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Colombia: Acusaron de crímenes de guerra y de lesa humanidad a 22 miembros del Ejército y a tres civiles

La Justicia lo hizo en una causa que investiga las ejecuciones de 303 civiles en el marco de los denominados “falsos positivos” por parte de integrantes del Brigada XVI del Ejército en el departamento de Casanere
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26 de julio de 2022 a las 05:04

La Justicia de Colombia imputó por crímenes de guerra y de lesa humanidad a 22 miembros del Ejército y a otras tres personas por el asesinato de 303 civiles en lo que se conoce en el país como casos de “falsos positivos”, informó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

La resolución del tribunal dio por probado en base a pruebas documentales y testimonios aportados por testigos e imputados que "en la Brigada XVI se implantó una organización criminal compleja que se valió de la arquitectura institucional del Ejército para presentar asesinatos y desapariciones forzadas como bajas en combate en el departamento de Casanare entre 2005 y 2008".

La JEP, una instancia judicial que nació como producto del acuerdo de paz firmado en 2016 entre el Estado y las autodisueltas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), imputó al general retirado Henry William Torres Escalante, por entonces jefe de la Brigada XVI; además de dos coroneles, tres tenientes coroneles, diez oficiales y seis suboficiales, la mayoría de ellos pertenecientes a la unidad, que tenía bajo su dependencia al  Batallón de Artillería N° 2 La Popa, encargado de las ejecuciones.

Los hechos investigados ocurrieron entre 2005 y 2008, y de las 303 víctimas asesinadas 218 fueron ejecutadas en Casanare, pero también en algunos municipios de Boyacá, Meta y Tame, este último en la región de Arauca. Crímenes que constituyeron casi las dos terceras partes de los resultados que reportó la Brigada XVI durante la época investigada.

Sobre la base de los testimonios recogidos, que incluyen también las confesiones de algunos de los imputados -incluso la de Escalante, que adujo “responsabilidad por omisión”-, el tribunal consignó que “mujeres, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad cognitiva sufrieron daños graves, diferenciados y desproporcionados por las acciones de la unidad militar”.

En su mayoría las víctimas fueron hombres de entre 18 y 25 años, pero se probaron los casos de nueve mujeres, una de ellas embarazada, otras dos que se desempeñaban como trabajadoras sexuales y un joven con orientación sexual diversa. La resolución detalla que “las víctimas eran equipadas con armas, munición y prendas para hacerlas pasar como combatientes”, implementos que los integrantes del Ejército llamaban “kit de legalización”.

La investigación reveló, además, que unos 140 millones de pesos -aproximadamente US$ 31.000- provenientes de recursos públicos sirvieron para financiar el accionar criminal de los imputados.

Muertos por premios

La práctica de ejecutar civiles que no estaban relacionados con las organizaciones guerrilleras fue moneda corriente durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe (2002-2010) y la comandancia general del Ejército de Martín Orlando Carreño Sandoval, quien a la par que presionaba a los oficiales para reportar “resultados en combate” creó una fórmula para determinar cuándo los soldados podían recibir una “condecoración de servicios distinguidos”.

Los documentos conseguidos por las organizaciones de derechos humanos sugieren que la fórmula establecía el premio a los comandantes de brigadas que reportaban al menos 150 combatientes guerrilleros muertos y otros 500 capturados. Lo incentivos fueron admitidos incluso por expresidente Juan Manuel Santos (2010-2018), quien ocupó el cargo de ministro de Defensa en el gabinete de Uribe entre 2006 y 2009.

Santos, que aceptó declarar ante la Comisión de la Verdad, dijo en esa ocasión que "la presión por producir bajas y los premios por lograrlo fueron sin duda los principales incentivos para producir semejante degradación del conflicto". Uno de los capítulos más macabros del enfrentamiento, que tuvo como víctimas en su mayoría a jóvenes pobres reclutados por el Ejército bajo falsas ofertas de trabajo para ser luego ejecutados en otras regiones del país.

Un plan sistemático

La JEP identificó que los asesinatos y las desapariciones fueron parte de un plan orientado en dos direcciones. La primera “vinculada a la voluntad de aniquilar a la población estigmatizada, o a personas desmovilizadas y en proceso de reinserción por la supuesta vinculación con grupos insurgentes o con la criminalidad”. La segunda, un “dispositivo de presiones e incentivos pues, entre otros, los efectivos (…) recibieron permisos, comidas especiales, vacaciones, cursos en el exterior (…) y reconocimientos para contar con las condiciones necesarias para el ascenso”.

La investigación encontró al menos tres modalidades que configuraron el patrón criminal. En algunos casos, los uniformados ejecutaban a las personas detenidas o puestas fuera de combate en medio de operaciones inicialmente legales. En otros casos, las víctimas eran señaladas a partir de distintas labores de inteligencia y posteriormente ejecutadas. Una tercera modalidad la constituía, en coordinación con reclutadores pagos, asesinar a personas engañadas, que eran trasladadas desde zonas urbanas a rurales.

El tribunal determinó que con el objetivo de encubrir las conductas criminales, los mandos del Ejército usaron “documentos operacionales elaborados con posterioridad a los hechos” y las víctimas eran reportadas “como no identificadas para obstaculizar la judicialización”; además, los cadáveres eran trasladados “sin presencia de la policía judicial para impedir una adecuada investigación”.

Los jueces también dieron por probado que al momento de asesinar a las personas se simulaban combates para encubrir la conducta; y que bajo el concepto de “guerra jurídica”, el estado mayor de la Brigada XVI evitó las investigaciones ante las múltiples denuncias presentadas por la población y las autoridades civiles de las zonas en donde operaba. Al tribunal, además, consignó en su resolución que la Justicia Penal Militar no investigó adecuadamente las muertes y "la impunidad percibida por los responsables en la Justicia Penal Militar permitió que la organización criminal siguiera funcionando con libertad a lo largo del periodo analizado".

Los daños y lo que vendrá

Con relación a los daños, los jueces documentaron que la práctica produjo en los familiares de las víctimas daños morales, psicológicos y físicos. Pero también rupturas de lazos familiares, incertidumbre, estigmatización, revictimización, amenazas, hostigamientos y la afectación de sus patrimonios. Una situación que propició, según la sentencia, “la deliberada manipulación o instrumentalización de las personas vulnerables, que ayudó a consolidar la idea de que las personas en estas condiciones son prescindibles en la sociedad”.

De ahora en más, y tras la resolución judicial, los imputados tienen treinta días hábiles para reconocer los hechos y su responsabilidad, o para rechazarlos. En ese lapso también podrán aportar argumentos o evidencia adicional. Por su parte, los representantes de las víctimas y la Procuraduría tendrán el mismo plazo para apelar la imputación.

Vencido el plazo, la JEP decidirá la fecha para una audiencia pública de reconocimiento. Si los imputados niegan su responsabilidad, el tribunal remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, instancia en la que si son condenados podrían recibir penas de hasta 20 años de prisión. Si admiten los crímenes cometidos, las sanciones se reducirán a penas de entre 5 y 8 años de prisión, que pueden ser efectivas o bajo un régimen de vigilancia.

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