuntos, la iniciativa del gobierno señala que los recursos con destino a las cuentas de ahorro voluntario y complementario puedan incluirse en convenios colectivos acordados en negociación colectiva bipartita entre una empresa o un grupo de empresas y las organizaciones representativas de los trabajadores.

Añade que las obligaciones de aportación finalizarán al vencimiento del término acordado entre las partes negociadoras. Se establece que las aportaciones a las cuentas de ahorro voluntario y complementario podrán efectuarse en forma conjunta entre empleadores y trabajadores o en forma exclusiva a cargo de las empresas.

De logar un convenio colectivo, las partidas se integrarán conjuntamente con los aportes obligatorios a la seguridad social (el patronal y el que corresponde al trabajador) y serán distribuidas en las administradoras de ahorro previsional.

Actualmente, el aporte patronal es del 7,5% y el personal del trabajador de 15%. El ahorro extra o complementario no saldrá de esos aportes que están establecidos por ley. Las partes deberán acordar que un porcentaje del salario se disponga para ese fin y los empleadores volcarían una suma proporcional a la que disponga el trabajador.

El anteproyecto del Poder Ejecutivo señala que los empleados que no quieran participar podrán excluirse. Para eso, deberán comunicarlo a la empresa dentro de los 90 días del primer descuento efectuado destinado a ese ahorro jubilatorio.

La norma que busca reformar el sistema previsional de Uruguay, complementa que en los casos que se opte por la exclusión, los aportes que se hubieran efectuado se reintegrarán a los trabajadores y empleadores al valor del momento de la correspondiente devolución.

¿Dónde puede ser más atractivo? 

Distintas fuentes consultadas por El Observador indicaron que esta posibilidad suena, a priori, más atractiva para empleados jóvenes que tienen muchos años de aportación por delante. En este caso podría generarse una renta complementaria importante al momento de la jubilación.

En sentido opuesto, agregaron que no parece una buena opción para colectivos de trabajadores que tengan 45 o 50 años. Tampoco sería de fácil aplicación en empresas o sectores de actividad con salarios bajos, y difícil que los sindicatos que intervienen en las negociaciones colectivas lo aceptaran.

El PIT-CNT señaló este lunes cuáles son los principales reparos que tiene con la reforma jubilatoria. El presidente de la central sindical, Marcelo Abdala, indicó en conferencia de prensa que la iniciativa es “un proyecto bastante amplio que genera honda preocupación”. Criticó al presidente Lacalle Pou por incumplir su promesa electoral de no aumentar la edad mínima para jubilarse.

“Es una cuestión grave que haya dicho que no iba a impulsar iniciativas que eleven la edad y, sin embargo, en lo que estudiamos del proyecto de reforma jubilatoria, y no de seguridad social a nivel integral, lamentablemente incumple una promesa electoral”, dijo el sindicalista.

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